La Iglesia despidi¨® a dos profesores en Tenerife por no darle el 0,6% de su sueldo
Cinco nuevas sentencias critican la actuaci¨®n de los obispos con los docentes de religi¨®n
La Federaci¨®n de Profesores de Ense?anza Religiosa (FEPER) denunci¨®, en septiembre de 2001, que tales donativos se hab¨ªan vuelto "obligatorios" y que en muchos casos el docente que no atendiese a las peticiones episcopales corr¨ªa el riesgo de ser despedido al curso siguiente. La Iglesia rechaz¨® la denuncia con estr¨¦pito. Algunos obispos negaron que existiera tal pr¨¢ctica en su di¨®cesis, y otros, el que fuera de obligatorio cumplimiento. "El donativo es voluntario", proclam¨® entonces el Obispado de Getafe, en Madrid, uno de los aludidos. En cambio, docentes de numerosas provincias confesaron sufrir la situaci¨®n y que entregaban cada mes el 0,6% de su salario, incluso el 1% en algunas di¨®cesis.
En el caso del Obispado de Tenerife, su delegado de Ense?anza, Jos¨¦ Herm¨®genes Mart¨ªn, record¨® a sus morosos mediante una circular que lo mejor, para evitar olvidos e incomodidades, era dar la orden a su banco "para que haga una transferencia peri¨®dica". "Haz el c¨¢lculo sobre tu sueldo: hemos convenido que sea el 0,6%", dec¨ªa el oficio eclesi¨¢stico.
En dos sentencias, la magistrada Mar¨ªa del Carmen Garc¨ªa Marrero, del Juzgado de lo Social n¨²mero 4 de Tenerife, declara probado que el desalojo de sus empleos de los profesores Santiago L¨®pez Ayala y Antonio ?ngel Acosta C¨¢ceres, que se negaron a pagar ese "impuesto o aportaci¨®n econ¨®mica a la Delegaci¨®n Diocesana de Ense?anza", tuvo que ver con esa situaci¨®n de morosos y con el hecho de pertenecer a la Asociaci¨®n de Profesores de Religi¨®n y Moral Cat¨®lica (Apreuca).
L¨®pez Ayala y Acosta C¨¢ceres llevaban varios a?os en sus puestos de trabajo como docentes de religi¨®n a propuesta del obispado local, pero ¨¦ste los elimin¨® de su lista de profesores para el curso 2002-2003 en un oficio por el que el representante del prelado comunicaba a la autoridad educativa la relaci¨®n de docentes a contratar para el citado curso y qui¨¦nes hab¨ªan perdido su car¨¢cter de "id¨®neos". Las sentencias recogen como hecho probado que el obispado justific¨® la marginaci¨®n de los citados en que no reun¨ªan "los requisitos de idoneidad", pero subraya que el obispado no daba "m¨¢s explicaciones".
Despu¨¦s de aceptar el criterio de que la Iglesia puede prescindir cada a?o de esos profesores de Religi¨®n con un simple oficio a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n -por ser la suya una relaci¨®n de car¨¢cter especial a causa del convenio internacional entre Espa?a y el Estado de la Santa Sede-, la juez advierte de que, sin embargo, esos docentes gozan de los mismos derechos fundamentales que el resto de los espa?oles, entre ellos el de asociaci¨®n. Tambi¨¦n reprocha al obispado que no intentase demostrar la "no idoneidad" de los despedidos con motivos como "una indisciplina, la p¨¦rdida de la fe o una actitud inconveniente", concluyendo que la p¨¦rdida del empleo se debi¨® a sus actividades sindicales y a no acceder a dar el 0,6% de su sueldo.
A pesar de que la juez se?ala al obispado como responsable de lo sucedido, la sentencia, al declarar nulo el despido, condena s¨®lo a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n del Gobierno canario a que readmita a los docentes "inmediatamente y en id¨¦nticas condiciones que reg¨ªan antes de producirse el despido", con abono de los salarios dejados de percibir.
La misma juez propin¨® el pasado 23 de abril otro varapalo judicial a la Iglesia y el Gobierno canario, esta vez por despedir al profesor Francisco Javier Ruiz Tintore, legalmente "liberado para el ejercicio de actividades sindicales de la Asociaci¨®n Nacional de Profesionales de la Ense?anza" y convenientemente sustituido por otro docente. La juez declar¨® probado que la decisi¨®n episcopal de despedirlo al a?o siguiente por p¨¦rdida de su "idoneidad para ense?ar religi¨®n" atent¨® contra un derecho fundamental -el de participar en unas elecciones sindicales-.
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