Las indemnizaciones a los familiares de las v¨ªctimas suponen unos 650 millones de pesetas
Las indemnizaciones a los familiares de las v¨ªctimas a las que tendr¨¢ que hacer frente la compa?¨ªa Avianca, arrendataria del avi¨®n siniestrado, que era propiedad de la l¨ªnea sueca SAS, o sus aseguradores ascienden, aproximadamente, a 650 millones de pesetas. Los convenios internacionales fijan una cantidad-tipo de 250.000 francos por persona. Al cambio actual del franco, unos 4.500.000 pesetas, aunque, la legislaci¨®n espa?ola la fija en 3.500.000 pesetas, seg¨²n un decreto publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el pasado mes de septiembre.Por su parte, la empresa escandinava SAS propietaria del avi¨®n percibir¨¢ de la compa?¨ªa aseguradora londinense Whigan and Polan Ltd. la cantidad de 50 millones de d¨®lares (unos 7.750 millones de pesetas). Un portavoz de la compa?¨ªa brit¨¢nica asegur¨® ayer que la prima del seguro ser¨¢ abonada en el plazo de uno o dos d¨ªas. Al precio actual del mercado, un avi¨®n de 14 mismas caracter¨ªsticas que el siniestrado alcanza un precio situado entre los 35 y los 40 millones de d¨®lares (unos 5.000 ¨® 6.000 millones de pesetas), si bien el precio definitivo puede sufrir variaciones, seg¨²n las condiciones de pago acordadas entre comprador y vendedor.
Un portavoz de Avianca se?al¨® que en los pr¨®ximos d¨ªas podr¨¢ cuantificarse a ciencia cierta el total de las indemnizaciones a pagar y que la cifra final se har¨¢ en base a la legislaci¨®n espa?ola para casos de fallecimiento o incapacidad permanente por causa de siniestro a¨¦reo. Los c¨¢lculos son muy complicados porque cada indemnizaci¨®n puede alcanzar una valoraci¨®n diferente, de acuerdo con las reclamaciones individuales que puedan presentarse y seg¨²n las normas que sobre esta cuesti¨®n posea el pa¨ªs desde donde se curse la reclamacion.
Convenios internacionales
Cabe tambi¨¦n la posibilidad para los reclamafites de solicitar la aplicaci¨®n de la legislaci¨®n espa?ola, por ser el pa¨ªs en el que se produjo el accidente, o tambi¨¦n acogerse a la normativa legal colombiana, pa¨ªs de flete del avi¨®n.La legislaci¨®n espa?ola, segun un decreto publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el pasado septiembre, previ¨® el incremento de las indemnizaciones hasta la cantidad de 3.500.000 pesetas. Esta subida vino motivada por el desfase existente entre la normativa espa?ola y la de otros pa¨ªses referida a estos aspectos.
Fuentes del Ministerio de Transportes informaron que la indemnizaci¨®n a percibir por los familiares de las v¨ªctimas de un accidente a¨¦reo ha sufrido las l¨®gicas variaciones con el paso del tiempo. Seg¨²n el art¨ªculo 22 del Convenio de Varsovia, celebrado el a?o 1929, se fij¨® en 125.000 francos franceses por persona. Posteriormente, merced al Protocolo de La Haya, de 1955, se increment¨¢ dicha cantidad a los 250.000 francos citados antes. El Protocolo de Montreal, acordado en 1971, estipul¨® una nueva subida de la cantidad, pero este ¨²ltimo acuerdo internacional no ha entrado a¨²n en vigor, al no haber alcanzado el n¨²mero necesario de pa¨ªses firmantes, que refrendaran lo dispuesto en el protocolo.
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