Los inspectores de Hacienda, razones de un malestar
?C¨®mo se ha llegado a esta situaci¨®n? Por un conjunto de hechos de mayor o menor trascendencia que procurar¨¦ se?alar sint¨¦ticamente a fin de facilitar una reflexi¨®n a las partes implicadas. Espero que sirva tambi¨¦n para que los contribuyentes de a pie conozcan un poco m¨¢s la figura de unos funcionarios de indudable popularidad.En 1977, coincidiendo con el dise?o del nuevo sistema fiscal espa?ol, se crea el Cuerpo de Inspectores Financieros y Tributarios del Est¨²do, que, integrando cuatro cuerpos del Ministerio de Hacienda, se hace cargo de las funciones que tradicionalmente se adjudican a la inspecci¨®n de los tributos: investigaci¨®n y comprobaci¨®n de hechos imponibles y bases tributar¨ªas, informaci¨®n a los contribuyentes, asesoramiento de los ¨®rganos de la Hacienda p¨²blica, comprobaci¨®n de valores, etc¨¦tera.
Junto a esta funci¨®n, de notable trascendencia en la implantaci¨®n y correcta aplicaci¨®n del nuevo sistema fiscal, t¨¦cnicamente m¨¢s perfecto y bastante m¨¢s complejo que el anterior, el cuerpo asume las funciones de la inspecci¨®n financiera, todav¨ªa por desarrollar, integradas en el complejo mecanismo del control del gasto p¨²blico.
Este horizonte profesional, de indudable inter¨¦s y que demandaba una indiscutible competencia e imparcialidad, convoc¨® a muchos -entre los titulados universitarios de derecho, econ¨®micas, empresariales o ingenieros industriales- a la selectiva oposici¨®n de acceso a la Escuela de Inspecci¨®n Financiera.
La adecuada retribuci¨®n de este trabajo, teniendo en cuenta tambi¨¦n su incompatibilidad con cualquier otro p¨²blico o privado remunerado, se cifraba en 1980 en torno a los 2,4 millones de pesetas anuales, lo que tambi¨¦n facilit¨® el crecimiento del cuerpo.
As¨ª, en 1984, m¨¢s de la mitad de los efectivos del cuerpo proced¨ªan ya de la Escuela de Inspecci¨®n: era un colectivo rejuvenecido y de una capacidad t¨¦cnica indiscutida para el desarrollo de sus funciones.
Sin embargo, el desencanto ha ido creciendo progresivamente. Se?alar¨¦ sus causas en los p¨¢rrafos siguientes.
En primer lugar, la pr¨¢ctica inexistencia de un desarrollo de la inspecci¨®n financiera que siguiera con. similar competencia, despliegue e inter¨¦s a la inspecci¨®n tributaria fue el motivo principal de frustraci¨®n de las aspiraciones profesionales del colectivo.
En segundo lugar, la ausencia de un esquema serio de organizaci¨®n de la inspecci¨®n tributar¨ªa y la falta de implantaci¨®n de un m¨¦todo mejor de inspecci¨®n, que permitiera combatir de forma eficaz el fraude fiscal, han dejado sentir su influencia en las iniciales energ¨ªas de sus miembros, manifest¨¢ndose habitualmente en una actitud cr¨ªtica hacia las superficiales medidas que se han ido tomando en este campo, tanto por su continuo cambio como por su pr¨¢ctica inoperancia.
La aportaci¨®n de la inspecci¨®n de Hacienda en la lucha contra el fraude proviene m¨¢s de la iniciativa personal de los miembros del colectivo, y de la continua aparici¨®n de la inspecci¨®n en los mensajes del ministerio a la opini¨®n p¨²blica, que de su regulaci¨®n org¨¢nica y funcional.
En el sentido anterior, el director general de Inspecci¨®n reconoc¨ªa en una publicaci¨®n especializada de diciembre de 1984 los siguientes hechos:
a) La infrautilizaci¨®n de los funcionarios de inspecci¨®n a todos los niveles, coexistiendo una alta cualificaci¨®n profesional con un alto porcentaje de su tiempo dedicado a tareas para las cuales no es necesaria esa cualificaci¨®n.
b) La carencia de una aut¨¦ntica especializaci¨®n sectorial que facilitara el profundo conocimiento pr¨¢ctico de la realidad econ¨®mica.
c) La inexistencia de una carrera administrativa.
