El Gobierno considera "disparatado" retirar de las Cortes la LOAPA porque sigue considerando v¨¢lido su contenido
El Gobierno no retirar¨¢ de las Cortes la Ley Org¨¢nica de Armonizaci¨®n del Proceso Auton¨®mico (LOAPA) decisi¨®n que considera "disparatada", y pretende publicarla cuanto antes y sin modificaciones -excepci¨®n hecha de los art¨ªculos impugnados por el Tribunal Constitucional- en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, seg¨²n afirm¨® ayer el ministro de Administraci¨®n Territorial Tom¨¢s de la Quadra. En una conferencia de prensa, el ministro manifest¨® que en la sentencia del Tribunal Constitucional se hab¨ªa declarado la inconstitucionalidad formal de la mayor parte de los art¨ªculos impugnados, pero sin entrar a decidir si era o no constitucional el fondo de los mismos, "por lo que", en su opini¨®n, la ley es constitucional en su contenido".
El Gobierno y los partidos nacionalistas han reaccionado r¨¢pidamente a la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la LOAPA. La consideraci¨®n de que dicha ley no es ni "org¨¢nica" ni "armonizadora", llev¨® ayer al ministro de Administraci¨®n Territorial, Tom¨¢s de la Quadra, a denominar a esta ley como LPA, en una conferencia de prensa que ofreci¨® para fijar la posici¨®n gubernamental, basada en que la sentencia no ha entrado en el fondo de la filosof¨ªa de la ley, y que ¨¦sta es, por tanto, v¨¢lida. El presidente de la Generalitat, Jordi Pujol, tras mostrar su alegr¨ªa por el fallo, se ofreci¨® a negociar con el presidente del Gobierno, Felipe Gonz¨¢lez, la pol¨ªtica que a partir de ahora debe llevarse a cabo con las autonom¨ªas. Esta misma disposici¨®n al di¨¢logo con el Gobierno central fue expuesta por el lendakari vasco, Carlos Garaikoetxea, quien mostr¨® su satisfacci¨®n por la sentencia, que, dijo, "ha confirmado las tesis nacionalistas vascas".Tom¨¢s de la Quadra afirm¨® que en el articulado no impugnado por el Tribunal -que denomin¨® varias veces LPA- se mantiene intacto el modelo auton¨®mico del proyecto de ley y que en forma de norma b¨¢sica, "vincular¨¢ a todas las comunidades aut¨®nomas". En su comparecencia ante los medios de comunicaci¨®n, el ministro hizo primero, en nombre del Gobierno, una declaraci¨®n pol¨ªtica a partir de la sentencia del Tribunal Constitucional "que aceptamos", dijo, "acatamos, cumpliremos y haremos cumplir". Expres¨® Tom¨¢s de la Quadra la "valoraci¨®n positiva" que el ejecutivo sigue haciendo de la pol¨ªtica auton¨®mica, que se inici¨® en los pactos firmados en julio de 1981, y manifest¨® su confianza en que la sentencia "pacifique y clarifique de una vez para siempre el tema de la LOAPA, que ha dado lugar a controversias basadas, en una gran parte, en malentendidos, intencionados o no".Especial ¨¦nfasis puso el ministro al anunciar que el Gobierno no est¨¢ dispuesto a retirar lo que queda de la LOAPA de las Cortes, ni iniciar¨¢ un nuevo debate parlamentario, ni unos nuevos pactos con fuerzas pol¨ªticas para modificar la ley. "Nada ser¨ªa m¨¢s disparatado que hacerlo", se?al¨®. "Ser¨ªa improcedente reabrir negociaciones que, de nuevo, puedan crear incertidumbre sobre cu¨¢l es el dise?o y el futuro del estado de las autonom¨ªas. Ya hay ley. Queremos que se publique cuanto antes en el Bolet¨ªn Oficial del Estado la parte de la ley que subsiste, ya que ha pasado el control de constitucionalidad en el propio Tribunal Constitucional".
En el curso de la declaraci¨®n pol¨ªtica inicial, el ministro afirm¨® que el Gobierno entiende que tras la sentencia del Tribunal Constitucional, el modelo auton¨®mico contenido en la LOAPA "permanece pr¨¢cticamente intacto". "El modelo auton¨®mico", matiz¨® Tom¨¢s de la Quadra, "es el que est¨¢ recogido en la Constituci¨®n, los estatutos y en la parte no de la ley declarada inconstitucional, que es una norma plenamente constitucional y por tanto tiene que seguir adelante hasta su publicaci¨®n en el BOE".
