?Regular? ?desregular? crear empleo
MARCOS PE?ALa reforma del mercado laboral, afirma el autor, se combina con el reforzamiento y articulaci¨®n de la negociaci¨®n colectiva, y de los agentes sociales, y a partir de aqu¨ª se puede y se debe hablar de reforma.
Sol¨ªa comentar Marx que toda teor¨ªa debe ser explicada en virtud de una situaci¨®n concreta y ante un estado de cosas claro. Es bueno que as¨ª sea; el discurso debe hospedarse en la realidad y no en el propio discurso, no hay nada m¨¢s patol¨®gico que el narcisismo discursivo: el discurso mir¨¢ndose a s¨ª mismo. Y en estos ¨²ltimos a?os, meses (e incluso minutos) est¨¢n pasando tantas cosas, y tantas cosas a la vez, que nos cuesta saber d¨®nde estamos, cu¨¢l es nuestra propia realidad...Estamos, ciertamente, embarcados hacia un futuro incierto, pero lo grave es que partimos hacia ese futuro desde un presente que se resiste a ser interpretado.
?Qu¨¦ ha significado la ca¨ªda del muro? ?Hasta cu¨¢ndo podremos seguir compitiendo con pa¨ªses cuyos costes laborales son 20 o 30 veces inferiores a los nuestros? Nuestro peque?ito y ordenado mundo corre riesgo de desmoronamiento. Una acumulaci¨®n suficiente de riqueza basada en el pleno empleo, la productividad y la alta tecnolog¨ªa hab¨ªa permitido soportar un pacto social t¨¢cito que alcanzaba tres coberturas ?niversales: la sanidad, la educaci¨®n, las pensiones. Pero lo que podr¨ªamos llamar la democratizaci¨®n de la tecnolog¨ªa en un mercado laboral salvaje (apenas sin libertad sindical y negociaci¨®n colectiva) ha contribuido a acelerar una crisis de competitividad, cuya primera v¨ªctima ha sido el pleno empleo, que era en realidad la piedra angular que sustentaba el sistema.
Con menos empleo se producen m¨¢s gastos y menos ingresos; ello nos lleva necesariamente a m¨¢s d¨¦ficit y con ello, de nuevo, a menos empleo. Es un c¨ªrculo perverso del que sabemos a duras penas c¨®mo salir, y as¨ª las cosas no sorprende tanto que pa¨ªses de los socialmente m¨¢s cohesionados, como Holanda y B¨¦lgica, propongan a sus interlocutores sociales pactos plurianuales con incrementos salariales cero y equilibrio financiero de los sistemas de protecci¨®n.
?Y nosotros? Nosotros partimos de una situaci¨®n en cierta manera parad¨®jica: en 1993, un a?o en el que se van a destruir 600.000 puestos de trabajo, nuestra producci¨®n se va a reducir y la inflaci¨®n va a estar en torno al 4,5%, se habr¨¢ pactado una subida de salarios del 6,5%. No parece que esto sea coherente.
No podemos seguir utilizando el empleo como ¨²nico mecanismo de ajuste. Es mejor, siempre es mejor, una moderaci¨®n salarial que un incremento de retribuciones que expulse a trabajadores del re parto (repartir algo menos entre la misma plantilla).
Por ello, el Gobierno propuso el d¨ªa 27 de julio un pacto a los interlocutores sociales, que conten¨ªa, en s¨ªntesis, una reducci¨®n de cinco puntos de los salarios durante el trienio de vigencia del pacto, el reforzamiento y mejora de la negociaci¨®n colectiva, la reforma del mercado de trabajo y el sostenido de los sistemas de protecci¨®n social.
Mucha ha sido hasta ahora la discusi¨®n, pero conviene no olvidar dos cosas: en los presupuestos de 1994, en relaci¨®n con los de 1993, la partida de desempleo asciende en un 13,6%. Estamos hablando de dos billones de pesetas destinados exclusivamente a la protecci¨®n del desempleo. No parece, por tanto, razonable hablar de recorte o de atentado constitucional Como tampoco lo es hacerlo al hablar de las pensiones, cuando frente a una inflaci¨®n prevista para 1994 del 3,5% el gasto p¨²blico va a crecer un 7,6%. En fin, no es ¨¦ste el problema. El problema es que vamos a empezar a discutir sobre mercado de trabajo, y a m¨ª me parece saludable que antes de empezar tengamos alguna idea clara.
