La integraci¨®n, complejo proceso de ajustes
Las posibilidades de decisi¨®n pol¨ªtica que ofrece la presencia espa?ola compensan las dificultades iniciales
La integraci¨®n de Espa?a en la Comunidad Econ¨®mica Europea implica un proceso de ajustes econ¨®micos complejos, con algunas consecuencias inmediatas negativas, como son un previsible incremento de la presi¨®n fiscal y de las tensiones inflacionistas, as¨ª como un probable aumento del desempleo directamente asociado a reajustes empresariales derivados. Pero supone tambi¨¦n ganar acceso a un marco de decisiones trascendentales de pol¨ªtica econ¨®mica en el que los espa?oles no estamos representados actualmente, aunque s¨ª influye sobre nosotros.Entrar en la CEE significa poner en pr¨¢ctica los cuatro principios comunitarios b¨¢sicos de libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas, capitales, mano de obra, junto con el de la libre prestaci¨®n de servicios y libertad de establecimiento, que implican derechos pero tambi¨¦n obligaciones. Su asunci¨®n plena por parte de Espa?a no tendr¨¢ lugar hasta que transcurran unos plazos, que en el lenguaje de la CEE se denominan per¨ªodos transitorios, fijados durante las negociaciones de ingreso.
Mientras la negociaci¨®n no concluya, no puede decirse nada definitivo sobre el efecto combinado inmediato de unas adaptaciones que son interdependientes. En cambio, es claro cu¨¢l ser¨¢ el marco en el que deber¨¢ actuar la econom¨ªa espa?ola seis o 10 a?os despu¨¦s del ingreso. Tambi¨¦n es claro que la primera consecuencia que los espa?oles van a captar de la adhesi¨®n a la CEE es la introducci¨®n del Impuesto sobre el Valor A?adido (IVA).
Bajo el Gobierno de Calvo Sotelo se acord¨® con la CEE que este impuesto se aplicar¨ªa en Espa?a desde el d¨ªa del ingreso. El inter¨¦s de los diez por el tema se explica porque el Impuesto sobre el Valor A?adido, vigente en Francia desde 1954, fue adoptado en 1963 como base de un sistema fiscal comunitario arm¨®nico capaz de superar las distorsiones que la diversidad de. sistemas nacionales de imposici¨®n indirecta creaba sobre el nuevo tr¨¢fico de bienes. Ocurr¨ªa, de hecho, que dentro de la Comunidad se suprim¨ªan aranceles, pero los Estados miembros establec¨ªan impuestos que ten¨ªan efectos equivalentes al de los aranceles suprimidos. Posteriormente, en 1970, el IVA fue tomado como base de c¨¢lculo de la aportaci¨®n directa -de cada socio a la financiaci¨®n de los gastos comunes.El IVA es un impuesto sobre ventas que sustituir¨¢ a todos los impuestos indirectos vigentes. Se paga, en cada fase del proceso de producci¨®n, sobre las materias primas o productos semiacabados que se incorporan al producto, para ser recuperado despu¨¦s mediante la presentaci¨®n de los correspondientes datos de compra y de venta, de manera que el ¨²nico que finalmente paga y no recupera el impuesto es el consumidor.- El sistema IVA permitelas¨ª evitar la multiplicaci¨®n de grav¨¢menes indirectos sobre un mismo producto a lo largo de las distintas fases de su elaboraci¨®n.
Incremento fiscal
La introducci¨®n del IVA en Espa?a a partir del 1 de enero de 1986, si todo sucede seg¨²n el calendario previsto, determinar¨¢ un incremento de la presi¨®n fiscal, especialmente sobre los peque?os negocios comerciales o de servicios, que actualmente est¨¢n poco controlados. Actualizando previsiones facilitadas por el Ministerio de Hacienda en 1981, se llega a la conclusi¨®n aproximada de que el IVA recaudar¨¢ dos billones de pesetas donde actualmente se recaudan 1.300.000 millones.
El IVA supondr¨¢, por otra parte, nuevos gastos administrativos para esas peque?as unidades econ¨®micas que no disponen ahora de la contabilidad detallada que el sistema requiere. El Ministerio de Hacienda calcula que, en consecuencia, el nuevo impuesto podr¨ªa tener un impacto de un 2% sobre el ¨ªndice de inflaci¨®n en el primer a?o. La CEOE ha afirmado que ese impacto podr¨ªa ser de unos cuatro puntos, pero ¨²ltimamente parece revisar a la baja tales estimaciones. En el plano exterior, la introducci¨®n del IVA tendr¨¢ como consecuencia la supresi¨®n del r¨¦gimen de desgravaciones a la exportaci¨®n, que en estos momentos beneficia a los empresarios espa?oles.
