Bruselas demanda a Espa?a por no aplicar la misma fiscalidad a los fondos de pensiones
La Comisi¨®n Europea, que expedient¨® a Espa?a por este concepto hace un a?o, considera que vulnera la libre circulaci¨®n
La Comisi¨®n Europea ha decidido denunciar a Espa?a ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea porque las aportaciones a los fondos de pensiones que no son espa?oles no generan el derecho a las deducciones fiscales concedidas a los fondos nacionales. Bruselas da as¨ª el paso siguiente a la advertencia efectuada en febrero de 2003, cuando abri¨® un expediente a Espa?a por este concepto.
"Aunque Espa?a ha admitido en la correspondencia anterior que su legislaci¨®n es incompatible con la legislaci¨®n comunitaria, no tiene previsto modificarla hasta la fecha de aplicaci¨®n de la directiva sobre fondos de pensiones, es decir, hasta el 23 de septiembre de 2005", recuerda la nota. La Comisi¨®n considera que "este calendario no es aceptable" y por ello ha decidido denunciar a Espa?a ante el Tribunal europeo de Justicia.
Bruselas ya abri¨® un procedimiento de infracci¨®n a Espa?a por aplicar normas discriminatorias contra los fondos de pensiones extranjeros en febrero de 2003. La Comisi¨®n se limit¨® entonces a pedir informaci¨®n a las autoridades espa?olas sobre los detalles de la legislaci¨®n que aplica a los fondos. Ahora pide que act¨²e el Tribunal.
Modificaciones en curso
Tras hacerse p¨²blica la denuncia, el Ministerio de Econom¨ªa ha asegurado que est¨¢ trabajando en la modificaci¨®n de la legislaci¨®n para que el tratamiento fiscal de los fondos de pensiones nacionales y extranjeros sea el mismo antes de finales de a?o, o en los primeros meses del 2005. Existe, seg¨²n el departamento dirigido por Pedro Solbes, un grupo de trabajo cuyo cometido es elaborar un borrador de la Directiva de Fondos de Pensiones Transfronterizos en la que se incluye la equiparaci¨®n del tratamiento fiscal para los fondos de pensiones, independientemente de su origen.
El tratamiento preferencial de los fondos de pensiones nacionales es incompatible, dice Bruselas, con la libre prestaci¨®n de servicios y la libre circulaci¨®n de trabajadores y capitales. La acci¨®n de la Comisi¨®n se ajusta a su pol¨ªtica de aplicar las normas del Tratado directamente en los casos de discriminaci¨®n fiscal contra los fondos de pensiones basados en otros Estados miembros.
El no permitir a los trabajadores que se desplazan una desgravaci¨®n fiscal por las contribuciones a las pensiones abonadas a su sistema original restringe su derecho de libre circulaci¨®n. Del mismo modo, la discriminaci¨®n fiscal impide a los fondos de pensiones hacer uso de su libertad de prestar servicios. Por ¨²ltimo, seg¨²n ha insistido la Comisi¨®n en diferentes ocasiones, la discriminaci¨®n fiscal impide a las empresas con sedes en distintos Estados miembros centralizar sus acuerdos relativos a las pensiones laborales en un ¨²nico sistema para todos sus empleados en la Uni¨®n. Esta centralizaci¨®n permitir¨ªa a las empresas realizar considerables econom¨ªas de escala y reducir de manera significativa los gastos administrativos.
La Comisi¨®n Europea propuso en octubre del a?o 2000 la creaci¨®n de un fondo de pensiones de car¨¢cter comunitario para facilitar, entre otras cosas, la movilidad de los trabajadores. El Ecofin y el Parlamento Europeo dieron su visto bueno dos a?os despu¨¦s a la directiva que regula estos activos, considerada como una de las piezas clave para la integraci¨®n del mercado europeo de los servicios financieros en 2005.
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