Los contribuyentes podr¨¢n confirmar desde ma?ana el borrador del IRPF enviado por Hacienda
La Agencia Tributaria ha recibido ya 7.366.000 solicitudes
Los contribuyentes podr¨¢n confirmar o modificar desde ma?ana el borrador del IRPF que les haya enviado la Agencia Tributaria, y que puede solicitarse hasta el pr¨®ximo 20 de junio. La Agencia Tributaria ha recibido ya 7.366.000 solicitudes de borrados y/o datos fiscales para este a?o a trav¨¦s de la declaraci¨®n del IRPF presentada en 2004 y en la que se inclu¨ªa una casilla para pedirlo, por lo que quienes lo marcaran no tienen que volver a solicitarlo.
Adem¨¢s, la solicitud del borrador del IRPF puede realizarse entregando en cualquier delegaci¨®n o administraci¨®n de la Agencia Tributaria los modelos 104 y 105 del IRPF, o bien a trav¨¦s de Internet (www.aeat.es) o por v¨ªa telef¨®nica.
La Agencia Tributaria comenz¨® a enviar borradores el 20 de marzo a los contribuyentes que lo solicitaron y que cumplen los siguientes requisitos: obtienen rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo; rendimientos del capital mobiliario sujetos a retenci¨®n o ingreso a cuenta, as¨ª como los derivados de Letras del Tesoro; imputaci¨®n de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como m¨¢ximo, de dos inmuebles; y ganancias patrimoniales sometidas a retenci¨®n o ingreso a cuenta, as¨ª como las subvenciones para la adquisici¨®n de vivienda habitual.
No obstante, no podr¨¢n solicitar el borrador de declaraci¨®n los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad en virtud de convenios para evitar la doble imposici¨®n suscritos por Espa?a; quienes tengan partidas negativas pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores; quienes pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas; ni los que tengan derecho a la deducci¨®n por doble imposici¨®n internacional y ejerciten tal derecho.
Si la Administraci¨®n tributaria careciera de la informaci¨®n necesaria para la elaboraci¨®n del borrador de declaraci¨®n, pondr¨¢ a disposici¨®n del contribuyente los datos que puedan facilitarle la confecci¨®n de la declaraci¨®n del impuesto.
Para los contribuyentes obligados a declarar, el plazo para presentar la Declaraci¨®n de la Renta de 2004 ser¨¢ del 2 de mayo al 30 de junio, tanto para positivas como para negativas. En el caso de las positivas en las que se fraccione el pago, el ingreso del segundo plazo en caso de no domiciliarlo en una entidad bancaria se podr¨¢ realizar hasta el 7 de noviembre.
Por otra parte, hoy concluye el plazo para solicitar la devoluci¨®n r¨¢pida del IRPF. Hasta el pasado 17 de marzo se hab¨ªan recibido 290.554 peticiones, el 16,6% m¨¢s que en igual periodo del a?o pasado. El a?o pasado solicitaron la devoluci¨®n r¨¢pida 989.000 contribuyentes y la obtuvieron 719.907 (al resto le correspond¨ªa declarar o no ten¨ªa retenciones a devolver) por un importe de 193,30 millones de euros.
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