Los 130 due?os del tesoro de Odyssey
El Archivo de Indias demuestra que el oro y la plata de 'La Mercedes' era la fortuna personal de mercaderes espa?oles - Sus descendientes podr¨ªan reclamar la carga
Miles de descendientes de los propietarios de la carga de oro y plata que se hundi¨® con la fragata La Mercedes podr¨ªan reclamar sus derechos sobre este tesoro, hallado por la empresa estadounidense Odyssey Marine Exploration en mayo de 2007.
Documentos depositados en el Archivo de Indias (Sevilla), a los que ha tenido acceso EL PA?S, prueban que gran parte de la carga (697.621 pesos) del barco pertenec¨ªa a unos 130 mercaderes espa?oles. El resto (253.606 pesos) era dinero de la Corona.
Parte del dinero que se perdi¨® en el naufragio pertenec¨ªa a la Corona
Si el juez da la raz¨®n a Espa?a, los herederos podr¨ªan ir a los tribunales
Per¨², pa¨ªs del que se extrajo el metal de las monedas, demanda su parte
La lista de los 130 propietarios da un vuelco al caso que mantiene enfrentados a Odyssey y al Gobierno espa?ol desde hace m¨¢s de un a?o porque multiplica el n¨²mero de posibles reclamantes. Los descendientes directos de aquellos mercaderes se podr¨ªan unir as¨ª como reclamantes al Estado espa?ol, que asegura haber sufrido un expolio de una fragata de guerra espa?ola, a Odyssey, que encontr¨® el tesoro; y a Per¨², que alega que el oro y la plata salieron de sus minas. El juez Mark Pizzo, que lleva el caso en Tampa (Florida), tendr¨¢ que decidir en los pr¨®ximos meses qu¨¦ derechos prevalecen.
La fascinante historia de La Mercedes se encuentra en varias fuentes bibliogr¨¢ficas. El capit¨¢n de nav¨ªo de la Armada Espa?ola, Ces¨¢reo Fern¨¢ndez Duro (1830-1908), narr¨® el suceso a partir de los diarios de a bordo. El barco sale de El Ferrol en 1802 hacia las Indias con la orden dispuesta por el ministro de Marina, Domingo de Grandallana, de traer los caudales de la Real Hacienda que hubiese en Am¨¦rica. El barco est¨¢ en Lima en marzo de 1804. Los legajos Lima 648, Lima 1440 y Lima 1535, todos ellos en el Archivo de Indias, dan cuenta exacta de la carga que fue registrada en el buque destinada a "Su Majestad el Rey", por entonces Carlos IV. Exactamente 253.606 pesos en distintas monedas de plata y oro y para distintos fines; "mesadas eclesi¨¢sticas", "pr¨¦stamo patri¨®tico", "por donativo para la pasada guerra" y "a disposici¨®n del Exmo. Ministro de Hacienda".
La otra parte que se transporta en el barco pertenece a "los particulares", seg¨²n aparece en los registros de aduana. Son 187 p¨¢ginas del legajo Lima 648, donde se documenta c¨®mo durante marzo de 1804 los mercaderes depositan su fortuna personal y otros enseres. Todos los documentos, escritos en letra de imprenta, empiezan igual y van firmados por el maestre del barco, Vicente Antonio Amurrieta: "S¨ªrvase V. mandar se forme partida de Registro a D. Juan Gonz¨¢lez para cargar en la fragata de S.M. nombrada Mercedes, de la que soy Maestre, y se halla pr¨®xima a regresar al Puerto de C¨¢diz, con registro de Oro, Plata y Frutos de las especies siguientes". Id¨¦ntico registro, con otros nombres, aparece en cada una de las 187 p¨¢ginas. Algunos de los mercaderes depositan oro y plata en m¨¢s de una ocasi¨®n. Unos meten cantidades de 200 pesos, otros de 7.000. Los caudales pasan a estar en algunos casos bajo la custodia de algunos miembros de la tripulaci¨®n. Los documentos tambi¨¦n incluyen los nombres de los destinatarios que tendr¨ªan que recibir el dinero en C¨¢diz. As¨ª se va configurando la lista hasta alcanzar la cifra de 130 mercaderes y 697.014 pesos, adem¨¢s de otros art¨ªculos ("Cueros de leones y lobos marinos, pieles de guanaco, perfumes, docenas de chinchilla..."). La lista elaborada por EL PA?S a partir de esos documentos ha de considerarse incompleta, pues en ellas no aparecen, por ejemplo, las cantidades que llevaban algunos militares y otros miembros de la tripulaci¨®n.
