Final de la excedencia
Al t¨¦rmino de la excedencia, el trabajador tiene derecho a la reincorporaci¨®n, pero puede resultar complicada pues en ocasiones la empresa se va a hacer la remolona a la hora de readmitir al trabajador. Es necesario, sin embargo, diferenciar las situaciones seg¨²n las causas que dieron lugar a la excedencia. En la excedencia forzosa, el trabajador tendr¨¢ derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Igualmente suceder¨¢ en el caso de excedencia para el cuidado de familiares durante el primer a?o de la misma.
En ambos supuestos, la empresa no podr¨¢ cubrir de forma definitiva el puesto de trabajo en cuesti¨®n. Podr¨¢ sustituir al trabajador en virtud de un contrato de interinidad, teniendo derecho el trabajador a la reincorporaci¨®n inmediata al extinguirse la causa que dio lugar a la situaci¨®n de excedencia. En la excedencia por cuidado de familiares, fuera del primer a?o, el trabajador tendr¨¢ derecho a reincorporarse en un puesto de trabajo de su misma categor¨ªa.
Cuesti¨®n distinta es el reingreso en los supuestos de excedencia voluntaria. En estos casos, el trabajador s¨®lo tiene derecho al reingreso preferente en las vacantes de igual o similar categor¨ªa o asimilables a la misma que hubiera o se produjeran. Estar¨¢ obligado a aceptar el puesto que se le ofrezca, que re¨²na esas caracter¨ªsticas, consider¨¢ndose una negativa como resoluci¨®n del contrato.
El trabajador, por tanto, deber¨¢ solicitar el reingreso y esperar a que tal vacante se produzca. Si la empresa no contestase o negase el reingreso aduciendo falta de vacantes, y el trabajador tuviese conocimiento de que se han producido contrataciones en puesto de trabajo de categor¨ªa similar al suyo, deber¨¢ instar la acci¨®n de reingreso. Para ello tiene un plazo de un a?o desde que tuvo conocimiento de la cobertura de tales vacantes. Podr¨¢ igualmente reclamar el abono de una indemnizaci¨®n por los da?os y perjuicios producidos por el retraso en la reincorporaci¨®n, normalmente los salarios dejados de percibir desde el momento en que se produjo la vacante que le debi¨® ser ofertada.
S¨®lo en el caso de que la empresa niegue rotundamente la existencia de una relaci¨®n laboral con el trabajador excedente, deber¨¢ el trabajador ejercitar la acci¨®n de despido.
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