El gran reto a la competitividad de la industria espa?ola es, sin embargo, el ingreso en la Uni¨®n Aduanera, que equivale el paso de una econom¨ªa protegida a otra de libre cambio. Seg¨²n un c¨¢lculo muy reciente, provisional y aproximado, del Ministerio espa?ol de Comercio, el nivel medio de protecci¨®n arancelaria de los productos industriales espa?oles viene a ser de un 14,7%, que, frente a la CEE, se reduce hasta un 6,70%. El arancel medio comunitario es, entretanto, de aproximadamente un 3,2%, y apenas se aplica a otros pa¨ªses que los de la OCDE que no son europeos.
Ingresar en la Uni¨®n Aduanera implica, en efecto, no s¨®lo suprimir aranceles frente a los pa¨ªses de la Comunidad, sino aplicar el mismo nivel de protecci¨®n que ¨¦sta mantiene frente a los pa¨ªses no miembros. Supone asumir el mismo trato comercial m¨¢s favorable que la CEE otorga a pa¨ªses con los que est¨¢ ligada mediante acuerdos especiales, como son los de la EFTA, los de la Convenci¨®n de Lom¨¦, los de la cuenca mediterr¨¢nea y todos los favorecidos por el sistema de preferencias generalizadas. Al mismo tiempo, Espa?a tendr¨¢ que aplicar a los pa¨ªses latinoamericanos un trato comercial menos favorable del que actualmente tienen. En consecuencia, la industria espa?ola deber¨¢ soportar una nueva competencia, no s¨®lo de la industria europea, sino tambi¨¦n de productores de pa¨ªses en v¨ªas de desarrollo. .
Este cambio de marco no alterar¨¢ sensiblemente nuestras corrientes comerciales actuales, ya que en 1983. se dirigi¨® a la CEE un 48,3% de las exportaciones espa?olas, frente a un 3,9% a Latinoam¨¦rica y un 10,5% a los pa¨ªses ¨¢rabes. Espa?a adquiri¨® entretanto, en la Europa comunitaria, un 32,8% de sus importaciones, frente a un 10,9% en Latinoam¨¦rica y un 19,1% en Oriente Pr¨®ximo.
El incremento de competencia podr¨ªa provocar, sin embargo, algunos cierres empresariales, sobre todo en los sectores espa?oles m¨¢s sensibles, que, seg¨²n c¨¢lculos privados, representan aproximadamente un 20% del valor de la producci¨®n industrial. Estos cierres producir¨ªan un incremento -derivado del paro que,a medio plazo, tender¨ªa a reabsorberse en la. expansi¨®n de los sectores m¨¢s competitivos y en las nuevas posibilidades de emigraci¨®n creadas por el principio de libre circulaci¨®n de los trabajadores.
De una manera global e inmediata, las consecuencias negativas de este reajuste renovador de la industria espa?ola deber¨ªan compensarse a corto plazo con los ingresos adicionales que el campo espa?ol ganar¨¢, tras el per¨ªodo de transici¨®n, del pleno acceso a los mercados y al sistema de precios de garant¨ªa que vertebra la pol¨ªtica agr¨ªcola com¨²n.
Elementos moderadores
Hay factores reguladores que moderan el per¨ªodo de transici¨®n. Por un lado se negocian cl¨¢usulas de salvaguardia que permiten suspender la ejecuci¨®n de los acuerdos. Tambi¨¦n hay que tener en cuenta que los principios comunitarios no se aplican plenamente, como lo demuestra el hecho de que donde se suprimen barreras arancelarias surgen controles de calidad no siempre ortodoxos y de que las asociaciones profesionales imponen muchas veces requisitos que dejan sin efecto el principio de la libertad de ejercicio.
El elemento moderador m¨¢s importante ser¨¢, sin embargo, la presencia espa?ola en los Consejos de Ministros, ¨²nico ¨®rgano decisorio de la Comunidad donde, si todo sigue como ahora, cada Estado miembro tiene pr¨¢cticamente derecho de veto. Siempre se dice en la CEE que el ingreso se negocia de una vez .para siempre, pero el caso del Reino Unido demuestra, con gran actualidad, que todo termina por renegociarse.
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