Acuerdo parlamentario sobre las dos grandes leyes que regulan la Justicia
Los grupos parlamentarios han alcanzado acuerdos importantes sobre la ley org¨¢nica del Poder Judicial y el estatuto del ministerio fiscal pendientes de debate en el Parlamento- durante las reuniones que mantuvieron a lo largo de esta semana en el monasterio de El Paular, seg¨²n informa Efe. Entre las novedades acordadas destaca la creaci¨®n de juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo y de lo social, y la constituci¨®n de un consejo fiscal paralelo al del Consejo General del Poder Judicial.Este consejo fiscal estar¨ªa presidido por el fiscal general del Estado, e integrado por un teniente fiscal del Supremo, un fiscal de sala del Supremo, un fiscal de tribunal superior de justicia o territorial, un fiscal provincial, dos miembros del ministerio fiscal con categor¨ªa fiscal y dos con categor¨ªa de abogado fiscal. Todos ellos, a excepci¨®n de los dos primeros, se elegir¨ªan por los miembros del ministerio fiscal en activo.
Se acord¨® tambi¨¦n crear un ministerio fiscal ¨²nico para todo el Estado, cuyos ¨®rganos ser¨ªan el fiscal general del Estado, el consejo fiscal, la fiscal¨ªa del Tribunal Supremo, la fiscal¨ªa ante el Tribunal Constitucional y las fiscal¨ªas de la Audiencia Nacional, audiencias territoriales, tribunales superiores, provinciales y de partido. El Gobierno podr¨¢ interesar del fiscal actuaciones en orden a la defensa del inter¨¦s p¨²blico, y el fiscal general del Estado, o¨ªda la junta de fiscales de salas del Supremo, resolver¨¢ sobre la viabilidad o procedencia de las actuaciones interesadas y contestar¨¢ al Gobierno de forma razonada.
En las reuniones citadas s¨®lo pudo estudiarse una quinta parte de los art¨ªculos del proyecto de ley org¨¢nica del Poder Judicial. Los socialistas se opusieron a la existencia de los juzgados de distrito, pero se acord¨®, por acuerdo mayoritario, la creaci¨®n de los juzgados unipersonales de lo contencioso-administrativo y de lo social. La justicia intervendr¨¢ a trav¨¦s de los ¨®rdenes civil, penal, administrativo y social, y el Tribunal Supremo constar¨¢ de cuatro salas, una por cada orden. En los tribunales superiores de las comunidades aut¨®nomas se integran las audiencias territoriales y se establece una sala de recursos que incluso podr¨¢ casar sentencias en materia especial o foral.
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