El juez acude a Interpol para saber si Spanair incumpli¨® normas
La propietaria, Boeing y Fomento deben responder sobre las directivas de aeronavegabilidad y alertas dadas por el fabricante
De los cientos de p¨¢ginas que nutren los siete tomos del sumario del avi¨®n siniestrado el pasado 20 de agosto en Madrid, al que este diario ha tenido acceso, s¨®lo tres folios dan pistas sobre hacia d¨®nde se dirige la acci¨®n del juez. En concreto, la providencia que dict¨® el pasado 17 de septiembre para recabar una bater¨ªa de pruebas, algunas a trav¨¦s de Interpol, para verificar si se incumpli¨® alguna norma de aeronavegabilidad, directiva o alerta. El escrito del juez ilustra sus principales l¨ªneas de sospecha. Y tiene mayor trascendencia al haberlas requerido tras haber sido informado por la Comisi¨®n de Investigaci¨®n de Accidentes e Incidentes de Aviaci¨®n Civil (CIAIAC) del borrador de informe preliminar sobre el suceso, cuyo gui¨®n parece seguir.
El juez, en primer lugar, reclama el historial del avi¨®n siniestrado. Por ello, ha exigido a Boeing (como responsable de su fabricaci¨®n), a Spanair (la propietaria) y a la Direcci¨®n General de Aviaci¨®n Civil del Ministerio de Fomento los siguientes datos del aparato: "fecha de construcci¨®n, compa?¨ªa que lo construy¨®, y empresa que realiz¨® el pedido". Pero mayor trascendencia tiene los datos sobre cumplimiento de las directivas de aeronavegabilidad y servicios de alerta de la constructora que reclama. En este punto, el juez insta a "la compa?¨ªa estadounidense Boeing (adquiriente de McDonnell Douglas, fabricante del avi¨®n siniestrado) al objeto de que informe y certifique sobre los servicios de alerta emitidos respecto al modelo siniestrado (MD-82) y en particular, si existiere, respecto del avi¨®n objeto del accidente MD-82 en el vuelo JK5022". A Fomento le solicita que "informe y certifique sobre la constancia del cumplimiento por Spanair de los servicios de alerta emitidos por Boeing" tanto en general como sobre el avi¨®n siniestrado. Otro tanto le formula a Spanair: que informe de manera clara y pormenorizada sobre la fecha de recepci¨®n de las alertas, la persona encargada de su cumplimiento, constancia documental, fecha en que se realiz¨®, etc¨¦tera.
Y, v¨ªa Interpol, el juez reclama que la Administraci¨®n Federal de Aviaci¨®n de Estados Unidos y la Agencia Europea de Seguridad Europea le informen y certifiquen sobre las directivas emitidas sobre el modelo MD-82. Igualmente, ha exigido a Fomento que le certifique el cumplimiento por Spanair de las mencionadas directivas de las autoridades aeron¨¢uticas de Estados Unidos.
Y otro tanto pide que haga Spanair. Con todo ello, el juez parece querer esclarecer el punto clave de la tragedia denunciado en el informe preliminar de la comisi¨®n de investigaci¨®n de accidentes a¨¦reos: "De acuerdo con el manual de operaciones de la compa?¨ªa, el sistema de alerta (TOWS) -que detecta problemas para el despegue- se comprueba antes del primer vuelo del d¨ªa. Seg¨²n esto, la tripulaci¨®n del JK5022 realizar¨ªa la comprobaci¨®n del TOWS al recibir ese d¨ªa el avi¨®n en Barcelona, pero ya no volver¨ªa a repetirla en Madrid". Y a?ade: "La comprobaci¨®n del sistema previa al vuelo podr¨ªa haber detectado un posible fallo". Y eso, pese a que despu¨¦s de un accidente similar en Detroit en 1987 Boeing recomend¨® a las aerol¨ªneas que tuviesen un MD que "la comprobaci¨®n del TOWS se realizase antes de cada vuelo".
Por eso la CIAIAC pide de forma urgente a EE UU y la UE que adopten esa medida "de forma obligatoria".
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