Las diputaciones forales maniobran para evitar que el Tribunal europeo juzgue el Concierto Han pedido al Contencioso que desista del procedimiento que llev¨® el caso a Luxemburgo
Las Diputaciones forales intentan evitar a la desesperada que el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea enjuicie la compatibilidad de los incentivos fiscales forales con el Tratado de la UE, un pronuncimiento que se presume desfavorable para sus tesis tras las contundentes conclusiones adelantadas el 1 de julio por el abogado general de la Corte de Luxemburgo. Para ello han solicitado a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa¨ªs Vasco (TSJPV) que declare que no hay motivo de controversia, ya que las normas fiscales que dieron lugar a la cuesti¨®n prejudicial (consulta) presentada en 1997 por la sala ante el Tribunal europeo se encuentran derogadas, inform¨® ayer Vasco Press. En el caso de que la Sala de lo Contencioso acepte que ya no existe pleito por el motivo invocado, decaer¨ªa de forma autom¨¢tica la consulta que elev¨® a la Corte de Luxemburgo. El posible pronunciamiento contrario de ¨¦sta mantiene en estado de alarma a la Administraci¨®n vasca, especialmente tras el informe previo presentado por el juez (abogado general, en la terminolog¨ªa comunitaria) Antonio Saggio. En su dictamen, Saggio consider¨® que los incentivos fiscales concedidos por las diputaciones forales a las empresas que invierten en sus territorios deben ser consideradas ayudas de Estado, prohibidas por el Tratado de la Uni¨®n. Fuentes jur¨ªdicas calificaron ayer de "bastante ingeniosa" la iniciativa de las diputaciones, que fue presentada a mediados del pasado mes de julio, tras conocerse el parecer del abogado general del Tribunal de Luxemburgo. En sus escritos, las instituciones forales solicitan a la Sala de lo Contencioso que, de aceptar que ya no hay motivo para la consulta realizada, lo comunique al Tribunal europeo antes del 15 de septiembre pr¨®ximo, en que concluye su periodo de vacaciones, antes de que dicte sentencia. En consecuencia, la sala debera resolver en los pr¨®ximos d¨ªas sobre esta delicada cuesti¨®n. PASA A LA P?GINA 3
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