?Podr¨¦ matar a una rata que entre en mi casa? Claves de la reforma del C¨®digo Penal para castigar m¨¢s el maltrato animal
El CGPJ critica en un informe que las nuevas sanciones pueden afectar al principio de proporcionalidad y que se proteja a todos los animales vertebrados
El Gobierno tiene en marcha una reforma del C¨®digo Penal para aumentar las penas por maltrato animal, incluir delitos contra los animales salvajes no protegidos e introducir agravantes para los casos m¨¢s sangrantes. Es una legislaci¨®n paralela a la ley de protecci¨®n animal que se tramita a la vez. La norma, impulsada por la Direcci¨®n General de Derechos de los Animales (Unidas Podemos) y el Ministerio de Justicia (PSOE), se encuentra en periodo de tramitaci¨®n parlamentaria, por lo que todav¨ªa puede sufrir variaciones. Mientras, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves un informe en el que critica algunos de sus aspectos, como la desproporcionalidad de algunas penas y que se proteja a todos los animales vertebrados, lo que seg¨²n este ¨®rgano puede generar problemas de salud p¨²blica o ambientales. El Gobierno ya ha dicho que lo estudiar¨¢. Estas son las claves y dudas de la norma, tal y como est¨¢ redactada en este momento.
?Cu¨¢nto aumentan las penas por maltrato animal?
El C¨®digo Penal, en su art¨ªculo 337, ya recoge el maltrato a los animales dom¨¦sticos o que viven bajo control humano, cuando se los maltrata de forma injustificada y se producen lesiones. La pena de c¨¢rcel por lesiones es de hasta 12 meses, y hasta 18 si se produce la muerte del animal con agravantes (como ensa?amiento o en presencia de un menor). Se castiga tambi¨¦n la zoofilia y explotaci¨®n sexual.
La reforma propone doblar las penas m¨¢ximas, de manera que el castigo por muerte de un animal ser¨ªa de 12 a 24 meses de c¨¢rcel (o multa de 18 a 24 meses), y si confluyen dos agravantes se podr¨ªa alargar hasta 36 meses (tres a?os) de prisi¨®n. Esta es una reivindicaci¨®n hist¨®rica de organizaciones animalistas y ecologistas. La abogada Mar¨ªa Gonz¨¢lez Lacabex, miembro de Intercids (organizaci¨®n que aglutina a jueces, fiscales, abogados y polic¨ªas por los derechos de los animales), apunta que se ampl¨ªa la horquilla para los casos de especial gravedad, como maltrato con violencia y crueldad a varios animales, ¡°porque ahora queda una sensaci¨®n de impunidad en estos casos tan sangrantes¡±.
En cambio, el informe del CGPJ se?ala que ¡°el anteproyecto no consigue lo que anuncia, ya que aunque tanto en el caso de las lesiones como en el de la muerte del animal aumentan ligeramente las penas de prisi¨®n, en ambos supuestos se sigue manteniendo de modo alternativo la pena de multa¡±. En cualquier caso, el Consejo advierte del ¡°peligro¡± que entra?a ¡°vincular la posible sustituci¨®n o suspensi¨®n de penas privativas de libertad con la impunidad delictiva¡±. ¡°No hay que olvidar que la suspensi¨®n o la sustituci¨®n de las penas privativas de libertad no se obtienen de modo autom¨¢tico (...) sino que debe comprobarse el cumplimiento de los requisitos y ponderarse su procedencia¡±, se?ala el texto.
Sergio Garc¨ªa Torres, director general de Derechos de los Animales, responde que el hecho de que se incluyera la posibilidad de sustituir la pena de c¨¢rcel por multa fue una imposici¨®n del Ministerio de Justicia, que copatrocina la norma. El ministerio no ha respondido a EL PA?S sobre la cuesti¨®n. ¡°Desde Unidas Podemos se han propuesto enmiendas para que esto no sea as¨ª, y que al menos en los delitos graves no exista la opci¨®n a multa, y partidos como ERC, Bildu, Junts o Ciudadanos han presentado enmiendas en la misma l¨ªnea¡±.
?Cu¨¢les son las nuevas agravantes?
Las agravantes del actual C¨®digo Penal se producen cuando en el maltrato se utilizan armas, objetos o m¨¦todos peligrosos para el animal, si media ensa?amiento, cuando se cause al animal la p¨¦rdida de un sentido u ¨®rgano principal, y si se realiza en presencia de un menor.