Todo lo anterior era la causa, seg¨²n el mismo director general, de una frustraci¨®n para las l¨®gicas aspiraciones del funcionario y el descenso de su productividad, e impon¨ªa una conveniente reforma. ?stas eran las notas de la inspecci¨®n en diciembre de 1984.
La nueva organizaci¨®n de la inspecci¨®n dise?ada en 1985, y caracterizada por catalogar 13 distintos tipos de puestos de trabajo de inspectores, con casi un 80% de inspectores de cartera con competencias territoriales y no sectoriales, y con un descenso de competencias con respecto a la anterior organizaci¨®n que afecta a un 77% del colectivo, no ha soluc¨ªonado los problemas que rese?aba el director general, sino que los ha agravado.
Problemas retributivos
El crecimiento de las retribuciones, que se sit¨²a aproximadamente en el 27% al cabo de cinco a?os, ha sido m¨¢s que limitado y escaso si consideramos adem¨¢s sus ya tradicionales incompatibilidades a las que hemos hecho referencia. Este hecho act¨²a como incentivo catalizador en la decisi¨®n de abandonar la Administraci¨®n, cosa no dificil teniendo en cuenta que la misma implantaci¨®n. del nuevo sistema fiscal crea para ellos las suficientes oportunidades en el mercado de trabajo de los profesionales especializados en este campo.
Ante la dureza propia de la funci¨®n de inspecci¨®n tributaria, es justo suponer que los funcionarios contar¨¢n en todo momento con el respaldo moral de los responsables en el ¨¢mbito del ministerio. De ah¨ª que sea incomprensible la dificultad que el colectivo ha tenido siquiera para Plantear ante aqu¨¦llos sus problemas, puntosde vista y soluciones a arbitrar.
La integraci¨®n en 1984 del Cuerpo de Inspectores Financieros y Tributarios con otros cuerpos de distintas competencias anteriores, y por consiguiente de distinta formaci¨®n, as¨ª como el inexplicable aplazamiento de una regulaci¨®n reglamentaria de este nuevo cuerpo que delimite m¨ªn¨ªmamente sus funciones coloca al colectivo en una absoluta indeterminaci¨®n en cuanto a su futuro.
Hasta aqu¨ª, sucintamente, los acontecimientos de mayor consistencia que, en mi opini¨®n, generan el actual descontento y malestar de los funcionarios de la Inspecci¨®n de Hacienda.
En este clima, son otros hechos de menor importancia los que desencadenan las propuestas de medidas de protesta, al interpretarse como provenientes de una especial animadversi¨®n hacia el colectivo. Enunciar¨¦ algunos de esos hechos a modo de ejemplo:
a) Inexplicable incumplimiento de un auto judicial que suspende la ejecuci¨®n de un acuerdo por el que se resolvi¨® el concurso de provisi¨®n de puestos de trabajo de inspecci¨®n siguiendo el sistema de libre designaci¨®n.
b) Utilizaci¨®n de los efectivos del cuerpo para programas meramente recaudatorios, de imagen, de gesti¨®n tributaria, censales, etc¨¦tera, impropios de una inspecci¨®n competente.
c) Implantaci¨®n de diversos controles suplementarios del trabajo de los inspectores, inadecuados a una funci¨®n que ya viene control¨¢ndose por cumplimiento de planes individuales.
Conclusi¨®n
Entiendo que ¨¦stos son los factores del malestar del colectivo. Las consecuencias de menor entidad para la Administraci¨®n y para la sociedad a la que sirven son las posibles medidas de protesta. El hecho cierto y de mayor entidad es el progresivo abandono de profesionales cualificados de unas funciones que deben garantizar la correcta exacci¨®n tributaria, as¨ª como su aplicaci¨®n al gasto p¨²blico, a otras ¨¢reas menos conflictivas y/o m¨¢s remuneratorias econ¨®mica y socialmente.
Puede que existan razones claras y contundentes que, dise?ando un modelo de administraci¨®n financiera y tributaria m¨¢s eficaz e imparcial en el ejercicio de sus funciones, implique la exclusi¨®n del tipo de funcionario a que nos venimos refiriendo. De ser as¨ª, entiendo que es de justicia pedir la divulgaci¨®n de esas razones.
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