El Supremo condena a 'Ya' a indemnizar con 12 millones al hijo de Sara Montiel
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha condenado al diario Ya a indemnizar con 12 millones de pesetas al hijo menor de Sara Montiel, Jos¨¦ Zeus Tous Abad, por una intromisi¨®n en su honor e intimidad, debido a que el rotativo madrile?o public¨® en agosto de 1985 una informaci¨®n sobre su adopci¨®n y procedencia. El peri¨®dico Ya, adem¨¢s, deber¨¢ reproducir la sentencia en sus p¨¢ginas. El alto tribunal afirma que no es relevante para declarar la intromisi¨®n en el honor que lo publicado por el peri¨®dico sea cierto y no tenga car¨¢cter secreto.
El Supremo ha confirmado, de acuerdo con las tesis del abogado de Sara Mont¨ªel, Carlos Us¨²a, la sentencia de la Audiencia Territorial de Madrid. ?sta rebaj¨® a 12 millones el importe de fa indemnizaci¨®n, despu¨¦s de que el juez de primera instancia n¨²mero 3 de Madrid lo hubiera fijado en 40 millones.La fiscal¨ªa del Supremo tiene intenci¨®n de instar al fiscal de la Audiencia de Madrid, que solicite, en el per¨ªodo de ejecuci¨®n de sentencia, que el dinero concedido a Zeus quede en una cuenta bloqueada hasta su mayor¨ªa de edad.
Los hechos fueron los siguientes: Sara Montiel y su marido Pepe Tous efectuaron unas declaraciones, a ra¨ªz de la adopci¨®n de su segundo hijo, en las que afirmaban que el ni?o proced¨ªa de Brasil. Ya y otros medios informativos publicaron al poco tiempo que el hijo de Sara hab¨ªa sido adquirido en Alicante, y que la madre natural, Gisela Mart¨ªnez, trabajaba en una barra americana.
La artista demand¨® a los dos periodistas autores de la informaci¨®n y a la editorial Cat¨®lica, quienes argumentaron su derecho a la libertad de expresi¨®n y a publicar informaciones veraces, a?adiendo que s¨®lo pretend¨ªan rectificar las manifestaciones falsas de Sara sobre la procedencia de su hijo.
La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Jaime Santos Briz, no tiene en cuenta que Sara Montiel fue la primera que hizo declaraciones y falsas, sobre el origen de su hijo, y precisa que el derecho a la libertad de expresi¨®n tiene su l¨ªmite en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protecci¨®n de la juventud y de la infancia.
"La protecci¨®n al honor llega a tal extremo", agrega la sentencia, "que hasta se impide al que lo ataca probar la veracidad de sus imputaciones". El Supremo puntualiza que como la intromisi¨®n en el honor o en la intimidad es independiente de la veracidad o falsedad de la acusaci¨®n que se haga, tambi¨¦n es irrelevante que Sara Montiel hiciera afirmaciones falsas sobre la procedencia de su hijo.
El texto judicial admite que la adopci¨®n del ni?o no es secreta, sino p¨²blica, pero establece que "la esfera privada, como parte del honor de la persona, incluye aquel sector de circunstancias que sin ser secretas, ni de car¨¢cter ¨ªntimo, merecen el respeto de todos.
En julio de 1988 un juez de Murcia absolvi¨® al diario La Verdad, de la editorial Cat¨®lica, la misma del peri¨®dico Ya, de otra demanda por intromisi¨®n al honor presentada por Sara Montiel por el mismo caso.
La Verdadhab¨ªa publicado en agosto de 1985 informaciones de contenido similar a las publicadas por Ya, y la artista present¨® demandas en las que solicitaba 100 millones para cada uno de los medios informativos.
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