El Tribunal de la UE permite a La Caixa remunerar sus cuentas en Francia
El Tribunal de Justicia europeo rechaza la legislaci¨®n francesa que prohibi¨® a CaixaBank France comercializar cuentas corrientes remuneradas
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea ha rechazado la ley francesa que prohibi¨® a una filial de La Caixa comercializar cuentas corrientes remuneradas con un inter¨¦s del 2% anual, producto que no existe en Francia, por entender que supone una discriminaci¨®n para las entidades bancarias de otros Estados miembros. La entidad espa?ola gana as¨ª el recurso presentado contra la decisi¨®n de la Comisi¨®n Bancaria francesa, organismo dependiente del Banco de Francia.
Los jueces europeos estiman que la prohibici¨®n "constituye para las sociedades de otros pa¨ªses de la UE un obst¨¢culo importante para el ejercicio de sus actividades" y que afecta a su acceso al mercado, inform¨® el Tribunal en un comunicado. Para el Tribunal, "constituye una restricci¨®n, ya que obstaculiza la captaci¨®n de fondos del p¨²blico por parte de las filiales de sociedades extranjeras, al privarles de la posibilidad de competir de forma m¨¢s eficaz con las entidades tradicionalmente implantadas en Francia, que disponen de mayores facilidades".
Aunque el gobierno franc¨¦s argument¨® que la medida estaba destinada a la protecci¨®n de los consumidores y el fomento del ahorro a medio y largo plazo, los jueces europeos consideran que la prohibici¨®n de remunerar las cuentas corrientes "va m¨¢s all¨¢ de lo necesario para alcanzar esos objetivos".
En abril de 2002, la Comisi¨®n Bancaria orden¨® a CaixaBank no abrir m¨¢s cuentas remuneradas y le dio dos meses para cerrar las abiertas en el programa lanzado un mes antes pidi¨¦ndole que "respetara la prohibici¨®n de remuneraci¨®n de las cuentas a vista" a particulares y profesionales "prevista por la legislaci¨®n francesa", ya que es costumbre en el sistema bancario franc¨¦s no remunerar los dep¨®sitos a la vista ni cobrar por los cheques.
CaixaBank recurri¨® al Consejo de Estado contra la decisi¨®n de la Comisi¨®n Bancaria con el argumento de que la normativa europea debe primar sobre la nacional. El producto fijaba una remuneraci¨®n del 2% sobre los dep¨®sitos a la vista, respetaba la tradici¨®n de cheques gratuitos y exig¨ªa un m¨ªnimo de 1.500 euros en cuenta. La ¨²nica diferencia entre la cuenta corriente remunerada para particulares y para profesionales es que la primera ten¨ªa unos gastos de mantenimiento de 12 euros por trimestre y la segunda de 24 euros. Adem¨¢s, fue lanzado el 18 de febrero de 2002, d¨ªa en que el franco qued¨® fuera de circulaci¨®n y fue sustituido por el euro.
Los responsables de CaixaBank consideran que la decisi¨®n de su entidad va "en la l¨®gica del euro" y en la necesidad de "dar uniformidad a las reglas monetarias europeas", tras la entrada en vigor de la moneda ¨²nica. Basaron adem¨¢s el recurso en el art¨ªculo 43 del Tratado de Roma, que proh¨ªbe las restricciones al establecimiento de personas y empresas en cualquier pa¨ªs comunitario.
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