La polic¨ªa no podr¨¢ expulsar a los ni?os marroqu¨ªes de Ceuta y Melilla
La ponencia sobre la ley de Extranjer¨ªa ha introducido un art¨ªculo, en su ¨²ltima redacci¨®n, para evitar la expulsi¨®n de menores indocumentados por la polic¨ªa; una pr¨¢ctica, de muy dudosa legalidad, que se aplica en Ceuta y, en menor medida, Melilla. Cuando "los cuerpos y fuerzas de seguridad localicen a un menor indocumentado cuya edad no pueda ser determinada con exactitud", se?ala el texto, "lo podr¨¢n en conocimiento de los tribunales tutelares de menores [...] para la determinaci¨®n de la identidad, edad y circunstancias personales y familiares". Ser¨¢n dichos tribunales los que, una vez aclarados estos extremos, resolver¨¢n si procede la devoluci¨®n del menor a su pa¨ªs de origen o la concesi¨®n del permiso de residencia.Por el contrario, el delegado del Gobierno en Melilla, Enrique Beamud, ha anunciado que llevar¨¢ a rajatabla el proceso de repatriaci¨®n, pues los centros para menores est¨¢n saturados, informa To?y Ramos. "No podemos seguir creando centros que se llenan continuamente con ni?os que al cumplir 18 a?os deben ser expulsados o esperar para pasar a la Pen¨ªnsula, pues entran en otro baremo de la ley de Extranjer¨ªa", afirma.
El proyecto que debate el Congreso incluye tambi¨¦n el derecho de todos los extranjeros a contar con abogado en los procedimientos que puedan suponer su expulsi¨®n o denegaci¨®n de entrada en Espa?a, as¨ª como a un int¨¦rprete si no hablan espa?ol. Los empadronados tendr¨¢n derecho a asistencia jur¨ªdica gratuita si carecen de medios, econ¨®micos, en todos los procesos en que sean parte.
Recursos
Los procedimientos administrativos sobre extranjer¨ªa estar¨¢n sujetos a los principios de "publicidad de las normas, contradicci¨®n, audiencia del interesado y motivaci¨®n de las resoluciones". En ellos podr¨¢n intevenir las organizaciones de defensa de los inmigrantes. Todos los actos y resoluciones que afecten a extranjeros "ser¨¢n recurribles" y cualquier vulneraci¨®n de derechos fundamentales podr¨¢ ser denunciada por el procedimiento especial del art¨ªculo 53.2 de la Constituci¨®n.El permiso de trabajo por cuenta ajena sigue vinculado al contingente anual que aprobar¨¢ el Gobierno, fijando el n¨²mero y las caracter¨ªsticas de los empleos ofrecidos a extranjeros.
Los permisos de trabajo durar¨¢n un m¨¢ximo de cinco a?os, transcurridos los cuales se har¨¢n permanentes. Durante los tres primeros, podr¨¢n limitarse a un determinado territorio, sector o actividad.
El derecho al reagrupamiento familiar incluye al c¨®nyuge del residente, sus hijos y los del c¨®nyuge, incluidos los adoptados, si son menores de edad o est¨¢n incapacitados y no se han casado. Tambi¨¦n a los ascendientes, con determinadas condiciones.
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