La reforma ampl¨ªa estas circunstancias para adaptarse a m¨¢s situaciones: adem¨¢s de las cuatro anteriores, incluye agravantes si quien maltrata es el due?o del animal, si se hace con ¨¢nimo de lucro, si el hecho se produce para hacer da?o a una pareja o expareja (violencia vicaria), si se hace en p¨²blico o se difunde por las redes sociales, o si se utiliza veneno u explosivos.
El informe del CGPJ considera que el precepto se conforma ¡°por una variedad heterog¨¦nea de circunstancias gen¨¦ricas [...] provocando con ello una hiperagravaci¨®n de la conducta que puede afectar al principio de proporcionalidad¡±.
Gonz¨¢lez Lacabex ¡ªque tambi¨¦n fund¨® Animalex, un despacho experto en derecho animal¡ª explica que ¡°jueces y fiscales encontraban escasas las penas m¨¢ximas actuales, por eso es importante que existan buenas agravantes para poder sancionar correctamente los casos m¨¢s graves¡±.
?Por qu¨¦ se protege a todos los vertebrados?
El derecho penal protege ahora a los animales dom¨¦sticos, los domesticados habitualmente, otros animales que vivan bajo control humano y, en suma, cualquiera que no viva en estado salvaje. La reforma propuesta ampl¨ªa la protecci¨®n a todos los animales vertebrados, excluyendo tan solo a insectos, ar¨¢cnidos, crust¨¢ceos y algunos animales marinos. El informe del CGPJ advierte de que este ¨¢mbito de protecci¨®n tan amplio ¡°plantea importantes problemas para conciliar la protecci¨®n de los animales con la protecci¨®n a otros bienes jur¨ªdicos, como la salud p¨²blica o el medio ambiente¡±. Sergio Garc¨ªa Torres, de Derechos de los Animales, explica que ¡°el delito se comete en toda acci¨®n no amparada por disposiciones legales o normativas, por lo que no hay peligro de colisi¨®n con temas sanitarios, de consumo o seguridad¡±.
La experta Gonz¨¢lez Lacabex se?ala que este cambio viene a tapar la laguna actual que existe cuando se tortura a un animal silvestre, como un jabal¨ª o un zorro, como hemos visto en algunos v¨ªdeos publicados por cazadores. ¡°Esto no se pod¨ªa penar como maltrato porque no son animales bajo control del ser humano, y tampoco se les pueden aplicar delitos contra la fauna porque no son especies protegidas. Con la nueva redacci¨®n, este tipo de casos no quedar¨¢n impunes¡±.
Jos¨¦ Manuel R¨ªos Corbacho, profesor en el m¨¢ster de Derecho Animal de la Universidad Aut¨®noma de Barcelona, ve positivo hacer un t¨ªtulo propio en el C¨®digo Penal para hacer un delito contra los animales ¡°para proteger el bienestar animal, que engloba la salud f¨ªsica o ps¨ªquica, la vida, e incluso la dignidad, porque ya son seres sintientes¡±.
?Podr¨¦ matar a una rata que entre en mi casa?
Las ratas, que ahora no gozan de ning¨²n tipo de protecci¨®n, pasar¨¢n a tenerla con el nuevo redactado. El documento del CGPJ se?ala que la defensa de estos bienes jur¨ªdicos como la salud p¨²blica ¡°entrar¨¢ en conflicto con la protecci¨®n de la vida del animal vertebrado¡±, como podr¨ªa ocurrir precisamente en este caso o ante una plaga de roedores.
Garc¨ªa Torres defiende que ¡°el art¨ªculo 20 del C¨®digo Penal ya recoge un gran cat¨¢logo de situaciones que hacen valorar al juez instructor qu¨¦ puede o no ser delito, sin lugar a dudas esto no ser¨ªa un delito de maltrato animal¡±. R¨ªos Corbacho, que tambi¨¦n es profesor de Derecho Penal en la Universidad de Granada, responde que no ser¨ªa delito: ¡°el derecho es sentido com¨²n. Una rata en una casa es una cuesti¨®n de salud p¨²blica, porque puede causar enfermedades, o morder a tu hijo o a tu perro. El art¨ªculo 20 limita los delitos que puedan producirse. Hay que proteger a los animales razonadamente¡±.
Gonz¨¢lez Lacabex se?ala que las ratas estar¨¢n protegidas. ¡°Que su muerte pueda estar incluida como delito o no depender¨¢ de las circunstancias en las que se produzca y que en cada caso deber¨¢n ser valoradas por el juez. Por ejemplo, si se realiza en el marco de una actividad regulada (como el control de plagas), quedar¨ªa excluida como delito. Si por ejemplo tiene lugar en el ¨¢mbito dom¨¦stico y de forma puntual, efectivamente pueden aplicarse las eximentes previstas en el art¨ªculo 20 del C¨®digo Penal, como el miedo insuperable o el estado de necesidad. Circunstancias que, insisto, deber¨¢n ser apreciadas en cada caso por el juez¡±.
