Tiempo de cambio en la edificaci¨®n
Uno de los sectores de actividad econ¨®mica m¨¢s precisados de renovaci¨®n estructural es, sin duda alguna, el de la construcci¨®n inmobiliaria. Afectado en los a?os del desarrollismo de un crecimiento caracterizado por la anarqu¨ªa y la falta de todo control, producto de un mercado de vendedores en el que toda especulaci¨®n ten¨ªa su sitio, atrajo, como era de esperar, a innumerables oportunistas que ve¨ªan la posibilidad del negocio f¨¢cil, aunque fuera a costa del da?o ecol¨®gico, la falta de calidad constructiva o el marcado descenso en la del dise?o arquitect¨®nico, todo ello ante la pasividad, la tolerancia y en ocasiones la cooperaci¨®n de la Administraci¨®n.Esta ca¨®tica situaci¨®n producida por la falta de profesionalidad y solvencia t¨¦cnica de los promotores y dem¨¢s agentes intervinientes en el proceso edificatorio provoc¨® al principio aisladas censuras que fueron adquiriendo fuerza conforme se consumaban los desmanes urban¨ªsticos y que en la primera mitad de la d¨¦cada de los setenta moviliz¨® fuertes corrientes cr¨ªticas, sobre todo en algunos sectores de profesionales.
En el congreso nacional que celebraron en 1976, los aparejadores y arquitectos t¨¦cnicos se manifestaron sobre la ya entonces urgente necesidad de poner orden en la edificaci¨®n a trav¨¦s de una ley de bases que regulara racionalmente el proceso, teniendo en cuenta no s¨®lo los cambios de orden pol¨ªtico, social y econ¨®mico acaecidos en Espa?a, sino tambi¨¦n, y muy principalmente, los de orden tecnol¨®gico derivados de la creciente aplicaci¨®n de procesos industriales a una actividad hasta entonces desarrollada seg¨²n t¨¦cnicas tradicionales y en buena medida artesanas.
La nueva Administraci¨®n democr¨¢tica fue receptiva a estas iniciativas del colectivo de aparejadores, y as¨ª, en 1978, el entonces Ministerio de la Vivienda publicar¨ªa un Libro Blatico de la edificaci¨®n en el que se hac¨ªa eco de esta necesidad de cambio, apuntando muchos de los defectos de que adolec¨ªa un sector que estaba entrando ya en una profunda crisis, pero cuyo documento, cue stionado desde influyentes sectores, qued¨® relegado al olvido.
Pese a ello, se hac¨ªa cada d¨ªa m¨¢s patente la necesidad de introducir nuevos criterios de eficacia en la gesti¨®n empresarial, financiera y t¨¦cnica de la construcci¨®n para dar respuesta a un mercado crecientemente exigente, en el que la situaci¨®n de prevalencia de los vendedores que caracterizaba la ¨¦poca anterior se hab¨ªa tornado a favor de los adquirentes de viviendas, que pod¨ªan seleccionar entre el amplio repertorio de una oferta cada vez m¨¢s numerosa, y a lo que s¨®lo las limitaciones de orden econ¨®mico propias de la crisis general pon¨ªan trabas, agudizando los ya graves problemas del sector.
Se iniciaba as¨ª, de alguna forma, una autoselecci¨®n en las empresas que deb¨ªan intentar hacer rentable su gesti¨®n en una situaci¨®n precaria.
El usuario gana
Esta evoluci¨®n ha tenido, eviden temente, consecuencias favorables para el usuario, al haberse incrementado notoriamente la calidad y la racionalidad del pro ceso de la edificaci¨®n durante este per¨ªodo, pero que, sin embargo, resulta todav¨ªa insuficiente si se iene en cuenta que el sector ha de afrontar, a plazo inmediato, la concurrencia de las iniciativas empresariales proceden tes de los pa¨ªses comunitarios, adem¨¢s de las originadas en las fuertes inversiones realizadas por las compa?¨ªas multinacionales.
Todo esto nos lleva a considerar la perentoria necesidad de establecer unos criterios de profesionalidad para todos los agentes que intervienen en el proceso edificatorio, desde las empresas de promoci¨®n a los fabricantes y suministradores de materiales, elementos e instalaciones, pasando por los constructores y evidentemente tambi¨¦n por los t¨¦cnicos, en sus diversas especialidades. Precisamente estos ¨²ltimos han de ser los llamados a asegurar ese grado de capacitaci¨®n t¨¦cnica de las empresas, requerido hoy m¨¢s que nunca por la introducci¨®n de procesos innovadores que hacen uso de nuevas tecnolog¨ªas.