Otra interpretaci¨®n de la sentencia
Tras la declaraci¨®n pol¨ªtica del Gobierno, el ministro de Administraci¨®n Territorial hizo un profundo y detallado an¨¢lisis -que result¨® a veces excesivamente t¨¦cnico- sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que, dijo, "no ha sido rectamente interpretada por las fuerzas pol¨ªticas, que se han precipitado en sus comentarios". En este sentido, Tom¨¢s de la Quadra manifest¨® que de los 14 art¨ªculos de la ley impugnados por el Tribunal Constitucional, ¨²nicamente un apartado de uno de ellos -el 32- ha sido declarado inconstitucional por razones de fondo. "El resto", a?adi¨®, "han sido declarados inconstitucionales por razones formales o competenciales".
Con los folios de la sentencia en la mano, el ministro se?al¨® en tomo al Titulo I -8 de los 10 art¨ªculos que lo integran han sido considerados inconstitucionales por el Tribunal- "que en la sentencia no se dice que sea inconstitucional porque la doctrina o el modelo auton¨®n¨²co que contiene sea contrario a la Constituci¨®n, sino que una ley del Estado o de las comunidades aut¨®nomas no puede interpretar la Constituci¨®n, porque esa es una funci¨®n reservada al Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional no ha entrado en ning¨²n momento a pronunciarse sobre si el fondo de los art¨ªculos 1, 2, 3, 4 y otros impugnados es constitucional o no. Incide en un tema previo: se pregunta si una ley puede interpretar o no la Constituci¨®n, y decide que no".
Para reforzar esta apreciaci¨®n, el ministro ley¨®, como ejemplo, varios apartados de la sentencia referidos al Titulo I, en el que se establece el deslinde de competencias del Estado y de las comunidades aut¨®nomas. En uno de ellos se afirma que "...es claro que el sistema constitucional de distribuci¨®n de competencias entre los distintos ¨®rganos constitucionales limita tambi¨¦n las posibilidades de las Cortes Generales en el ejercicio de su funci¨®n legislativa. Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, habr¨¢ que analizar si en alguno de los preceptos contenidos en el proyecto, el legislador ha sobrepasado los l¨ªmites impuestos a su potestad legislativa, pues en este caso tales preceptos resultan inconstitucionales cualquiera que sea su contenido material".
Con respecto a la redacci¨®n del art¨ªculo 2 de la LOAPA, se dice en otro de los p¨¢rrafos de la sentencia le¨ªdos por el ministro: "En este caso el legislador se coloca indebidamente en el lugar que corresponde al poder constituyente y al Tribunal Constitucional, por lo que es irrelevante a este respecto que el contenido del art¨ªculo 2 del proyecto reproduzca o no con exactitud la doctrina del Tribunal Constitucional...".
Ley¨® tambi¨¦n el ministro otro apartado de la sentencia referido al art¨ªculo 4, que se ha impugnado, en el que se afirma: "Estima el abogado del Estado que las partes recurrentes otorgan a este precepto un significado y alcance que no tiene, ya que, en su opini¨®n, s¨®lo pretende precisar la interpretaci¨®n que debe darse al mencionado art¨ªculo de la Constituci¨®n ante el uso abusivo del adjetivo exclusivo en los estatutos de autonom¨ªa. Pero es precisamente esta finalidad lo que lo convierte en inconstitucional, por las mismas razones que se han aducido en relaci¨®n con el art¨ªculo anterior. Conclusi¨®n que, dado su fundamento, no supone valoraci¨®n alguna de su contenido material".
"Vincula a todas las autonom¨ªas"
Respecto a este art¨ªculo, Tom¨¢s de la Quadra indic¨® que la pol¨¦mica suscitada en tomo a si debe existir una prevalencia o no del derecho del Estado sobre el de las comunidades aut¨®nomas en el desarrollo de las materias exclusivas, que la Constituci¨®n y los estatutos confieren a uno y otras, no ha sido, aclarada por el Tribunal. "Afirmo categ¨®ricamente que ese tema ha quedado sin soluci¨®n en la sentencia. El Tribunal no ha dicho que sea inconstitucional esa prevalencia de la legislaci¨®n del Estado, que se establece en la LOAPA. ¨²nicamente ha dicho que esa cuesti¨®n no puede interpretarla en una ley como la LOAPA".
