El Supremo reactiva la OPA porque lo ha pedido la el¨¦ctrica, aunque pueda perjudicar a los consumidores
El Tribunal Supremo notific¨® ayer el auto por el que levanta la suspensi¨®n cautelar de la oferta p¨²blica de adquisici¨®n (OPA) de Gas Natural sobre Endesa y, con ella, la de E.ON. El Tribunal, que tom¨® la decisi¨®n por 16 votos contra 15, basa su argumentaci¨®n en que lo pide Endesa, la te¨®rica beneficiaria de la medida cautelar, "y las partes enfrentadas coinciden en manifestar su conformidad con esa petici¨®n (por m¨¢s que lo hayan hecho por razones o v¨ªas argumentales diferentes)". Ser¨ªa "jur¨ªdicamente inviable mantener la medida en contra del parecer de todos los interesados en el proceso".
La sala de lo contencioso-administrativo levanta as¨ª la suspensi¨®n del acuerdo del Consejo de Ministros que autorizaba la OPA, previamente decretada por ella misma, con independencia de que aquella suspensi¨®n se dict¨® alegando el inter¨¦s general de los consumidores. Aunque entonces el Supremo consider¨® que ese inter¨¦s deb¨ªa prevalecer sobre el de los accionistas, ahora se considera que no debe tenerse en cuenta si Endesa pide que se levante la suspensi¨®n y las dem¨¢s partes est¨¢n de acuerdo.
El voto particular de los magistrados que quedaron en minor¨ªa, sin embargo, sostiene que "si la parte actora, que ha solicitado la adopci¨®n de la medida cautelar, pide su levantamiento posterior, hay que pensar que est¨¢ utilizando el proceso con fines espurios".
El Supremo, con todo, niega la raz¨®n a Endesa en sus argumentos. La el¨¦ctrica sosten¨ªa que la OPA de E.ON es imbatible por Gas Natural y que eso permit¨ªa levantar la suspensi¨®n sin que el inter¨¦s de la protecci¨®n de los consumidores y usuarios se vea perturbado. Pero el Supremo replica que "est¨¢ basando toda su construcci¨®n argumental m¨¢s en hip¨®tesis y conjeturas que en hechos ciertos y acreditados", y que "no puede darse como hecho cierto que la inicial situaci¨®n de ventaja vaya a consolidarse hasta el punto de que pueda adelantarse que es imposible o altamente improbable que la de Gas Natural triunfe".
"No debe ser tan claro para la propia Endesa que la oferta de Gas Natural est¨¢ de antemano condenada al fracaso, pues si as¨ª fuera lo l¨®gico ser¨ªa que desistiera del pleito", a?ade el Supremo en su auto.
Los magistrados deniegan el alzamiento de la cauci¨®n de 1.000 millones acordada el 28 de abril de 2006, y tampoco atienden a la petici¨®n de la el¨¦ctrica de modificar las medidas cautelares por la suspensi¨®n de los derechos pol¨ªticos de las acciones que pudiera adquirir Gas Natural en caso de ¨¦xito de su oferta.
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