Urralburu alega ante el Supremo falta de garant¨ªas en el juicio
La Sala Segunda del Tribunal Supremo celebr¨® ayer la vista en la que las defensas de Gabriel Urralburu y de Antonio Arag¨®n, ex presidente y ex consejero de Obras P¨²blicas del Gobierno de Navarra, defendieron sus recursos de casaci¨®n contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra de 1998 que les conden¨® a 11 y 7 a?os de c¨¢rcel, respectivamente por delitos de cohecho y contra la Hacienda P¨²blica. El letrado de Urralburu dijo que el juicio no tuvo suficientes garant¨ªas y el de Arag¨®n pidi¨® que se le apliquen atenuantes por su arrepentimiento. La fiscal recurri¨® la condena a tres a?os de prisi¨®n por encubrimiento impuesta a sus esposas y solicit¨® cuatro a?os por un delito de cooperaci¨®n necesaria. Los cuatro se encuentran en libertad provisional y no asistieron a la vista.
Dos a?os y cuatro meses despu¨¦s de que la Audiencia de Navarra condenara a Urralburu y Arag¨®n, ex dirigentes socialistas navarros, a sus esposas Olivia Balda y Ana Isabel Romeo; a Luis Rold¨¢n, ex director general de la Guardia Civil; y a Jorge Esparza, ex director comercial de Huarte; por delitos cometidos en el marco de la denominada trama navarra del caso Rold¨¢n el Supremo escuch¨® los argumentos de sus letrados contra la sentencia.
Comisi¨®n no solicitada
Javier Asiain, abogado de Urralburu, asegur¨® que el juicio celebrado en Pamplona no tuvo las garant¨ªas procesales necesarias. Destac¨® que la sentencia condenatoria se apoy¨® en unas comisiones rogatorias suizas que no hab¨ªan sido solicitadas por el juzgado instructor del caso y en unas fichas, en las que ven¨ªan detalladas las comisiones ilegales cobradas por su cliente, que, en su opini¨®n, se enviaron a Espa?a por un conducto irregular. El letrado dijo que la Audiencia de Navarra confundi¨® al Gobierno con su presidente y que en esa confusi¨®n estaba la base de la imputaci¨®n de cohecho que se hace a Urralburu. As¨ª, reiter¨® que ning¨²n testigo atribuy¨® a ¨¦ste su intervenci¨®n en la adjudicaci¨®n de obras y critic¨® que los peritos designados fueran funcionarios del Gobierno de Navarra, personado como acusaci¨®n particular.
Sobre los delitos contra la Hacienda Foral arguy¨® que no estaban tipificados hasta 1995 y record¨® que la figura de 'administrador de hecho' de la sociedad de la mujer de Urralburu que le atribuye el fallo, se introdujo en el C¨®digo Penal con posterioridad a los hechos. Adem¨¢s, defendi¨® el argumento de que no puede condenarse a su cliente por cohecho y tambi¨¦n por no declarar el dinero producto de la d¨¢diva. El Supremo ya dej¨® claro en la sentencia del caso Rold¨¢n que no existe incompatibilidad entre ambas condenas.
Juan Mar¨ªa Zuza, abogado de Arag¨®n, expuso argumentos similares y reclam¨® que se le apliquen atenuantes por su arrepentimiento y expreso reconocimiento del cobro de comisiones ilegales. La Audiencia de Navarra no las aplic¨® porque el ex consejero de Obras P¨²blicas confes¨® estos hechos al comienzo del juicio oral, lo que consider¨® 'extempor¨¢neo'.
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