El descanso por maternidad podr¨¢ disfrutarse a tiempo parcial
Los padres podr¨¢n turnarse para atender al reci¨¦n nacido
El descanso por maternidad podr¨¢ disfrutarse a tiempo parcial, salvo las seis primeras semanas de reposo obligado, y traducir as¨ª las 10 semanas restantes en 20 semanas a media jornada. As¨ª lo anunci¨® ayer el Gobierno, al tiempo que establec¨ªa que podr¨¢n acogerse a este r¨¦gimen tanto la madre como el padre, y establecer turnos de ma?ana y de tarde entre ellos para atender al reci¨¦n nacido. La medida, sin embargo, s¨®lo ser¨¢ aplicable si el trabajador llega a un acuerdo con su empresa.
El ministro de Trabajo, Juan Carlos Aparicio, destac¨® que esta medida, aprobada ayer por real decreto, 'trata de potenciar que las mujeres se incorporen al mercado de trabajo', de forma que la maternidad 'no suponga un obst¨¢culo para su promoci¨®n profesional'. ?sta es la primera aplicaci¨®n 'directa y pr¨¢ctica' del Plan Integral de Apoyo a la Familia, aprobado por el Gobierno la semana pasada.
La medida establece que se pueda compatibilizar el trabajo, en r¨¦gimen de jornada a tiempo parcial, con la prestaci¨®n por maternidad. As¨ª, la base reguladora de la prestaci¨®n se calcular¨¢ en relaci¨®n al tiempo de descanso.
El disfrute del permiso a tiempo parcial ser¨¢ incompatible con los permisos de lactancia, reducci¨®n de la jornada por guardia legal y excedencia por cuidados familiares.
Aparicio destac¨® que las familias que adopten o acojan de forma simult¨¢nea a m¨¢s de un menor disfrutar¨¢n del subsidio especial que antes s¨®lo iba destinado a las mujeres con partos m¨²ltiples. Y explic¨®: 'Estas familias merecen un igual trato, sobre todo porque est¨¢n teniendo una presencia cada vez mayor en la sociedad espa?ola'. Este subsidio ser¨¢ abonado en un solo pago cuando finalice el periodo de la decisi¨®n administrativa o judicial en caso de acogimiento, y de la resoluci¨®n judicial en el de adopci¨®n.
Tambi¨¦n se establece que el padre pueda percibir la prestaci¨®n de maternidad durante el permiso de descanso (a excepci¨®n de las seis primeras semanas) cuando la madre no re¨²na los requisitos de cotizaci¨®n m¨ªnima para disfrutar de ¨¦sta por llevar poco tiempo trabajando.
En los partos prematuros que requieran hospitalizaci¨®n, los padres podr¨¢n empezar a disfrutar de la prestaci¨®n por maternidad a partir del alta hospitalaria de los beb¨¦s.
Las trabajadoras aut¨®nomas y las empleadas de hogar tambi¨¦n podr¨¢n percibir la prestaci¨®n por riesgo durante el embarazo siempre que hayan pagado sus cuotas a la Seguridad Social.
El ministro de Trabajo se?al¨® que esta medida tambi¨¦n 'corrige una ineficiencia' y recoge como situaci¨®n asimilada al alta los periodos de excedencia para atender al cuidado de un familiar. As¨ª, Aparicio explic¨®: 'Las mujeres que tengan un hijo en el tiempo que hayan pedido una excedencia para encargarse de una persona mayor o dependiente podr¨¢n percibir la prestaci¨®n por maternidad que antes no recib¨ªan'.

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