?Hay desproporcionalidad?
La valoraci¨®n del CGPJ considera que la reforma ¡°puede comprometer el principio de proporcionalidad¡±, ya que la pena por un delito de lesiones a animales vertebrados que no requieran tratamiento veterinario y la del delito leve de lesiones a las personas que no requieran tratamiento m¨¦dico es la misma: multa de uno a tres meses, si bien el primero se califica como menos grave y el segundo, leve. Otro caso que menciona el informe es la pena por maltratar un animal para hacer da?o a la pareja o expareja, que est¨¢ m¨¢s penado que el delito leve de coacciones, el de amenazas leves, el de lesiones que no precisan tratamiento m¨¦dico o el de maltrato de obra en el ¨¢mbito de violencia sobre la mujer. ¡°La horquilla de pena prevista en las lesiones leves a animales vertebrados, trat¨¢ndose de trabajos en beneficio de la comunidad, es superior a la prevista para las lesiones leves en materia dom¨¦stica e incluso en materia de violencia de g¨¦nero¡±, advierte el informe del Consejo.
¡°Comparar penas encierra una trampa¡±, critica la experta Gonz¨¢lez Lacabex. ¡°El C¨®digo Penal actual castiga igual un hurto de menos de 400 euros que dar un pu?etazo en la cara a alguien. ?No deber¨ªa ser m¨¢s grave una agresi¨®n a una persona que un da?o menor al patrimonio?¡±. De hecho, contin¨²a, con la legislaci¨®n vigente, usar veneno en la caza supone dos a?os de c¨¢rcel incluso si no muere ning¨²n animal, una pena mucho m¨¢s elevada que los delitos mencionados. En su opini¨®n, la agravante por violencia vicaria es positiva: ¡°merece mayor reproche que adem¨¢s de maltratar o matar a un animal se haga para hacer da?o a otro ser humano¡±.
El profesor R¨ªos Corbacho se?ala que el actual C¨®digo Penal tiene incongruencias: ¡°la agresi¨®n sexual se castiga de 6 a 12 a?os y el homicidio, de 10 a 15 a?os. Puede ocurrir que una violaci¨®n se pene m¨¢s que un homicidio y eso no tiene sentido¡±. En su opini¨®n, ¡°es cierto que la reforma puede quebrar el principio de proporcionalidad, ya que cuando habla de lesiones leves a un animal incluye una multa de uno a tres meses, y se estructura igual que en los humanos. Pero en el tema de lesiones y muerte no hay ninguna quiebra. La pena m¨¢xima por matar a un animal con agravantes ser¨ªan 36 meses de c¨¢rcel, mientras que a una persona son de 10 a 14 a?os¡±.
?Hay conflicto con la caza?
El informe del CGPJ considera que habr¨¢ conflictos con los delitos relativos a la protecci¨®n de la flora y la fauna, que no se ven afectados por la futura reforma. ¡°Cabe la posibilidad de que se produzca un concurso de normas¡± por el nuevo delito de matar a un animal vertebrado ¡°con el delito ya existente que castiga la caza o pesca de especies protegidas, en peligro de extinci¨®n o de especies no protegidas, cuando est¨¦ expresamente prohibida por ley su caza o pesca¡±.
Garc¨ªa Torres se?ala que la caza est¨¢ excluida de la norma porque es una actividad legal y regulada, ¡°por lo que no cabr¨ªa concurso de delitos, salvo que el juez lo considere necesario¡±. Mientras, la abogada Gonz¨¢lez Lacabex se?ala que el concurso de normas est¨¢ previsto en el C¨®digo Penal, que establece c¨®mo se resuelven, y que en algunos casos pueden concurrir dos delitos a la vez.
?Qu¨¦ conductas quedan fuera?
Gonz¨¢lez Lacabex critica que con la reducci¨®n actual hay conductas que ahora son delictivas que dejar¨ªan de serlo, como el maltrato cruel a los animales, independientemente de si se han causado lesiones. La reforma solo contempla penas si hay lesiones. Derechos de los Animales responde que se han presentado enmiendas para que al menos se mantenga el car¨¢cter residual en estos delitos. Ocurre lo mismo con la explotaci¨®n sexual de los animales, que ahora s¨ª es delito y en la reforma solo lo ser¨ªa si se les causan lesiones. Derechos de los Animales tambi¨¦n pretende incluirlo en las enmiendas.
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