El proyecto de decreto-ley sobre reindustrializaci¨®n, duramente contestado por el Ministerio de Econom¨ªa
El Ministerio de Econom¨ªa ha unido al informe del proyecto de Decreto-Ley sobre reindustrializaci¨®n, que discutir¨¢ hoy la Comisi¨®n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ¨®micos, un dur¨ªsimo informe en el que critica, desde el fondo hasta la forma, las pretensiones ?reindustrialistas? del Ministerio de Industria. A la vista de este documento confidencial -al que ha tenido acceso EL PAIS- parece probable que el proyecto citado no llegue a convertirse nunca en decreto-ley en sus t¨¦rminos actua les y que sea devuelto a su autor para que le cambie hasta el nombre. La mayor cr¨ªtica se centra en que este proyecto pone en peligro la industrializaci¨®n espa?ola, manteniendo artificialmente a empresas sin futuro y comprometiendo, sin embargo, al resto de los sectores ?no reindustrializados? y al propio crecimiento de la econom¨ªa. El pomposo Decreto-ley sobre Reindustrializaci¨®n ha sido acusado tambi¨¦n de a?adir lamentablemente m¨¢s confusi¨®n a la ya existente.
?El Gobierno, cuando las circunstancias econ¨®micas o la producci¨®n industrial as¨ª lo aconsejen?, dice el art¨ªculo 1 del atacado decreto, con ret¨®rica intervencionista, ?podr¨¢ proceder a la reconversi¨®n de sectores en crisis, mediante la reestructuraci¨®n de las sociedades o empresas integrantes de las ramas o sectores objeto de reconversi¨®n?. Este art¨ªculo 1, por el que es el Gobierno quien reestructura y no las propias empresas, ha merecido cr¨ªticas implacables por parte de amplios sectores econ¨®micos liberales consultados por este peri¨®dico y ha sido calificado como ?proyecto franquista?.El informe del Ministerio de Econom¨ªa sobre las intenciones del de Industria propone que s¨®lo se hable de reestructuraci¨®n y corrige la interpretaci¨®n del lenguaje. Tambi¨¦n acusa el documento la falta de coherencia, especialmente en aspectos fiscales, de gasto p¨²blico y de financiaci¨®n, con la pol¨ªtica econ¨®mica general del Gobierno, y pide que se cambie Su nombre por el de decreto-ley sobre pol¨ªtica industrial.
Seg¨²n el, documento -cuyo texto ¨ªntegro reproducimos a continuaci¨®n, como muestra de lo que pueden ser desde hoy los nuevos y refrescantes debates en el seno de la Comisi¨®n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ¨®micos-, se abusa de las exenciones, precisamente cuando habr¨ªa que pedir a las empresas que pusieran algo de su parte. En su conclusi¨®n, el Ministerio de Econom¨ªa, cuyo titular presidir¨¢ hoy la Comisi¨®n Delegada, por ausencia de Calvo Sotelo, pide una mayor discusi¨®n de los principlos que inspiran el decreto del ministro Bay¨®n antes de dialogar sobre las medidas a aplicar.
Informe del Ministerio de Econom¨ªa
?Bajo dos puntos de vista se analiza el real decreto-ley sobre reindustrializaci¨®n, uno global y de principios b¨¢sicos y otro desde el particular del articulado que integra la precitada norma. Sin embargo, hay que hacer referencia a una cuesti¨®n previa: el desafortunado t¨¦rmino de reindustrializaci¨®n, que viene a a?adir m¨¢s confusi¨®n a la ya existente, producida por el uso indistinto de los t¨¦rminos reconversi¨®n y reestructuraci¨®n?.?Es preciso, de una vez por todas?, dice el documento de Econom¨ªa, ?definir claramente los t¨¦rminos, evitando la introducci¨®n de barbarismos; esto supone no aceptar el t¨¦rmino reindustrializaci¨®n y definir los otros dos; as¨ª, reconversi¨®n se suele aplicar a la adaptaci¨®n de un factor de producci¨®n a nuevas condiciones t¨¦cnico-econ¨®micas, e inclusive a nivel de sector se podr¨ªa aplicar siempre que se trate de adaptaci¨®n a un cambio, buscando nuevos productos que ampl¨ªen la gama o que sean totalmente diferentes -el caso m¨¢s claro es la adaptaci¨®n de empresas al pasar de ¨¦pocas de paz a guerra, y fabricar material militar-; reestructuraci¨®n es el t¨¦rmino m¨¢s generalmente utilizado en todo el mundo, constituyendo un conjunto de acciones dirigidas a transformar la estructura productiva de las empresas de un sector, que afectan a la participaci¨®n de los factores de la producci¨®n en el proceso, es decir, una pol¨ªtica de ajuste?.
?El real decreto-ley trata de definir los t¨¦rminos, aplica reconversi¨®n a sectores y reestructuraci¨®n a empresas, pero, lamentablemente, se llegan a confundir en el articulado posterior. Habr¨ªa que proponer la utilizaci¨®n ¨²nica del t¨¦rmino reestructuraci¨®n?.
