El Tribunal Superior de Andaluc¨ªa absuelve a la periodista que fue la primera condenada a prisi¨®n por revelar informaciones de un sumario
Raquel Rend¨®n afirma a EL PA?S: ¡°Este no es un triunfo m¨ªo, sino de la profesi¨®n¡±
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha absuelto a Raquel Rend¨®n, la periodista del diario Huelva Informaci¨®n, a la que la Audiencia de Huelva hab¨ªa condenado a dos a?os de prisi¨®n por publicar noticias sobre el asesinato de la profesora Laura Luelmo extra¨ªdas del sumario judicial. En aquella sentencia, que supuso la primera condena a pena de c¨¢rcel para una profesional del periodismo por publicar informaci¨®n obtenida de una instrucci¨®n, los jueces sostuvieron que cometi¨® un delito de revelaci¨®n de secretos. Los magistrados del alto tribunal auton¨®mico han dictaminado ahora que la conducta de la informadora no incurre en ese tipo penal y que tampoco existen pruebas del ¡°posible origen delictivo o il¨ªcito de la informaci¨®n recogida en los art¨ªculos period¨ªsticos¡±. Esta decisi¨®n del TSJA es recurrible ante el Tribunal Supremo.
¡°Estoy muy contenta, satisfecha, aliviada y en paz¡±, resume Rend¨®n su sensaci¨®n tras conocer el fallo durante una conversaci¨®n telef¨®nica con EL PA?S. La periodista quiere que ahora s¨ª se d¨¦ a conocer su identidad, porque antes no quer¨ªa que se vinculara su nombre a una condena. ¡°Estoy orgullosa, de mi nombre, de mi trabajo, no me he arrepentido de una coma de lo que he escrito, porque escrib¨ª con la conciencia de que estaba haciendo un trabajo como el que hacemos los periodistas que nos dedicamos a tribunales, luego podremos entrar a ver si este trabajo gusta m¨¢s o menos, hace m¨¢s da?o o menos, pero la intenci¨®n de un periodista no es hacer da?o, sino informar de un caso que en ese momento estaba en el foco medi¨¢tico de toda Espa?a¡±, subraya. Rend¨®n quiere agradecer el apoyo de todos los que han estado ¡°sosteni¨¦ndola¡± todos estos a?os en los que ha pasado por una depresi¨®n, y tambi¨¦n a su abogado, Daniel Atienza. ¡°No es un triunfo m¨ªo, sino de esta profesi¨®n, que es la m¨¢s bonita del mundo¡±.
En la sentencia dictada por el TSJA, los magistrados van desmontando los hechos probados que se recogieron en el fallo de la Audiencia de Huelva dictado el 6 de junio de 2023. En aqu¨¦l se afirmaba que la periodista ¡°de modo no determinado, se hizo con plural contenido de las diligencias judiciales del sumario que se instru¨ªa, de car¨¢cter reservado, y las dio a conocer con acotaciones literales a trav¨¦s de diversos art¨ªculos¡± (una forma de proceder que han empleado siempre los redactores de tribunales que apoyan sus informaciones en filtraciones de sumarios amparados en la primac¨ªa del derecho a la informaci¨®n, frente al de revelaci¨®n de secretos). Sin embargo, la sala del TSJA advierte de que ¡°no contiene ninguna referencia concreta, no ya en los hechos probados, sino tampoco en sus fundamentos jur¨ªdicos, al posible origen delictivo o il¨ªcito de la informaci¨®n recogida en los art¨ªculos period¨ªsticos¡±. Esto es algo ¡°imprescindible¡± para configurar el delito de revelaci¨®n de secretos.
La Audiencia de Huelva tambi¨¦n esgrimi¨® que la entonces acusada deb¨ªa conocer por su profesi¨®n que la informaci¨®n de un sumario es reservada, ¡°por lo que necesariamente tuvo que ser consciente de su procedencia ileg¨ªtima, con independencia del procedimiento por el que llegaran a su poder¡±. Los magistrados del TSJA objetan que ¡°una cosa es que la periodista conociera que las actuaciones sumariales son reservadas salvo para las partes del procedimiento, y otra muy distinta que fuera consciente de la ilicitud en su obtenci¨®n¡±, una consciencia que debe ir ¡°m¨¢s all¨¢ de conjeturas¡± y que ¡°en este caso no se acredita¡±.
