La demanda de UGT contra CC OO, vista para sentencia
La sala de vacaciones de la Audiencia Nacional dej¨® ayer visto para sentencia el juicio promovido por UGT contra Comisiones Obreras con motivo del preaviso efectuado por esta central para la convocatoria de las elecciones sindicales en 200.000 empresas. El fallo, que pondr¨¢ fin a la llamada guerra de preavisos, se espera para los primeros d¨ªas de la pr¨®xima semana.Tras la vista, Ant¨®n Sarac¨ªbar secretario de Organizaci¨®n del sindicato demandante y su hom¨®logo de CC 00, Jos¨¦ Mar¨ªa de la Parra, se acusaron de falsedad y cinismo en los argumentos expuestos y dudaron de las garant¨ªas de la procedencia de algunas de las pruebas argumentales. Sarac¨ªbar, de UGT, afirm¨® qu¨¦ "las argumentaciones de Comisiones no tienen rigor, no son serias" y a?adi¨® que estaba "absolutamente convencido de que se ha utilizado la falsedad, la mentira y hay una actitud de cinismo que no podemos entender".
Por su parte, Jose Mar¨ªa de la Parra de CC OO, respondi¨® que "si nos ponemos a hablar de falsedad, la prueba m¨¢s evidente es negar en el juicio que hab¨ªa un acuerdo entre los dos sindicatos para fijar el periodo de c¨®mputo de las elecciones [del uno de octubre al 15 de diciembre], y para comprobarlo se puede recurrir a las hemerotecas".
Sus cr¨ªticas se extendieron a las pruebas presentadas en el juicio por UGT. "Mientras se nos acusa de tener, hasta cierto punto, el favor de la Administraci¨®n", coment¨® de la Parra, "nos hemos visto sorprendidos por el hecho de que UGT haya presentado como prueba, el acta de la reuni¨®n de la Comisi¨®n Nacional ,de Elecciones que todav¨ªa no se nos ha entregado a nosostros".
Con respecto a las acusaciones formuladas por UGT en su demanda, sobre un,presunto abuso de derecho de Comisiones Obreras, Jos¨¦ Mar¨ªa de la Parra afirm¨® que "no hay tal abuso cuando se ejerce algo que est¨¢ contemplado en la legislaci¨®n y que es extensivo al conjunto de los sindicatos". El sindicalista de CC 00 a?adi¨® que "si uno de ellos se ha anticipado, podr¨¢ haber sido porque el otro se ha inhibido, ya que conoc¨ªa que ten¨ªa la oportunidad de ejercer ese derecho".
?rgano no competente
Durante la vista del juicio, el representante legal de Comisiones, ?ngel Mart¨ªn, aleg¨® que eran los juzgados de lo social el ¨®rgano competente para dictar sentencia cuando se trata de materia electoral y no la sala de vacaciones de la Audiencia Nacional.Durante los d¨ªas previos al juicio, UGT y CC OO d¨ªscutieron un acuerdo de conciliaci¨®n, pero no se lleg¨® al pacto al no aceptar ninguna de las partes las tres alternativas presentadas. La discusi¨®n se centr¨® en la fijaci¨®n del porcentaje del censo de empresas (de la provincia o comunidad aut¨®noma) en las que se pod¨ªa preavisar diariamente.
El magistrado de la sala de vacaciones, Alfonso Villag¨®mez propuso que cada central preavisase en el 3% de las empresas, opci¨®n aceptada por los ugetistas (que en su propuesta ofrec¨ªan un 4,5% para cada una), pero rechazada por CC OO (que en la suya ofrec¨ªa un 3% para ambos sindicatos). Tampoco coincidieron las centrales en qu¨¦ entender por censo electoral (si se debe mantener el 100% durante todo el proceso electoral o ir descontando del total las empresas que hayan votado).
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