El Tribunal Supremo absuelve a un empresario que se apropi¨® de las cuotas obreras del IRPF
JULIO M. L?ZARO La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha absuelto a un empresario condenado por haberse apropiado indebidamente de las cuotas retenidas a sus obreros en concepto de IRPF, al apreciar que m¨¢s que un "apoderamiento" se produjo "un incumplimiento tard¨ªo" de la obligaci¨®n de ingresar las retenciones.
A resultas del un expediente de apremio a la empresa "Azulejos Barro Cocido S.A.", por d¨¦bito a Hacienda de m¨¢s de 23,5 millones de pesetas, fueron embargados a la referida sociedad bienes muebles e inmuebles evaluados por los propios peritos de la Administraci¨®n en m¨¢s de 29 millones de pesetas. Tras las correspondientes subastas, los blenes se adjudicaron al Estado por falta de licitadores en 22 millones.
En esas cantidades se inclu¨ªan los 4,5 millones de pesetas de retenciones del IRPF correspondientes a los salarlos de los obreros, que no hab¨ªan sido ingresadas. Sin embargo, el gerente de la entidad, Javier Roberto Sanch¨ªs Y¨¢?ez, fue condenado por la Audiencia Provincia? de Castell¨®n a ocho meses de prisi¨®n por apropiacion indebida de dichas retenciones.
En su nueva sentencia, el Tribunal Supremo entiende que, efectivamente, "el procesado adquiri¨® la posesi¨®n de las cantidades que retuvo a sus obreros en concepto de IRPF, pero a?ade: "No hay base para dar por probado, con la certeza exigible en materia pena], que se haya producido un apoderamiento y no un incumplimiento tard¨ªo, pues es indudable que la deuda ha de entenderse que fue completamente satisfecha, dado que el Importe por el que los bienes fueron adjudicados al Estado excedi¨® con mucho al de] d¨¦bito por raz¨®n de las referidas retenciones". El Supremo considera cancelada la "deuda m¨¢s onerosa", relativa a las retenciones del IRPF, cuyo incumplimiento ser¨ªa susceptible de generar un delito.
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