Manifest¨® luego el ministro que "para la recta inteligencia de la sentencia", hay que tener en cuenta que la p¨¦rdida del rango de org¨¢nica y armonizadora de la ley "no le priva de efectos y vincula tambi¨¦n a todas -repiti¨® varias veces el todas- las comunidades, aut¨®nomas". Al hacer referencia a este extremo de la sentencia, Tom¨¢s de la Quadra ley¨® un apartado del pen¨²ltimo folio de la misma en el que el Tribunal Constitucional afirma: "Es de se?alar, finalmente, que la falta de car¨¢cter org¨¢nico y armonizador del proyecto no implica la inconstitucionalidad material de su contenido, como revela el examen de su articulado". "La ley", coment¨® acto seguido el ministro, "es, pues, constitucional en su contenido".
Por lo que respecta a la supresi¨®n de la pr¨¢ctica totalidad del T¨ªtulo I de la LOAPA, el m¨¢s conflictivo, Tom¨¢s de la Quadra manifest¨® que al Gobierno "no le preocupa que haya quedado inservible como instrumento que ofrec¨ªa para interpretar la Constituci¨®n". "De alguna forma", matiz¨®, "precisamente sobre esa doctrina o modelo auton¨®mico que se conten¨ªa en el T¨ªtulo I, a lo largo de estos a?os transcurridos desde que se firmaron los pactos, ya el Tribunal Constitucional se ha pronunciado. Y hay que decir que se ha pronunciado en muchos de los art¨ªculos, en otros no, en sentido similar al que se contiene en el T¨ªtulo I". Con respecto a varios art¨ªculos de la LOAPA -y cit¨® el 1, 2, 3, y 7- el ministro afirm¨® "que nos da ya lo mismo seguir el modelo del T¨ªtulo I de la LOAPA, que seguir anteriores sentencias del Tribunal Constitucional. En ese sentido indic¨® el ministro que sobre aspectos fundamentales que se recog¨ªan el T¨ªtulo I, el Gobierno se guiar¨¢ en adelante por las sentencias que sobre aqu¨¦llos ha dictado ya el Tribunal Constitucional, "que ha dicho algo semejante a lo que lat¨ªa en los mismos".
"No estoy dispuesto a dimitir", afirma el ministro
"Sigue en pie la oferta de di¨¢logo sobre el desarrollo del art¨ªculo 149 de la Constituci¨®n -referido a las competencias del Estado y de las comunidades aut¨®nomas- que hizo en su discurso de investidura Felipe Gonz¨¢lez. Cosa muy distinta ser¨ªa abrir ahora una nueva negociaci¨®n global para hacer una nueva LOAPA", afirm¨® Tom¨¢s de la Quadra al referirse a la oportunidad de que, tras la sentencia del Tribunal Constitucional, se inicien negociaciones auton¨®micas con los partidos nacionalistas. "Yo no pienso dimitir", dijo escuetamente el ministro en respuesta a un informador que le transmit¨ªa declaraciones de pol¨ªticos que piden su cese.Sobre el apartado de la sentencia en la que el Tribunal estima que ¨²nicamente ¨¦l puede interpretar la Constituci¨®n, Tom¨¢s de la Quadra prefiri¨® no desvelar su opini¨®n como jurista, pero indic¨® "que ese juicio va a suscitar una enorme pol¨¦mica en los medios jur¨ªdicos".
Manifest¨® el ministro que ser¨ªa deseable que el resultado de la sentencia desactive los recelos y las tensiones que se han producido entre los ejecutivos vasco y catal¨¢n y el Gobierno Central. "Esos recelos no exist¨ªan por parte del Gobierno y s¨ª en las comunidades aut¨®nomas. Ahora bien, me temo que las razones de esos recelos y diferencias no tienen su origen ni motivo en la LOAPA, por lo que pueden subsistir en adelante".
Tom¨¢s de la Quadra sostuvo que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la LOAPA no debe inducir "por el momento" a una reforma del T¨ªtulo VIII de la Constituci¨®n, extremo que reclama Alianza Popular. "Los instrumentos de coordinaci¨®n auton¨®mica, el modelo de Estado de las autonom¨ªas sigue manteni¨¦ndose en la Constituci¨®n, los estatutos y la LPA".
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