Las medidas sobre jornada y Seguridad Social aumentan el coste por hora entre el 7% y el 14%
La Confederaci¨®n Espa?ola de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha calculado que las medidas propuestas por el Gobierno en materia de jornada y Seguridad Social aumentar¨ªan los costes laborales por hora entre 6,9 y 14,1 puntos, seg¨²n la jornada anual vigente en cada caso. Los c¨¢lculos se han efectuado sobre la base de un crecimiento cero del salario en efectivo, y tienen como objetivo presionar en un triple frente: moderar los salarlos objeto de pacto, aplacar los efectos de la reducci¨®n de jornada y recortar la inminente subida de cotizaciones empresariales. Su consecuencia m¨¢s inmediata ha sido que las negociaciones del Acuerdo Interconfederal para 1983 permanezcan estancadas al menos hasta que el Gobierno apruebe el nuevo esquema de cotizaciones a la Seguridad Social, en principio el pr¨®ximo mi¨¦rcoles.
La estrategia de los empresarios intenta aprovechar el antagonismo que aprecian entre los ministros econ¨®micos, favorables al sacrificio salarial contra la inflaci¨®n y el paro, y los sociales, quienes hacen mayor hincapi¨¦ en cumplir la parte laboral del programa socialista. y no perjudicar a. UGT. Frente a la creencia de que el Ejecutivo desea limitarse a respaldar un pacto entre empresarios y sindicatos, para que UGT no se gaste o amarillee en la defensa de un sacrificio salarial, la patronal defiende a ultranza la teor¨ªa de las tres facturas.En s¨ªntesis, mantiene que el coste total, que puede ser pagado m¨¢s o menos por empresarios o trabajadores, depende de tres conceptos: la banda salarial pactada y el deslizamiento al alza que siempre se produce en la misma por ascensos, pluses y otros conceptos no incluidos; la reducci¨®n de Jornada de trabajo impuesta por el proyecto de ley; y, en tercer lugar, los costes de la Seguridad Social, formados por el efecto de dicha banda, su propio deslizamiento, y el efecto del decreto de cotizaciones.
La CEOE pretende que las dos ¨²ltimas facturas se distribuyan entre traba adores, Gobierno y empresarios. De ah¨ª su criterio de que la banda propuesta, del 6% al 10%, excluye el efecto de las decisiones del Ejecutivo en materia. de jornada y Seguridad Social. Los principales valedores de estas exclusiones en el seno de la patronal han sido, respectivamente, Rafael Termes, presidente de la Asociaci¨®n Espa?ola de Banca Privada; y F¨¦lix Mansilla, titular de la patronal del seguro.
Proyecto de cotizaciones
En resumen, el proyecto de cotizaciones, sobre el cual ha trabajado la CEOE en sus estimaciones prev¨¦ cumplir la promesa electoral de bajar un punto los tipos de cotizaci¨®n (hasta el 31,10%), pero elevando los topes m¨ªnimos el 13% o 14% y los m¨¢ximos (actualmente en tomo al mill¨®n y medio de pesetas) el 20%. El objetivo, considerado necesario en las negociaciones de hace un a?o para la reforma de la Seguridad Social, se orienta a redistribuir el peso de las cotizaciones entre empresas, pues hasta ahora los trabajadores mejor remunerados, generalmente empleados por grandes empresas, son los que porcentualmente contribuyen menos.Paralelamente, el proyecto de decreto eleva, para corregir los respectivos d¨¦ficit, los tipos de cotizaci¨®n al desempleo y al Fondo de Garant¨ªa Salarial, pagados en funci¨®n de los salarios reales. El primero sube del 5,1% al 5,8% y el segundo del 0,60% al 1,20%.
Basada en estas informaciones, la CEOE ha calculado que el incremento del coste laboral por hora, con reducci¨®n de jornada y Seguridad Social, oscilar¨ªa, para un crecimiento cero de salarios, entre el 6,9 % y 14,1%.
Con un punto menos de cotizaci¨®n y la citada elevaci¨®n de topes, teniendo en cuenta la posibilidad de prorratear 0,88 pagas extraordinarias a efectos de fijar la base de cotizaci¨®n, la repercusi¨®n media en los costes laborales ser¨ªa de 2,97%. Para dos de las hip¨®tesis concretas utilizadas (salario medio de 73.200 pesetas y dos pagas o salario de 66.388 y m¨¢s pagas), el incremento de cotizaciones correspondiente a un crecimiento cero de salarios ir¨ªa del 5,3% al 5,82% en un caso y del 5,70% al 8,79% en el otro. Con una subida salarial del 10%, las elevaciones ser¨ªan del 11,98% al 12,57% y del 12,16% al 15,63%. Para el 11% de revisi¨®n, el incremento en las cotizaciones ser¨ªa del 12,60% al 13,20% y del 12,77% al 16,27%.
A los citados aumentos de costes laborales, en los que las cotizaciones representan por t¨¦rmino medio una tercera parte, habr¨ªa que sumar 0,7 puntos por la aportaci¨®n al Fondo de Garant¨ªa Salarial, 0,6 puntos por la cotizaci¨®n al desempleo, y entre 2,5 y 9,4 puntos consecuencia de la reducci¨®n de jornada.
En este ¨²ltimo aspecto, la CEOE ha manejado cuatro hip¨®tesis. La primera, que supondr¨ªa un incremento de 9,4 puntos, est¨¢ calculada en base a una reducci¨®n legal de jornada desde 2.006 horas al a?o hasta las 1.834,3 horas. En la segunda, el incremento de los costes salariales es de 5,2 puntos, para una jornada actual de 1.930 horas. Con 1.915 horas de jornada al a?o, la reducci¨®n a las 1.834,3 horas supone unos incrementos de 4,4. Y, por ¨²ltimo, sobre una jornada de 1.880 horas anuales el incremento se situar¨ªa en los 2,5 puntos. Los c¨¢lculos est¨¢n efectuados sin considerar aumento salarial alguno.
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