El Supremo rebaja la pena nueve a?os a un hombre que abus¨® siete a?os de su hija por no emplear la violencia
El Tribunal Supremo ha rebajado de 17 a 8 a?os de c¨¢rcel la condena a un polic¨ªa local de Castell¨®n que abus¨® sexualmente de su hija durante siete a?os, desde que la ni?a contaba 8 o 9 a?os hasta que tuvo 15 a?os, al no considerar demostrado que el hombre emplease la violencia para forzar a la menor. La Audiencia de Castell¨®n conden¨® en marzo de 2002 a Ricardo Eugenio S. F. a dos a?os de prisi¨®n por un delito continuado de abusos sexuales y a otros 15 a?os por un delito continuado de agresi¨®n sexual mediante violencia, ya que estim¨® probado que el hombre sujetaba fuertemente los brazos a su hija para lograr penetrarla vaginalmente, lo que hizo en varias ocasiones a partir de que la ni?a cumpli¨® 14 a?os. Previamente, desde que ten¨ªa 8 o 9 a?os, la hab¨ªa sometido a tocamientos.
El Supremo estima parcialmente el recurso del acusado al considerar que no hay pruebas fehacientes de que emplease violencia con la menor, ya que ella misma declar¨® que no lleg¨® a pegarle ni a agredirla f¨ªsicamente durante los abusos. El novio de la chica s¨ª mencion¨® en sus declaraciones que la joven le dijo que su padre "la cog¨ªa de los brazos fuerte hasta que ella ced¨ªa".
Para el Supremo, la sujeci¨®n por los brazos fue "consecuencia de la propia din¨¢mica comisiva del autor, agarrando a la menor cuando la penetraba, venciendo su oposici¨®n no con violencia ni intimidaci¨®n, sino mediante consideraciones relativas a su ascendencia paterna, constituyendo el suceso un abuso sexual incestuoso, de naturaleza continuada". Tambi¨¦n rechaza el Supremo que pueda concluirse que hubo violencia porque, al ser el padre el agresor, ese hecho implicaba ya una intimidaci¨®n. La sala argumenta que para condenar por agresi¨®n sexual debe producirse realmente violencia, lo que no ocurri¨® en este caso. Por ello, rebaja la condena por el delito de abuso sexual continuado con penetraci¨®n a seis a?os de c¨¢rcel (el m¨¢ximo permitido por la ley), ya que no medi¨® violencia, y mantiene los dos a?os por los abusos, consistentes en tocamientos, a que someti¨® a la ni?a entre los 8 y los 14 a?os.
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