Partimos de una realidad: el mercado de trabajo es s¨®lo un medio para ajustar la oferta y la demanda de trabajo. As¨ª las cosas, los mecanismos de regular?zaci¨®n del mercado de trabajo pueden entorpecer o favorecer la creaci¨®n de empleo, Nuestro objetivo, claro, es que la favorezca.
Hay que regular y desregular en funci¨®n del empleo. Regular y desregular, como iremos viendo. Pero, antes, una llamada a la sensatez: el mercado laboral, su reforma, no es el vellocino de oro.
Las normas que ordenan los procesos de ingreso al trabajo, de salida, de desarrollo del trabajo, aquellas que determinan las relaciones laborales y los derechos colectivos ayudan a crear empleo, pero no lo crean por s¨ª mismas. No caigamos en la tentaci¨®n de arreglar los problemas econ¨®micos con soluciones jur¨ªdicas. La ilusi¨®n normativa no conduce a ning¨²n sitio. Se nos puede llenar la boca hablando de reforma radical del mercado de t¨²abajo", de flexibilidad, de desregulacion, pero todo esto no es m¨¢s que palabrer¨ªa y, como dec¨ªa Nietzsche, "hay que luchar contra la seducci¨®n de l4s palabras". Nada impide pensar que cuando aparezca en el Financial Times que Espa?a ha liberalizado el despido, las inversiones extranjeras vendr¨¢n a chorros, pero, siendo realistas, habr¨¢ que convenir que la relaci¨®n no es tan n¨ªtida. El asunto es m¨¢s serio, y con m¨¢s seriedad hay que hablar de ¨¦l. Hay que flexibilizar, claro que s¨ª, pero hay que flexibilizar respetando nuestro sistema (nuestro sistema constitucional) basado en la libertad sindical y la negociaci¨®n colectiva.
"Cuanto m¨¢s fuerte es el sindicato, mayor es el desempleo" Thacher dixit, ergo, el primer objetivo es debilitar al sindicato. Me imagino que alguien en nuestro pa¨ªs, quiz¨¢ alguna fuerza pol¨ªtica, estar¨¢ de acuerdo con esto, ser¨ªa bueno saberlo. Pero claro, cuando a la raz¨®n econ¨®mica le molestan los sindicatos, a menudo no se queda ah¨ª, suele concluir afirmando que la ¨²ltima rigidez econ¨®mica es la provocada por la existencia de un mercado electoral, de unos partidos pol¨ªticos, de una democracia... Por tanto, conviene comenzar afirmando que para nosotros la reforma del mercado laboral se combina con el reforzamiento y articulaci¨®n de la negociaci¨®n colectiva y de los agentes sociales, y a partir de aqu¨ª se puede y se debe hablar de reforma. Porque hay que reformar, y reformar urgentemente, y porque es razonable.
Es una excentricidad que no est¨¦n en nuestro pa¨ªs reguladas las empresas de trabajo temporal y es en verdad surrealista seguir manteniendo el car¨¢cter excluyente y monopolista del servicio p¨²blico de empleo. El Ineni se hace cargo, y magn¨ªficamente por cierto, de la n¨®mina de dos millones de desempleos y participa realmente en la intermediaci¨®n del 7% de los contratos. Seguir defendiendo que "este 7% es igual al ciento por ciento no parece razonable, ni tampoco culpar a los poderes p¨²blicos de lo exiguo de la cuota. Los alabados servicios del empleo del Reino Unido no sobrepasan la cuota del 20%. Debe ser bienvenido aquel que contribuya a favorecer el encuentro entre la oferta y la demanda de trabajo, sea persona privada o p¨²blica, y debe el Estado limitarse a establecer los requisitos de funcionamiento y exigir el sometimiento a la ley.
Su no incorporaci¨®n al trabajo est¨¢ fomentando la desocializaci¨®n de colectivo! importantes de j¨®venes. Y lo necesario en este campo es combinar la ley con lo posible y no con lo deseable. Es imposible promover la colocaci¨®n de j¨®venes sometiendo sus contratos al esquema tradicional de tiempo indefinido. Hay que favorecer la primera inserci¨®n en el mundo laboral, regular el contrato de, aprendizaje y potenciar el contrato a tiempo parcial. El contrato de aprendizaje tendr¨¢ que cobijar a aquellos j¨®venes carentes de formaci¨®n, procurando plasmar una idea cl¨¢sica: la formaci¨®n a trav¨¦s del trabajo. No parece que sea posible potenciar los contratos a tiempo parcial sin regular los umbrales m¨ªnimos exentos.
