La impuntualidad acarrear¨¢ deducci¨®n en las retribuciones
El r¨¦gimen disciplinario de los funcionarios era uno de los m¨¢s obsoletos, toda vez que no permit¨ªa una adecuada flexibilidad entre la falta y la sanci¨®n, no aplicada muchas veces por lo excesivo de su car¨¢cter.El anteproyecto sobre la materia introduce como novedad que las faltas de puntualidad e inasistencia se sancionar¨¢n con la deducci¨®n proporcional de las retribuciones, lo que supone un serio paso contra la tradicional resistencia de parte del funcionariado espa?ol al cumplimiento serio y eficaz de estos aspectos.
Entre las faltas que el anteproyecto considera muy graves figuran las siguientes: el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constituci¨®n en el ejercicio de la funci¨®n p¨²blica; toda actuaci¨®n que suponga discriminaci¨®n por raz¨®n de raza, sexo, religi¨®n, lengua, opini¨®n, lugar de nacimiento o vecindad, o cualquier otra condici¨®n o circunstancia personal o social; el abandono de servicio; la adopci¨®n de acuerdos manifiestamente ilegales que perjudiquen gravemente a la Administraci¨®n o a los ciudadanos; la publicaci¨®n o utilizaci¨®n indebida de secretos oficiales; la notoria falta de rendimientos que acarree inhibici¨®n en el cumplimiento de las tareas encomendadas, y la violaci¨®n de la neutralidad o independencia pol¨ªtica, mediante la utilizaci¨®n de las facultades atribuidas, para influir en procesos electorales de todo tipo.
Otras faltas, muy graves son el incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades; la obstaculizaci¨®n del ejercicio de las libertades p¨²blicas, derechos sindicales y derecho de huelga; la participaci¨®n en huelgas de quienes lo tienen expresamente prohibido por ley; el incumplimiento de la obligaci¨®n de atender los servicios esenciales en caso de huelga; los actos limitativos de la libre expresi¨®n de pensamiento, ideas y opiniones y la comisi¨®n de tres faltas graves en un per¨ªodo de un a?o.
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