La CEE exigir¨¢ a Espa?a un periodo corto para su desarme aduanero mundial
Eliminar los obst¨¢culos (arancelarios y no arancelarios) en los intercambios entre Espa?a y la CEE y aplicar por parte espa?ola la tarifa exterior com¨²n, (TEC) son los dos principios capitales que figuran en el primer documento aprobado por la CEE en su proceso de negociaciones para el ingreso de Espa?a en el Mercado Com¨²n. Este documento ser¨¢ objeto de una primera ronda negociadora, a nivel ministerial, el pr¨®ximo martes 18 de septiembre, en Bruselas, entre Leopoldo Calvo Sotelo, ministro espa?ol de Relaciones con la CEE, y Michel O'Kennedy, ministro irland¨¦s de Asuntos Exteriores y actual presidente en funciones de los nueve de la CEE.
El documento de la CEE relativo a la uni¨®n aduanera y la libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas industriales fue aprobado ayer, en Bruselas, por el Comit¨¦ de Embajadores Representantes Permanentes de la CEE (Coreper). No entra en detalles de calendario sobre el ritmo que deber¨¢ aplicar Espa?a en su proceso de desarme arancelario para integrarse en la CEE. ?Convendr¨¢ fijar un calendario corto?, cita s¨®lo el documento, sin olvidar la necesidad de una ?cl¨¢usula de salvaguardia? que acelere o alargue el proceso de integraci¨®n, en funci¨®n de los problemas sectoriales que pueda encontrar cada parte contratante.A pesar de insistir en la necesidad de un per¨ªodo corto, se alude a los procesos de integraci¨®n aplicados en anteriores ingresos de Estados en la CEE, casos de Gran Breta?a, Irlanda y Dinamarca, en 1973, y Grecia, que se incorporar¨¢ en 1981. Aunque no se cita expl¨ªcitamente en el documento, est¨¢ en el aire que podr¨ªa respetarse el principio de un per¨ªodo transitorio rec¨ªproco de cinco a?os, para que tanto Espa?a como la CEE reduzcan progresivamente sus barreras arancelarias, por lo menos en cuanto a productos industriales se refiere.
El documento insiste, sin embargo, en las diferencias de protecci¨®n arancelaria entre Espa?a y la CEE, cuya protecci¨®n media es del 6,7% por parte comunitaria, contra el 16,9% del lado espa?ol. Este desequilibrio justificar¨ªa, en opini¨®n de la CEE, exigir a Espa?a un desarme arancelario r¨¢pido, en particular en aquellos productos cuya protecci¨®n arancelaria en Espa?a no es superior al 15% de la TEC y que deber¨ªan alinearse con los aranceles comunitarios desde el momento mismo de la adhesi¨®n de Espa?a a la CEE, probablemente en enero de 1982 o enero de 1983.
Se recuerda que, en la actual primera fase de la negociaci¨®n, se excluyen del documento sobre uni¨®n aduanera los problemas relativos a los productos agr¨ªcolas, agr¨ªcolas transformados, productos derivados del tratado de la Comunidad Europea del Carb¨®n y del Acero (CECA), as¨ª como la aplicaci¨®n por parte espa?ola de los reg¨ªmenes preferentes contratados actualmente por la CEE con pa¨ªses terceros.
Adem¨¢s de citar el desfase de promedio de protecci¨®n arancelaria entre Espa?a y la CEE (donde para citar un solo ejemplo, autom¨®viles, es de 68% de protecci¨®n en Espa?a contra 11 % en la CEE), el documento aprobado por la Comunidad puntualiza la necesidad para Espa?a de armonizar las condiciones de competencia comercial, a partir de la fiscalidad.
La r¨¢pida aplicaci¨®n en Espa?a del impuesto sobre el valor a?adido (IVA), como m¨ªnimo en el momento de la adhesi¨®n, es una de las cl¨¢usulas principales que sugiere el informe negociador comunitario. Se citan como argumento favorable al proceso de uni¨®n aduanera Espa?a-CEE las ¨²ltimas medidas de liberalizaci¨®n comercial espa?olas, decididas el pasado 27 de abril.
Otro aspecto de las l¨ªneas generales de negociaci¨®n comunitaria en el sector de la uni¨®n aduanera y libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas industriales, alude a la oportunidad de asociar a Espa?a a los esfuerzos comunitarios de reestructuraci¨®n industrial, tanto en aquellos que sufren actualmente una crisis coyuntural (textil, siderurgia, construcci¨®n naval) como en los dem¨¢s que pueden suponer un est¨ªmulo para la industria europea del futuro (aeron¨¢utica, inform¨¢tica).
Otros obst¨¢culos al respecto del principio fundamental de la CEE, que constituye la uni¨®n aduanera, ser¨¢n, en el caso de la integraci¨®n espa?ola, la existencia de los actuales monopolios de Tabacalera y CAMPSA, que deber¨¢n someterse a las normas comunitarias para no falsear el principio de libre competencia. La territorialidad de la uni¨®n aduanera en Espa?a, en los casos espec¨ªficos de las islas Canarias, Ceuta y Melilla, tambi¨¦n ser¨¢n temas de discusi¨®n.
En resumen, este primer documento negociador de la CEE no es m¨¢s que un eslab¨®n en el conjunto de sectores que, a lo largo de a?o y medio o dos, deber¨¢n negociar espa?oles y comunitarios.
No hay que esperar de la reuni¨®n del martes d¨ªa 18 resultados concretos sobre la uni¨®n aduanera y libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas industriales, en un proceso negociador donde s¨®lo el todo tendr¨¢ validez jur¨ªdica. Se aborda el tema siguiendo el ritmo aplicado en anteriores procesos de integraci¨®n de nuevos Estados al Mercado Com¨²n. Despu¨¦s de lo aduanero, cuyas ramiricaciones se ir¨¢n alargando a lo largo de toda la negociaci¨®n, vendr¨¢ la agricultura, la libre- circulaci¨®n de personas, el libremovimiento de capitales, la pol¨ªtica fiscal, regional y social, por citar s¨®lo los principales cap¨ªtulos que Espa?a deber¨¢ armonizar para culminar su camino de integraci¨®n en el Mercado Com¨²n. Un proceso que ya est¨¢ en marcha.
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