La Mercedes parte meses despu¨¦s con algunos de esos mercaderes a bordo. Le acompa?an otras fragatas de guerra (La Clara, La Medea y La Fama) y un grupo de cuatro fragatas de comercio (El Castor, La Joaquina, El Astigarraga, La Dos Amigas). Comanda la flota don Jos¨¦ de Bustamante y Guerra, un marino con mucha mar. El 5 de octubre de 1804, a las ocho de la ma?ana y cuando la escuadra est¨¢ muy cerca de C¨¢diz, frente al cabo de Santa Mar¨ªa, La Clara hace se?al de cuatro velas indicando al resto de la flota la aparici¨®n de fragatas inglesas en el mismo rumbo.
Espa?a est¨¢ en paz con Inglaterra pero, aun as¨ª, la flota del comodoro Graham Moore ataca a los espa?oles. La Mercedes salt¨® en pedazos a los pocos minutos de combate y el mar se trag¨® el oro, la plata y las 249 personas que viajaban en el buque. Espa?a declar¨® la guerra al Reino Unido el 14 de diciembre de 1804 con motivo de este suceso, que se considera la antesala de la batalla de Trafalgar que tuvo lugar el a?o siguiente.
Dos siglos despu¨¦s, una empresa estadounidense llamada Odyssey Marine Exploration, especializada en la b¨²squeda de pecios submarinos, anuncia el hallazgo de un tesoro de 500.000 monedas de oro y plata, con un peso de 17 toneladas. Desde el primer momento, Espa?a sospech¨® que se trataba de La Mercedes y Odyssey confirm¨® recientemente que ¨¦sta es la hip¨®tesis m¨¢s probable, aunque asegura que a¨²n no hay pruebas suficientes para determinar la identidad del barco. Si los descendientes de aquellos mercaderes pueden reclamar o no es algo que tendr¨¢n que decidir el juez. Odyssey y Espa?a defienden dos posturas opuestas. La empresa considera que los descendientes tienen derecho a reclamar, aunque se reserva una recompensa de entre el 80% y el 90% del valor actual de la carga por haber rescatado el tesoro. Espa?a sostiene que La Mercedes era un buque de guerra, patrimonio exclusivo del Estado y, por tanto, expoliado por Odyssey.
Si el juez determina que Espa?a tiene raz¨®n, que el tesoro pertenece a La Mercedes, y que el Estado es soberano, entonces los descendientes tendr¨ªan que reclamar ante los tribunales espa?oles y sus demandas tendr¨ªan que sustentarse en leyes que jam¨¢s plantearon la posibilidad de que los herederos hiciesen valer sus derechos sobre algo perdido 200 a?os antes en el fondo del mar. El abogado que defiende los intereses de Espa?a en Estados Unidos declar¨® el pasado mayo que ese hundimiento "fue un acontecimiento en la historia mundial y en la de Espa?a equivalente a lo que sucedi¨® en la batalla de Pearl Harbor", que precipit¨® la participaci¨®n activa de Estados Unidos en la II Guerra Mundial.
Todos los ojos se vuelven ahora hacia el juez Pizzo, que tendr¨¢ que pronunciarse a finales de este a?o sobre qui¨¦n es el due?o de las 500.000 monedas de plata y oro. Si puede, ya que en sus manos tiene un proceso enrevesado, plagado de lagunas legales, que podr¨ªa prolongarse durante a?os.
