El Gobierno requisara las armas en poder de particulares
El Consejo de Ministros celebrado hace una semana decidi¨® requisar las armas para cuyo uso se carece de licencia y ocupar aqu¨¦llas amparadas por licencia, en evitaci¨®n de actos contra el orden o la seguridad de las personas. La medida se encuadra entre las adoptadas por el Gobierno con car¨¢cter inmediato para solucionar el recrudecimiento de la violencia producido recientemente y la persecuci¨®n de los culpables ?sin acepci¨®n de personas, grupos o ideolog¨ªas, empleando todos los medios legales que tiene a su alcance?.Esta decisi¨®n, impulsada por los ¨²ltimos actos de pistolerismo vividos por el pa¨ªs, ha replanteado en la opini¨®n p¨²blica el tema de la tenencia de armamento por los particulares.
Reglamento de 1944
El vigente Reglamento de Armas y Explosivos, aprobado por decreto de 27 de diciembre de 1944 fecha todav¨ªa muy pr¨®xima al final de la guerra civil y de plena preponderancia social y pol¨ªtica de los vencedores-, permite al director general de Seguridad la concesi¨®n de licencias tipo D alas siguientes personas.- Procuradores en Cortes.
- Autoridades judiciales, civiles y administrativas.
Personal de los cuerpos y organisinos considerados por el director general de Seguridad como auxiliares para el mantenimiento del orden p¨²blico y persecuc¨ª¨®n de la crimina lidad.
- Los mandos y jerarqu¨ªas de Falange Espa?ola Tradicionalista y de la JONS.
El mismo reglamento autoriza la concesi¨®n de licencias tipo E en favor de miembros. de las Fuerzas Armadas. Guardia Civil y Polic¨ªa. Armada desde el grado de general. hasta el de suboficial y asimilados. as¨ª como para los funcionarios del Cuerpo General de Polic¨ªa y clases o individuos de la Guardia Civil o Polic¨ªa Armada. El Reglamento de Armas Y Explosivos citado establece a continuaci¨®n que ?podr¨¢n, asimisino. disponer de esta licencia los militares retirados de complemento, honor¨ªficos, etc¨¦tera (por concesi¨®n de las autoridades militares), y el personal del Cuerpo General de Polic¨ªa y Polic¨ªa Armada que no est¨¦ en activo (por concesi¨®n de la Direcci¨®n General de Seguridad)?
Entre los mandos y jerarqu¨ªas de FET y de las JONS -siglas del partido ¨²nico que m¨¢s tarde se denomin¨® Movimiento Nacional- a quienes el reglamento mencionado permite la obtenci¨®n de armas, figuran los siguientes: secretario general, vocales de la junta pol¨ªtica, miembros del Consejo Nacional, vicesecretario del Movimiento, inspectores nacionales de servicios, jefes provinciales, secretarios provinciales, jefes locales, secretarios locales, delegados locales de servicio. asesores pol¨ªticos de milicias.
Discrecionalidad
La cierta discrecionalidad que el reglamento autoriza. al permitir al director general de Seguridad la concesi¨®n de armas a determinadas personas en consideraci¨®n a que pertenecen a cuerpos y organismos auxiliares para el mantenimiento del orden p¨²blico y la persecuci¨®n de la criminalidad, as¨ª como la vinculaci¨®n de muchos de los cargos pol¨ªticos citados a una ideolog¨ªa superada en la Espa?a actual como ¨²nica y excluyente, parecen aconsejar la revisi¨®n de la legislaci¨®n vigente en la materia.De lo contrario, se configurar¨ªa una desigualdad ante la ley, por cuanto el propio Reglameto de Armas y Explosivos exige a los dem¨¢s ciudadanos -a los espa?oles de a pie- una solicitud, mediante instancia al director general de Seguridad, en la que ?se har¨¢n constar con todo detalle los motivos que alega como de necesidad de poseer armas cortas y teniendo en cuenta que la raz¨®n de defensa de su persona y bienes por s¨ª solo no justificar¨¢ la concesi¨®n de la licencia?. La validez de estas licencias a particulares ser¨ªa siempre de un a?o, con necesidad de volver a soIicitarla con las mismas formalidades pasado ese plazo. En cambio, las licencias concedidas a los mandos del partido ¨²nico tienen reglamentariamente validez mientras desempe?en el cargo por el que les fue concedida.
La evaluaci¨®n del n¨²mero de licencias concedidas por la Direcci¨®n General de Seguridad y su desglose entre las normales y las obtenidas por razones pol¨ªticas, de evidente vinculaci¨®n a la ideolog¨ªa del partido ¨²nico, es muy dif¨ªcil. En la DGS no se contest¨® nada a EL PAIS a una pregunta sobre este tema.
En cualquier caso, los indicios existentes, tanto legales como pr¨¢cticos, apuntan hacia una mayor facilidad para la obtenci¨®n de licencias de armas por parte de quienes han venido siendo adictos a FET de las JONS, primero, y al Movimiento despu¨¦s, y en definitiva, al franquismo.
Documento de "El Alc¨¢zar"
En refuerzo de esta hip¨®tesis, el vespertino El Alc¨¢zar -¨®rgano de la Confederaci¨®n Nacional de Combatientes y de proclamada fidelidad a la Falange, el Movimiento y el franquismo- public¨® el 17 de septiembre una informaci¨®n que reproduce ayer en parte, titulada a toda p¨¢gina Desarme de todas las personas y fuerzas franquistas, en la que se daba cuenta de un supuesto consejo de la francmasoner¨ªa a los hermanos espa?oles para desarmar a los sectores identificados con el r¨¦gimen de Franco.El apreciable valor de aquella informaci¨®n consist¨ªa en la relaci¨®n detallada que ofrec¨ªa de personas a desarmar, esto es, de personas posiblemente armadas. Entre otras personas. El Alc¨¢zar alud¨ªa a las siguientes:
- Militares y civiles que combatieron durante la guerra en las unidades militares o en las milicias bajo el mando del general Franco.
- Miembros de la Guardia de Franco y de asociaciones y organizaciones del Movimiiento.
-Guardas forestales, rurales, de ferrocarriles v otros ?seleccionados por el franquismo entre antiguos combatientes o personas de confianza pol¨ªtica del sistema".
- Personas con antecedentes pol¨ªticos de afecci¨®n al franquismo.
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