La revisi¨®n del catastro supone elevar el valor de los inmuebles un 70% como media en las ciudades
Un mill¨®n y medio de propietarios de inmuebles recibir¨¢n, antes de final de a?o, una notificaci¨®n de Hacienda con los nuevos valores catastrales. La revisi¨®n afecta a seis ciudades -Valladolid, C¨®rdoba, C¨¢ceres, Santa Cruz de Tenerife, Le¨®n y una zona de Barcelona- sobre un total de 162 municipios. Supone acercar el valor catastral al 50% del de mercado y, en las ciudades, implica una subida media del 70%. La revisi¨®n tiene efectos fiscales en 1995 que se amortiguar¨¢n, seg¨²n Hacienda, con una rebaja al 1,3% en la imputaci¨®n como ingreso en el IRPF; tambi¨¦n, el impuesto sobre bienes inmuebles puede reducirse hasta la cuarta parte; y sube a 17 millones de pesetas el m¨ªnimo exento en patrimonio.
?ste es el segundo a?o en que se lleva a cabo la actualizaci¨®n del catastro, en un plan de ocho a?os, para poner al d¨ªa los valores revisados en 1982. Entonces se contabilizaron 14 millones de unidades urbanas y, al final de 1993, fueron 21,5 millones. La novedad este a?o es que la actualizaci¨®n afecta a seis ciudades. El plan pretende acercar el catastro al 50% del valor de mercado de los inmuebles, que ahora se encuentra por t¨¦rmino medio en el 25%.En el caso de las ciudades, ello supone como media elevar en un 70% el valor catastral medio. Como explica Mar¨ªa Jos¨¦ Llombart, directora general del Centro de Gesti¨®n Catastral, el incremento ser¨¢ mayor en el caso de las zonas c¨¦ntricas que en el de los barrios perif¨¦ricos porque aquellas se han revalorizado m¨¢s con el paso del tiempo. "La revisi¨®n tiene por ello", a?ade, "un efecto redistributivo y de justicia fiscal".
Desde mediados de a?o y hasta el mes de diciembre, un mill¨®n y medio de propietarios de inmuebles en 162 municipios espa?oles recibir¨¢n una notificaci¨®n individualizada con los nuevos valores catastrales. En ella se especifica, adem¨¢s de los datos del propietario y de la finca, el valor del suelo, m¨¢s el de la construcci¨®n y el nuevo valor catastral que resulta. En otro apartado se informa del tipo del impuesto sobre bienes inmuebles que se aplica, las bonificaciones y la cuota a pagar. Adem¨¢s, se indica c¨®mo recurrir en el caso de no estar conforme con la notificaci¨®n.
Los efectos fiscales se notar¨¢n en las declaraciones a presentar en el a?o 1995. Seg¨²n Llombart, el impacto ser¨¢ neutro por t¨¦rmino medio "aunque en algunos casos supondr¨¢ pagar m¨¢s que sin la revisi¨®n y en otros, menos". Para ello, se han adoptado una serie de medidas. En el impuesto sobre la renta se baja del 2% actual al 1,3% el porcentaje del valor del inmueble revisado -s¨®lo en este caso- que hay que incluir como ingreso. En el impuesto del patrimonio, se eleva de los 15 millones de pesetas actuales a 17 millones el l¨ªmite exento.
Adem¨¢s, los Ayuntamientos tienen facultad para reducir el tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles hasta la cuarta parte durante tres a?os para los municipios donde se ha revisado el catastro. El problema de las viviendas de protecci¨®n oficial se afronta liberalizando los precios de las segundas trasmisiones. En el caso de los alquileres de renta antigua se permite repercutir a los inquilinos las cargas fiscales derivadas de la variaci¨®n del valor catastral. En el impuesto del patrimonio s¨®lo se incluir¨¢ el 4% de la renta cobrada y se puede reducir un 30% el valor catastral de estas viviendas a efectos del IRPF hasta que se apruebe la Ley de Arrendamientos Urbanos.
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