La reforma del C¨®digo de Justicia Militar se iniciar¨¢ con dos leyes
El Consejo de Ministros del pasado mi¨¦rcoles no estudi¨®, a pesar de estar previsto, el proyecto de ley org¨¢nica del C¨®digo Penal Militar, primer paso para la reforma del C¨®digo de Justicia Militar, porque la intenci¨®n del Gobierno es la de enviar a las Cortes conjuntamente el mencionado proyecto y otro sobre la denominada ley puente, que recoger¨¢ provisionalmente los delitos relacionados con la rebeli¨®n en tiempo de paz y las penas correspondientes.Inicialmente, el Ministerio de Defensa preve¨ªa que el Consejo de Ministros aprobara primero el proyecto del C¨®digo Penal y posteriormente la ley puente, pero finalmente se opt¨® por tramitar ambos proyectos de forma conjunta. La ley puente, que pr¨¢cticamente ser¨¢ una ley adicional, debe ser redactada debido a que en el nuevo C¨®digo Penal Militar s¨®lo se recoger¨¢n los delitos estrictamente militares y, por tanto, no los relacionados con la rebeli¨®n en, tiempo de paz.
Por este motivo, los delitos relacionados con la rebeli¨®n pasar¨¢n al C¨®digo Penal ordinario, pero hasta que no se efect¨²e la reforma de este c¨®digo esos delitos figurar¨¢n en la denominada ley puente. El proyecto de C¨®digo Penal est¨¢ concluido desde hace varios meses, si bien hay algunos art¨ªculos en los que se recogen varias alternativas, entre las que tendr¨¢ que elegir el Gobierno. Igualmente, seg¨²n fuentes del Ministerio de Justicia, el proyecto de la ley puente est¨¢ pr¨¢cticamente finalizado, por lo que no se descarta que ambos proyectos sean estudiados en el Consejo de Ministros de la segunda semana de septiembre.
Entre los art¨ªculos en los que se han incluido varias alternativas figura el relativo al lugar en el que los militares deber¨¢n cumplir las penas de prisi¨®n con las que puedan ser castigados. El actual c¨®digo castrense se?ala que, en caso de delitos militares, las penas se cumplir¨¢n en prisiones militares, mientras, en caso de delitos comunes, las penas podr¨¢n ser cumplidas en prisiones civiles.
El problema en esta cuesti¨®n, seg¨²n expertos consultados, reside precisamente en la elecci¨®n de los centros en que deben cumplir sus penas los militares autores de delitos contra el Estado, pero no estrictamente militares, como es el caso de los relacionados con la rebeli¨®n. Seg¨²n la actual legislaci¨®n, los militares condenados por rebeli¨®n deben cumplir sus penas en centros militares, pero, si esos delitos pasan al C¨®digo Penal ordinario, lo l¨®gico ser¨ªa, seg¨²n esos expertos, que los autores de tales delitos cumplieran sus penas en prisiones civiles dependientes del Ministerio de Justicia. Adem¨¢s de las dos leyes citadas, la reforma de la justicia militar se completar¨¢ con los proyectos legislativos sobre el R¨¦gimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, organizaci¨®n de los tribunales militares y r¨¦gimen procesal.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.