El Supremo considera como accidente laboral un infarto por estr¨¦s
La jurisprudencia de la m¨¢xima instancia judicial espa?ola es todav¨ªa dispar en estos casos
El estr¨¦s en el trabajo puede considerarse un accidente laboral. Al menos as¨ª lo ha entendido una nueva sentencia dictada recientemente por el Tribunal Supremo, que ha reconocido el derecho de un empleado a ser indemnizado por la aseguradora de la empresa para la que trabajaba, tras haber sufrido un infarto relacionado "de forma directa" con la situaci¨®n de estr¨¦s producida en el trabajo.
Aunque la jurisprudencia en este sentido todav¨ªa no es uniforme, el Alto Tribunal ha concluido que el infarto sufrido por este trabajador funcionario puede considerarse como un accidente de trabajo.
Numerosos jueces han reconocido ya las cardiopat¨ªas de trabajadores como accidentes laborales tanto si se producen en el trabajo como si tienen lugar 'in itinere' (desde o hacia el trabajo), mientras que si el percance se produce en un lugar totalmente ajeno al puesto, "necesitar¨¢ probarse su vinculaci¨®n con el estr¨¦s que el afectado padece en el trabajo".
"Vida limitada tras el infarto"
Seg¨²n la sentencia, el trabajador "no padec¨ªa con anterioridad ninguna enfermedad y no ten¨ªa antecedentes hereditarios". "La causa del infarto que sufri¨®, y que le deriv¨® en una incapacidad permanente absoluta, fue el estr¨¦s producido por el trabajo", concluye.
Seg¨²n esta sentencia, dictada primero por la Audiencia Provincial de Sevilla y confirmada ahora por el Supremo, el funcionario "tuvo grandes problemas profesionales por las diferencias surgidas con su superior jer¨¢rquico". "A partir del infarto el empleado deber¨¢ limitar su vida al m¨ªnimo esfuerzo y alejarse de situaciones de estr¨¦s", agrega.
El Supremo entiende que, aunque el infarto de miocardio no est¨¢ incluido como causa de accidente en el art¨ªculo 100 de la Ley de Contrato de Seguro, "debe comprenderse dentro del seguro de accidentes cuando tenga su origen en una causa externa".
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