El Tribunal Constitucional libra a los Albertos de ir a la c¨¢rcel por el caso Urbanor
El Supremo hab¨ªa sentenciado a los empresarios a tres a?os de c¨¢rcel por estafa en documento mercantil
El Tribunal Constitucional anul¨® ayer la condena de tres a?os y cuatro meses de prisi¨®n que el Tribunal Supremo impuso a los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer por estafa y falsedad en documento mercantil en la venta de la sociedad Urbanor. As¨ª lo han confirmado fuentes jur¨ªdicas, que han se?alado que la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pascual Sala, cuenta con un voto particular.
El Supremo consider¨® que los Albertos enga?aron a sus socios al negociar la venta del conjunto de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO, en Madrid. En concreto, se hizo llegar a los socios minoritarios de Urbanor una suscripci¨®n preferente sobre los solares de las torres KIO aun precio de 150.000 pesetas m2 cuando en realidad los Albertos hab¨ªan pactado con los vendedores un precio de 231.000 pesetas m2.
El 6 de enero de 1993, un d¨ªa antes de que acabase el plazo, se present¨® una querella por falsedad y estafa contra ellos. La Audiencia Provincial de Madrid declar¨® los hechos prescritos dado que la simple presentaci¨®n de la querella sin firma del querellante ni poder del procurador no pod¨ªa tener fe como una querella v¨¢lida.
Por el contrario, el Tribunal Supremo entendi¨® que la presentaci¨®n de la querella pod¨ªa interpretarse con la expresi¨®n legal "dirigir el procedimiento contra el culpable", revoc¨® la sentencia de la Audiencia de Madrid y conden¨® a los Albertos a tres a?os y cuatro meses de prisi¨®n a cada uno.
Ahora, el Constitucional ha entendido que la prescripci¨®n est¨¢ conectada con el derecho fundamental a la libertad y con la limitaci¨®n del ejercicio del ius puniendo del Estado, que renuncia al mismo cuando no realiza actuaciones para la averiguaci¨®n y castigo del delito en el tiempo establecido por la ley.
En consecuencia, entiende que la interpretaci¨®n del Supremo sobre la querella del 6 de enero de 1993 lesiona el derecho de los Albertos a la tutela judicial efectiva. El Constitucional anula la sentencia del Tribunal Supremo, con lo cual los Albertos quedan exonerados del cumplimiento de la pena.
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