Los poderes del 'monstruo'
La Comisi¨®n tiene menos facultades de las que le imputan sus nuevos cr¨ªticos
Margaret Thatcher parece haber triunfado mucho tiempo despu¨¦s de abandonar el poder. Sus fil¨ªpicas contra la voracidad burocr¨¢tica de los eur¨®cratas y sus advertencias contra el superestado centralista y antidemocr¨¢tico, dirigido desde Bruselas por un directorio de jacobinos, han llegado a cuajar. La ratificaci¨®n de Maastricht ha sido el desencadenante: quienes votaron no en Francia esgrim¨ªan, entre los motivos, su rechazo a la burocracia bruselense; y quienes desean salvar el tratado no dudan, ahora, en lanzar sus invectivas contra las insuficiencias democr¨¢ticas de la CE. Todos quieren sustraer poderes a la Comisi¨®n Europea, tocada estos d¨ªas en su prestigio.
?Pero cu¨¢les son esos poderes de la Comisi¨®n que hay que recortar? ?Acaso el Tratado de Maastricht aumenta la capacidad de decisi¨®n de Jacques Delors y de los otros 16 comisarios?
La realidad es que la Comisi¨®n no es el ¨®rgano ejecutivo de la CE. Quienes toman las decisiones en ¨²ltima instancia son los 12 Estados miembros a trav¨¦s del Consejo de Ministros y del Consejo Europeo (compuesto por los 12 jefes de Estado y de Gobierno). Quienes legislan, asimismo, son los 12 socios. El poder de la Comisi¨®n es de proposici¨®n, de ejecuci¨®n de las decisiones y de gesti¨®n. Tiene un elemento propio del ¨®rgano legislativo en la divisi¨®n cl¨¢sica de poderes, como es la pr¨¢ctica exclusiva en la iniciativa legislativa. Pero a partir de ah¨ª nada puede hacer sin el permiso de los Doce.
Tiene una facultad que la hace antip¨¢tica a quienes les produce urticaria la idea, europea: la Comisi¨®n es la que custodia los tratados europeos y puede apelar al Tribunal de Justicia de la CE, tiene facultad para hacer recomendaciones y dict¨¢menes y tiene las facultades m¨¢s pol¨ªticas de negociar, mediar y presionar, evidentes cuando quien la preside es un personaje como Jacques Delors. Pero sus males (exceso burocr¨¢tico) son exigencia de los socios del club europeo y son males importados de los Estados mismos.
El Tratado de Maastricht refuerza ligeramente los poderes del Parlamento Europeo, que adquiere una cierta capacidad de codecisi¨®n, conjuntamente con el Consejo de Ministros, y se convierte adem¨¢s en poder de control de la Comisi¨®n, cuyos miembros deben someterse a su investidura y eventualmente a la moci¨®n de censura si hubiera lugar. Es decir, aumentan los controles de los ¨²nicos cargos electos de la CE, los diputados europeos, sobre los 17 comisarios, todos ellos elegidos por cada uno de los Estados miembros, menos el presidente, elegido por consenso de todos los socios.
Maastricht prev¨¦ coronar el complejo edificio de controles y contrapesos con la aplicaci¨®n de un nuevo principio, el de la subsidiariedad, que evita que una instituci¨®n europea se haga cargo de una decisi¨®n cuando puedan hacerlo los Estados miembros, las regiones o los municipios. La mayor novedad del tratado, como es la uni¨®n econ¨®mica y monetaria, no refuerza los poderes de la Comisi¨®n, sino que crea una nueva instancia independiente de enorme capacidad de decisi¨®n: el Banco Central Europeo.
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