Si efectivamente pensamos que un contrato de fin de semana para un joven debe arrastrar id¨¦ntica protecci¨®n que el de un fresador, oficial de primera, estamos en realidad bastante equivocados y ayudando poqu¨ªsimo a que esos j¨®venes que quieren trabajar y trabajar de forma distinta a la tradicional puedan hacerlo.
Se habla bastante ahora del principio de causalidad, y temo que a menudo con poco fundamento. Este principio significa, ni m¨¢s ni menos, que a todo trabajo de naturaleza permanente o habitual en la empresa, corresponde un contrato indefinido y s¨®lo los trabajos de naturaleza temporal ser¨¢n susceptibles de contrataci¨®n temporal. Es dif¨ªcil la aplicaci¨®n mec¨¢nica del principio y, s¨®lo en la fase del ingreso. La causalidad, obviamente, debe impregnar todo el desarrollo del contrato (nacimiento, desarrollo, extinci¨®n), modulando su aplicaci¨®n y siendo conscientes de que a menudo la alternativa de la temporalidad no es la estabilidad, sino la desocupaci¨®n. De poco valen las lamentaciones sobre la precariedad de nuestro empleo. De lo que hay que ser conscientes es de que la precariedad se corrige desde el empleo, y no desde el desempleo.
Una rigidez clara y que conviene limitar es la movilidad intema en sus distintas facetas; tr¨¢tese de categor¨ªas profesionales o de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Es razonable aprovechar al m¨¢ximo los recursos humanos, y las dificultades existentes al respecto poco o nada ayudan. Ser¨ªa conveniente apostar por un sistema de categor¨ªas profesionales equivalentes y limitar la participaci¨®n de la autoridad laboral a la hora de autorizar las modificaciones sustanciales. Autorizaciones que deber¨ªan ser a posteriori y basarse en constatar la existencia de causas objetivas.
La salida del mercado de trabajo, el despido, es sin duda uno de los elementos b¨¢sicos de la reforma. Nuestro sistema tiene hoy, y deber¨¢ seguir teniendo en el futuro, un despido causal. Es decir, tiene que haber razones para que se produzcan los despidos. Y adem¨¢s de ello existe, y deber¨¢ seguir existiendo, un cat¨¢logo de indemnizaciones diferentes para cada despido, seg¨²n cual sea la raz¨®n por la que se produce la p¨¦rdida del puesto de trabajo. Dicho de otra manera: no forma parte de nuestra cultura, de la cultura europea, el despido libre.
Pero conviene analizar tambi¨¦n que hoy en nuestro pa¨ªs el pago indemnizatorio desborda las previsiones legales por una confusi¨®n entre los diferentes tipos de despido que hace muchas veces que a un despido causado por razones econ¨®micas reales se le apliquen las reglas de un despido disciplinario sin causa. Y esto deber¨¢ corregirse.
Estamos hablando de una materia muy sensible, cuya complejidad creo que escapa a la misteriosa secta de los asesores econ¨®micos. Hace a?os que actuamos sobre una legislaci¨®n social que fue o consensuada o tolerada. Desconocemos los efectos que producir¨ªan en la sociedad una legislaci¨®n rechazada. De ah¨ª el esfuerzo por pactar. Las ganas de conseguir un acuerdo. Pero no es posible que un pacto por el empleo pueda ser bilateral: ni procede, ahora, una pol¨ªtica de alianzas con los sindicatos que olvide al empresariado, ya que olvidar¨ªa tambi¨¦n que justamente a este empresariado corresponde la creaci¨®n de empleo, ni parece sensato atenazar a los sindicatos a trav¨¦s de acuerdos bilaterales con los empresarios. Estamos en un momento en el que s¨®lo caben dos alternativas: o todos juntos, que ser¨ªa la forma m¨¢s solidaria de salir de la crisis, o uno s¨®lo, es decir: el Gobierno en el ejercicio de responsabilidad de quien se ha comprometido con la sociedad a la soluci¨®n de sus problemas.
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