El decreto de Industria no aporta coherencia
?El real decreto-ley engloba tres aspectos: el de la reconversi¨®n (reestructuraci¨®n) industrial, el de las medidas de fomento a la inversi¨®n y al empleo y, finalmente, a las medidas de fomento a sectores de car¨¢cter prioritario y de inter¨¦s tecnol¨®gico. Quiz¨¢ esto pueda explicar, en cierto modo, la utilizaci¨®n del t¨¦rmino reindustrializaci¨®n, cuando en realidad parece que se deber¨ªa haber titulado real decreto-ley sobre pol¨ªtica industrial, al plantearse un conjunto de medidas que deben estar de acuerdo con los fines de la pol¨ªtica econ¨®mica del Gobierno. Y este real decreto-ley no parece que aporte coherencia, en especial en los aspectos fiscal, de gasto p¨²blico y de financiaci¨®n?.?Los instrumentos m¨¢s utilizados por los pa¨ªses industrializados para hacer frente a sus sectores-empresas en crisis son los del tipo fiscal y los financieros, y menos los que se refieren a subvenciones. Pero mientras los de tipo fiscal presentan una mayor eficacia en el aspecto coyuntural, los financieros son m¨¢s adecuados para los aspectos estructurales, y no hay que olvidar que la financiaci¨®n es el principal problema con el que hoy se encuentran las empresas, en especial, las peque?as y medianas?.
?Con relaci¨®n a las medidas fiscales hay que expresar?, se?ala Econom¨ªa, ?que tanto las que se refieren a la reestructuraci¨®n como al fomento de la inversi¨®n y al empleo o a los sectores prioritarios, son numerosas y complicadas, cuando en estos casos debe buscarse la simplicidad y, sobre todo, el conocer perfectamente cuanto supone la ayuda, directa o indirecta; en el real decreto-ley se abusa de las exenciones, cuando la v¨ªa a utilizar debe ser la de conceder bonificaciones, es decir, que paguen las empresas algo. Finalmente, un aspecto del mayor inter¨¦s. Hay que tener presente la reforma fiscal. Esta ha sido, es y seguir¨¢ siendo una pieza b¨¢sica en cualquier programa de pol¨ªtica econ¨®mica que se aplique, y si se empieza a fijar exenciones y tratamientos especiales, se estar¨¢ obstaculizando la reforma fiscal. Hay que actuar con claridad, y es preferible que las empresas paguen lo que deben pagar, aunque luego haya que otorgar ayudas, pero siempre se conocer¨¢ con exactitud su coste. Por tanto, se estima m¨¢s conveniente aplicar medidas fiscales de tipo general, reduciendo al m¨ªnimo los casos especiales haciendo cumplir la normativa fiscal, aunque haya que utilizar la subvenci¨®n, no tanto a la inversi¨®n como a los tipos de inter¨¦s?.
?Las medidas financieras son las m¨¢s utilizadas. El que una empresa pueda disponer de cr¨¦dito suficiente para realizar sus proyectos a medio plazo, adquiere una notable importancia en cuanto a la soluci¨®n de planes de reestructuraci¨®n. Sin embargo, el real decreto-ley s¨®lo contempla al Instituto de Cr¨¦dito Oficial como fuente ¨²nica de recursos, cuando hay que apoyar la utilizaci¨®n de otras fuentes como es la banca privada?, a?ade el cr¨ªtico informe. ?Cada a?o se dota con mayores recursos al ICO, y estos recursos no pueden seguir aumentando tal como ven¨ªa siendo norma, cada vez son m¨¢s escasos y el n¨²mero de compromisos es m¨¢s elevado?.
?Por ello, se deben promover acuerdos con la banca privada y las cajas de ahorro, compens¨¢ndose una parte del tipo de inter¨¦s a trav¨¦s de una subvenci¨®n presupuestaria, con lo cual se rebajar¨ªa la carga Financiera de las empresas. ?Ser¨ªan suficientes los 50.000 millones de pesetas propuestos para el ICO en el art¨ªculo quinto??, se pregunta el Ministerio de Econom¨ªa. ?Cabe realizar una advertencia, y esta es que un apoyo sin l¨ªmites a los sectores en crisis puede llevar a comprometer al resto de los sectores y el crecimiento a medio plazo. De ah¨ª que hayan de compatibilizarse la pol¨ªtica de cr¨¦dito oficial y la pol¨ªtica de transferencias asectores y empresas en crisis con un control del d¨¦ficit presupuestario, Ampliar los acuerdos con la banca privada es una necesidad?.
Mantendr¨¢ a empresas, sin futuro
?En relaci¨®n con las medidas laborales, el articulado del real decreto-ley se apoya en la utilizaci¨®n de normas procedimentales y disposiciones especiales sobre medidas de movilidad, de prestaciones y de transferencias de personal. Tampoco parece que las normas laborales vigentes deban sufrir cambios, y menos acudir a normas especiales. Hay que Potenciar la norma general y poner en marcha todo lo previsto en materia laboral?.?En la normativa que propone el real decreto-ley se hace referencia a la concesi¨®n de cr¨¦ditos y subvenciones a empresas, pero no se especifica que estas ayudas deber¨¢n establecerse para empresas viables, someti¨¦ndose a un an¨¢lisis econ¨®mico-financiero. Si esto no se hace as¨ª, se seguir¨¢n manteniendo empresas sin futuro?.
?No se comprende que se limite el alcance de las medidas a los a?os 1981 y 1982, ya que es imposible que en dicho bienio se solucione el problema de sectores en crisis?.
?En definitiva?, termina la contestaci¨®n del Ministerio de Econom¨ªa al de Industria, ?el real decreto-ley requiere una fase de discusi¨®n de los principios, antes de pasar a las medidas. Pero en cuanto a las medidas debe apoyarse m¨¢s en las de tipo financiero que en las fiscales, potenciando las normas generales sobre los aspectos laborales y sobre moratorias a la Seguridad Social y a los impuestos?.
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