Lista de los propietarios
En marzo de 1804 unos 130 mercaderes espa?oles cargaron las fortunas que hab¨ªan hecho en las Indias en la fragata La Mercedes. El barco sali¨® de Lima meses m¨¢s tarde con destino a C¨¢diz y se hundi¨® frente a las costas del Algarve tras un combate naval con los ingleses. Documentos del Archivo de Indias, en Sevilla, prueban que parte de la carga era de la Corona, 253.606 pesos en monedas de plata y oro. El resto, 697.621 pesos, pertenec¨ªa a los mercaderes. Sus descendientes podr¨ªan reclamar hoy esos caudales. En los registros aparecen los nombres y las cantidades cargadas. ?sta es la lista provisional de propietarios: Jacinto de Aguerro. ?ngel Tom¨¢s de Alfonso. Luis Albo. Sebasti¨¢n Aliaga. Manuel AltimaAntonio ?lvarez de Villar. Diego de AlvearSilvestre de Amen¨¢bar. Mart¨ªn de Aramburu. Domingo de Aresmendi. D¨¢maso de Arias. Manuel Arredondo. Manuel de Arrieta. Jos¨¦ Antonio Balanda. Juan Baptista de G¨¢rate. Antonio Baras. Juan Bautista de Biana. Nicol¨¢s Bezanilla. Joaqu¨ªn Blanco. Felipe Bosch. Agustina Bustillo Concha. Ram¨®n Caballero. Jos¨¦ Calvo Izquierdo. Joaqu¨ªn Camilo. Faustino del Campo. Santiago Campos. Domingo de Cardas. Salvador Mar¨ªa de C¨¢rdenas. Juan Miguel de Castaneda.Luis de Castillo y Bustamante. Jos¨¦ Leandro Cendefa. Antonio Chac¨®n. Lorenzo Jos¨¦ Ch¨¢vez. Benito Christi. Juan Antonio Comparet. Francisco Concha. Agust¨ªn de Caldas. Bernardino de Egu¨ªa. Antonio de Elizalde. Jos¨¦ de Erausquin. Jos¨¦ Antonio Errea. Juan Bautista de Errea. Pedro Espinosa. Juan Francisco Ezpelos¨ªn. Pedro Fern¨¢ndez de Navarrete. Francisco Fern¨¢ndez. Gabino Gainza. Miguel de G¨¢rate. Gabriel Garc¨ªa de la Plaza. Miguel de Garc¨ªa Rasillo. Jos¨¦ de Goicoa. Juan Gonz¨¢lez. Manuel Gonz¨¢lez. Francisco Antonio Goytisolo. Juan Garc¨ªa de Ponte. Sebasti¨¢n Grana. Mart¨ªn Guirasola. Jos¨¦ Guti¨¦rrez Vegarbar¨ªn. Manuel de Henos. Juan Hern¨¢ndez. Diego Antonio de la Casa. Francisco de la Fuente y Loayza. Melchor de la Fuente. Domingo Antonio de la Yntiesta. Juan Miguel Lazcuna. Antonio Lama. Domingo Landazuri. Mat¨ªas Larreta. Jos¨¦ Lasarte. Sim¨®n de Lavalle. Juana de Lions. Carlos Lis¨®n. Manuel Luciano L¨®pez. Lorenzo de Machiranda. Juan Antonio Macho. Joaqu¨ªn Mansilla. Manuel Mar¨ªa del Valle. Antonio Mat¨ªas de Elizalde. Vicente Antonio Murrieta. Juan Antonio Mayo. Rafael Francisco Men¨¦ndez. Francisco Miango Lasina. Jos¨¦ Francisco Miranda. Pedro Moreno Altuzarra. Francisco Moreno y Herrera. Jos¨¦ Pablo Morera. Antonio de Olano. Tom¨¢s Ortiz de Zevallos. Jos¨¦ de Ostolaza. Fernando de Oyos. Tom¨¢s Parrizo y Toronda. Antonio P¨¦rez de Cortiguera. Agust¨ªn Querefazu. Domingo Ram¨ªrez. Sim¨®n Ravago. Andr¨¦s Rebonedo. Gaspar Rico. Lorenzo Robledo. Mat¨ªas Rodr¨ªguez. Jos¨¦ Rom¨¢n de Ydiaquez. Manuel de Rozas y Zorrilla. Hip¨®lito Ruiz. Francisco Sagasi. Andr¨¦s de Salazar. Mar¨ªa Josefa de San Javier. Francisco S¨¢nchez Lamizo. Jos¨¦ Sancho D¨¢vila. Ignacio Santiago y Rotalde. Antonio Sanz de Tejeda. Se?ores Sanz Ysasi y Escribano. Jos¨¦ Antonio de Sarri¨¢. Pablo de Saursiaga. Francisco Javier de Trau. Tom¨¢s de Ugarte. Domingo de Urquijo. Francisco V¨¢zquez de Ucieda. Francisco V¨¢zquez de Vereda. ?ngel Vidal. Pedro Villa Campa. Francisco Javier de Ynda. Francisco Javier de Yrue. Jos¨¦ Hermenegildo Ysasi. Domingo de Zepeda. Francisco Mar¨ªa Zuloaga. Jos¨¦ de Zaldivar. Sr. Conde de Premio-Real. Marqu¨¦s de Zelada de la Fuente. Marquesa de Medina.
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