La tributaci¨®n por valor a?adido debe ir acompa?ada de una modificaci¨®n del impuesto sobre la renta
Los cambios introducidos en el impuesto sobre la renta de las personas fisicas, seg¨²n un estudio comparativo realizado para el Ministerio de Hacienda por Jorge Segrelles Garc¨ªa, inspector financiero y tributario, han tendido a minorar el impacto que una mayor carga fiscal sobre el consumo produce sogre los perceptores de rentas medias y bajas.Las modificaciones en el impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas -sean cambios de tarifa, aumentos del m¨ªnimo exento o incremento de las deducciones de la cuota- han servido en aquellos pa¨ªses que las adoptaron para compensar la carga fiscal final sobre amplias capas de contribuyentes, evitando un previsible aumento de la misma. Partiendo de la premisa de que el IVA es regresivo, afirma Segrelles, resulta l¨®gico que las, reducciones hayan sido super¨ªores cuanto m¨¢s bajos eran los niveles de renta.
El 'mal de Richardson'
Junto al citado objetivo, las reducciones en el IRPF sirven tambi¨¦n para evitar la espiral inflacionista precios / salarios, tambi¨¦n conocida como mal de Richardson (por ser la comisi¨®n brit¨¢nica presidida por Richardson la que predijo como posibles efectos del IVA esta espiral).
En s¨ªntesis, seg¨²n la comisi¨®n Richardson, como consecuencia de la introducci¨®n del IVA se puede producir un r¨¢pido aumento en los precios, que genera demandas de aumentos salariales para mantener inalterado el poder adquisitivo, los cuales a su vez aumentali los costes empresariales y, en definitiva, Ios precios.
El efecto final, seg¨²n la citada comisi¨®n, es que los posibles efectos beneficiosos del IVA se ven compensados por el aumento en los precios. Algunos pa¨ªses seg¨²n el informe de Segrelles, entendieron que una forma de evitar presiones alcistas en los salarios consist¨ªa en reducir el IRPF de forma que el nivel de renta disponible real fuera el mismo.
De esta forma, a?ade el informe de Hacienda, las minoraciones en el impuesto sobre la renta de las personas fisicas atienden a un objetivo dual (estabilizador y redistributivo) al evitar tanto el proceso inflacionista como una distribuci¨®n regresiva de la renta.
En Dinamarca, en 1967, se produjo un ejemplo claro de pa¨ªs en el que el IVA no s¨®lo sirvi¨® para compensar la recaudaci¨®n perdida por el impuesto sustituido (un impuesto en la fase mayorista del 12,5%), sino que se pretendi¨® -incrementar la recaudaci¨®n sustancialmente (alrededor de 2.100 millones de coronas anuales m¨¢s).
El resultado fue el previsto: la imposici¨®n sobre el consumo fue un 19% mayor el a?o que se implant¨® el IVA con relaci¨®n al ejercicio precedente. Los precios, sin embargo, no se dispararon, y el ¨¦xito, en gran parte, se debi¨® a las modificaciones introducidas en el IRPF.
A nivel general, seg¨²n el estudio de Segrelles,, las medidas de reducci¨®n del IRPF han tenido lugar en los pa¨ªses pertenecientes a un ¨¢rea geogr¨¢fica muy espec¨ªfica: el centro y norte de Europa.
En todos estos pa¨ªses, el nivel de renta es de los m¨¢s altos del mundo y la participaci¨®n del IRPF en el conjunto de ingresos fiscales totales es fundamental (salvo quiz¨¢ en Francia). Asimismo, estos pa¨ªses se caracterizan por pol¨ªticas sociales av adas y por contar con organizaciones sindicales fuertes y de implantaci¨®n general.
Por ello, no es de extra?ar que los Gobiernos defensores del IVA hayan acompa?ado su implantaci¨®n con medidas de reducci¨®n de la presi¨®n fiscal en la imposici¨®n sobre la renta. De esta manera se persegu¨ªa el doble objetivo de mantener el poder adquisitivo de las clases menos poderosas y contener las demandas generalizadas de aumentos salariales.
El ¨¦xito en la consecuci¨®n de estos fines puede catalogarse, se.g¨²n Segrelles, s¨®lo de parcial. Unicamente en Austria y Dinamarca se cumplieron con ¨¦xito ambos fines, mientras que en los restantes pa¨ªses en que se implant¨® el IVA las reducciones en el IRPF no fueron suficientes, y en los casos de Holanda, Francia y Noruega hubo necesidad de implantar controles de precios despu¨¦s.
Modificaciones en otros impuestos
Por otra parte, ¨¢punta Segrelles, la introducci¨®n de un impuesto de ¨¢mbito tan general como el IVA facilita la reforma y reestructuraci¨®n de otros impuestos; normalmente, los impuestos especiales sobre el consumo.
Estos cambios han consistido en aumento de los tipos de gravamen para incrementar -o al menos mantener- la recaudaci¨®n global, quiz¨¢ como medida precautoria ante un posible descenso de la recaudaci¨®n (casos de Bolivia en 1973, Chile ¨¦n 1915 y Panam¨¢ en 1977).
Otros pa¨ªses redujeron o modificaron sus impuestos sobre la producci¨®n: Ecuador, en 1970, redujo impuestos sobre las actividades mineras y Marruecos, en 1962, modific¨® los impuestos de producto y sobre sociedades. Colombia, en 1975, cambi¨® la tributaci¨®n sobre la renta, sobre la propiedad y sobre las ganancias de capital.
Algunos pa¨ªses hicieron coincidir en el tiempo la implantaci¨®n del IVA con reducciones,en los derechos de aduanas y en los impuestos sobrl, el tr¨¢fico exterior: Irlanda (1972), Nicaragua (1975) y M¨¦xico (1980).
Por ¨²ltimo, merece destacarse por su excepcionalidad, a juicio de Segrelles, el caso de Suecia, que al introducir el IVA, en 1969, cre¨® un nuevo impuesto sobre las n¨®minas del 1% y a cargo de los empresarios o empleadores.
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