La agresi¨®n sexual y posterior asesinato de Laura Luelmo en el municipio onubense de El Campillo en el invierno de 2018 levant¨® una gran expectaci¨®n social e informativa. Las distintas versiones de su asesino, Bernardo Montoya ¡ªcondenado en 2021 a pena de prisi¨®n permanente revisable por un jurado popular¡ª, no hicieron sino incrementar el inter¨¦s. Rend¨®n fue informando a trav¨¦s de Huelva Informaci¨®n sobre las distintas declaraciones del entonces sospechoso, as¨ª como de la autopsia de la profesora y de las lesiones que sufri¨® o el informe de toxicolog¨ªa.
Los padres de Luelmo presentaron una denuncia contra la periodista y el medio de comunicaci¨®n para el que trabajaba, perteneciente al Grupo Joly, a la que se adhiri¨® la Fiscal¨ªa. Los jueces de la Audiencia de Huelva dictaminaron que los hechos ¡°afectaban a la esfera personal de la fallecida y su familia, que causaba un perjuicio sin atender a ning¨²n inter¨¦s leg¨ªtimo m¨¢s que el de ofrecer exclusiva y primicia a costa de la ilegalidad¡±. Adem¨¢s de a penas de dos a?os de prisi¨®n, multa de 18 meses y una inhabilitaci¨®n especial para el ejercicio de su profesi¨®n, condenaron a la periodista a indemnizar con 15.000 euros al padre y otros 15.000 a la madre de la fallecida, declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa editora del diario.
Tanto Rend¨®n como el Grupo Joly recurrieron este fallo por entender que se hab¨ªa vulnerado el derecho de defensa y el de presunci¨®n de inocencia, al haberse dado por acreditado ¡°sin pruebas¡± el origen il¨ªcito de la informaci¨®n publicada y el derecho constitucional a la libertad de informaci¨®n, adem¨¢s haberse realizado una la calificaci¨®n err¨®nea de los hechos probados. La Fiscal¨ªa, que hab¨ªa pedido en primera instancia la condena de la acusada, tambi¨¦n apel¨® la sentencia alegando que se hab¨ªa infringido la Ley en relaci¨®n con el derecho a la tutela judicial efectiva y por inaplicaci¨®n de la eximente incompleta de actuar en el ejercicio de la profesi¨®n period¨ªstica en relaci¨®n con el derecho a la informaci¨®n.
La sentencia de la Audiencia de Huelva fue recibida con estupor entre muchos profesionales de los medios de comunicaci¨®n porque por primera vez se condenaba a penas de prisi¨®n a un periodista por informar de manera veraz utilizando datos obtenidos de la instrucci¨®n de un sumario y se daba preeminencia a la protecci¨®n del secreto sumarial frente al derecho constitucional a la informaci¨®n. Con todo, el fallo del TSJA no es un espaldarazo absoluto a al derecho a la informaci¨®n, tal y como advierte Javier Ur¨ªas, profesor de Derecho constitucional y Derecho a la informaci¨®n en la Universidad de Sevilla. ¡°Es una una buena noticia que a un periodista que estaba utilizando fuentes e informaci¨®n veraz y relevante no se le condene por el delito de revelaci¨®n de secretos¡±, se?ala.
Este docente universitario y ex Letrado del Tribunal Constitucional se?ala, no obstante, que el TSJA no cierra la puerta con este fallo a que en otros casos s¨ª se pueda condenar a un periodista por revelar el contenido de un sumario. ¡°El fallo solo se centra en si se cumplen los requisitos del delito de revelaci¨®n de secreto del art¨ªculo 197 del C¨®digo Penal. Pero impl¨ªcitamente, est¨¢ reconociendo que si se dieran ese delito se podr¨ªa imponer¡±. Ur¨ªas lamenta que los magistrados no hayan aludido a la doctrina del Tribunal Constitucional que establece que ¡°si la informaci¨®n es veraz, se est¨¢ ejerciendo el derecho fundamental a la informaci¨®n, por lo que no puede haber otro delito¡±.
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