No solamente la precitada tecnificaci¨®n ser¨¢ precisa, sino que tambi¨¦n habr¨¢ de acreditarse la capacidad financiera necesaria para poder asumir iniciativas empresariales en el sector de la edificaci¨®n, habi¨¦ndose de prever, adem¨¢s, la obligada cobertura de los riesgos derivados del producto puesto en el mercado por esta actividad industrial.
Ello conducir¨¢, inexorablemente, a poner en revisi¨®n los conceptos de responsabilidad elvil que en materia de construcci¨®n edificatoria se contienen en el anta?¨®n C¨®digo Civil, que, articulado a finales del siglo pasado, difficilmente puede adaptarse a la realidad actual al haberse pasado de un proceso artesano a otro industrial y de una actividad ejercida a t¨ªtulo individual a otra de car¨¢cter empresarial y especulativo. Baste se?alar, a modo de ejemplo, el que la figura del promotor, a efectos de responsabilidad, no aparece en,dicho cuerpo legal y ha debido ser construida por la jurisprudencia de los tribunales de justicia en su permanente labor de completar el derecho. positivo.
Esta profunda revisi¨®n conceptual debe ir acompa?ada de una modificaci¨®n de los plazos de garantia, concebida de tal suerte que abarque las distintas partes que conforman una edificaci¨®n, de forma que las responsabilidades vengan temporalmente relacionadas con los elementos que las generan.
Cambio de estructuras
Todo ello incrementar¨¢ la seguridad del tr¨¢fico jur¨ªdico y sobre todo, y muy fundamentalmente, incorporar¨¢ en la cadena de responsabilidades a todos los agentes que participan en el proceso productivo, muchos de los cuales ,son hoy ajenos a cualquier tipo de exigencia o reclamaci¨®n por parte de los perjudicados. Sin olvidar, por supuesto, la responsabilidad que tambi¨¦n incumbe a los usuarios en cuanto a la adecuada utilizaci¨®n y necesaria conservaci¨®n del patrimonio edificatorio.
Esta reestructuraci¨®n quedar¨ªa incompleta si no alcanzara a las estructuras t¨¦cnico-profesionales, ya que la industrializaci¨®n y tecnificaci¨®n, cada vez m¨¢s aparentes en el proceso edificatorio, requieren una revisi¨®n de los papeles atribuidos a los profesionales, que en muchos casos se remontan a regulaciones surgidas en la primera mitad del siglo XIX y que, por tanto, ignoran la especializaci¨®n que nuevas titulaciones universitarias han aportado al sector.
En todo caso ha de diferenciarse lo que es el dise?o creativo -sin olvidar su imbricaci¨®n con los aspectos t¨¦cnicos- del proceso constructivo, que es el propio de la aplicaci¨®n de una tecnolog¨ªa espec¨ªfica, lo que se pone en evidencia de una forma m¨¢s n¨ªtida en los procesos de construcci¨®n industrial en serie mediante la utilizaci¨®n de elementos prefabricados o en los supuestos de edificaci¨®n seriada a partir de un ¨²nico proyecto, casos en los que la intervenci¨®n t¨¦cnica prevalente pasa a ser la puramente constructiva.
De alguna manera, la que fuera pol¨¦mica ley de Atribuciones Profesionales de los Arquitectos e Ingenieros T¨¦cnicos, aprobada en abril de este a?o por el Parlamento, ha iniciado el reconocimiento de esta realidad profesional, y su l¨ªnea habr¨¢ de desarrollarse, en lo que concierne al ¨¢mbito edificatorio, en la ley de ordenaci¨®n de este sector cuya presentaci¨®n ante las C¨¢maras qued¨® comprometida para el Gobierno en aqu¨¦lla, con la fijaci¨®n de un a?o para que tal iniciativa legislativa tuviera lugar.
Personalmente, abrigo la esperanza de que esta nueva ley introduzca el orden a que su t¨ªtulo alude, quebrando r¨ªgidos y jerarquizados esquemas profesionales que nada tienen que ver con la realidad de hoy e introduciendo en su lugar un ¨¢gil y eficaz sistema de intervenciones y garant¨ªas que tengan su soporte en la actividad de fiscalizaci¨®n y control que las Administraciones p¨²blicas deben asumir en sus dis-, tintos niveles y muy especialmente en el local, dot¨¢ndose para ello del personal t¨¦cnico cualificado necesario que les permita realizar con eficacia y rapidez, con objetividad y buen sentido, esta funci¨®n fundamental.
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