Tus ahorros no est¨¢n a salvo
Los 27 deben rebobinar a¨²n su falacia contra la seguridad de los dep¨®sitos de hasta 100.000 euros
Las turbulencias procedentes de Chipre y el riesgo de p¨¢nico financiero se han amansado gracias a las buenas noticias japonesas. As¨ª que ahora llega el momento de lavar con frialdad la ropa sucia y contestar a una pregunta cada d¨ªa m¨¢s frecuente: ?Est¨¢n a salvo mis ahorros?
La respuesta es clara: no. No, al menos, de forma absoluta y tajante. Lo que no implica que necesariamente vayan a hundirse en una nueva crisis que deba obligatoriamente acabar en confiscaciones.
Distingamos los dep¨®sitos protegidos, de hasta 100.000 euros por cuentacorrentista y entidad bancaria, del resto. Los 100.000 los avala el Fondo de Garant¨ªa de Dep¨®sitos (FGD). Aunque sus recursos se han reducido casi a cero para reflotar las entidades ca¨ªdas, el FGD, que se alimenta de cuotas de la banca, puede en ¨²ltimo caso recibir cr¨¦dito p¨²blico, espa?ol y europeo. Salvo cat¨¢strofe general, el tope de los 100.000 ofrece bastante confianza.
Bastante confianza, pero no completa, pues en un diluvio universal, ni el FGD ni el Estado espa?ol ni casi los fondos de rescate de la UE ser¨ªan suficiente cortafuegos. No podr¨ªan reembolsar, por ejemplo, los 734.847 millones de euros que totalizaban los dep¨®sitos ¡ªasegurados y no¡ª que las familias espa?olas ten¨ªan depositados en la banca a final de febrero.
Pero el grado de seguridad para los dep¨®sitos hasta 100.000 euros es razonable y racional, aunque en EEUU la cobertura de la Federal Deposit Insurance Corporation (creada en 1933, como casi todo lo bueno, por Franklin Delano Roosevelt) la duplica: 250.000 d¨®lares. Porque en su momento tambi¨¦n el BCE podr¨ªa acudir con mangueras de liquidez a apagar el p¨¢nico.
De modo que quien se lance hoy a retirar sus ahorrillos y meterlos en el calcet¨ªn actuar¨¢ con exageraci¨®n y precipitaci¨®n. La crisis de Chipre demostr¨® que la insensata ilegalidad de confiscar parte de los ahorros asegurados era inviable, provocaba la rebeli¨®n. Ahora bien, queda un inquietante rescoldo por enfriar. El fr¨ªvolo presidente del Eurogrupo y los saduceos dirigentes y ministros que justificaron esa b¨¢rbara quita ¡ªinsistamos, de dep¨®sitos inferiores a 100.000 euros¡ª lo hicieron aduciendo que no violaba la directiva europea de protecci¨®n de dep¨®sitos, puesto que ¨¦sta s¨®lo proteger¨ªa al cliente de la quiebra de su banco... y no frente a un impuesto expropiatorio repentino.
Es imperativo que Bruselas y los 27 rebobinen aquella falacia. Y que la directiva explicite con may¨²sculas que la garant¨ªa es erga omnes y urbi et orbe, ante todos y frente a todo. Que no quede ning¨²n resquicio de duda. Ahora tienen la oportunidad, pues deben perfilar el dise?o final del esquema europeo de protecci¨®n de dep¨®sitos, uno de los tres pilares de la uni¨®n bancaria (junto a los mecanismos de supervisi¨®n y de resoluci¨®n/liquidaci¨®n).
Si incluso los depositantes por cuant¨ªa superior al tope asegurado reciben y deben recibir como norma un trato de algodones ¡ªa excepci¨®n de los casos extremos como el chipriota, en que se junta especulaci¨®n, exceso de retribuci¨®n y mediaciones peligrosas¡ª es porque el dep¨®sito es un contrato de naturaleza jur¨ªdica muy distinta a la de cualquier inversi¨®n, que se materializa en general en contratos de compraventa.
El dep¨®sito es la cesi¨®n de la posesi¨®n de un bien o cantidad para su custodia, que debe ser devuelto en un momento, preciso o inconcreto, con retribuci¨®n o sin ella. Digamos que se parece a un alquiler. En cambio, la compraventa supone un traslado del dominio, de la propiedad, de un dinero no para custodiar, sino para adquirir otros bienes y negociar. Y es de caj¨®n que el propietario adquiere m¨¢s riesgo y asume m¨¢s responsabilidad que el inquilino.
Desde una perspectiva ya no jur¨ªdica, sino econ¨®mica, el gran Paul de Grauwe arremete contra la ilusi¨®n redistributiva con que los norte?os justifican cargar contra los dep¨®sitos y liberar a los contribuyentes, su m¨¢s bonito argumento en favor de colocar siempre a los depositantes en la cola de los perjudicados.
Sostiene De Grauwe (¡°The new bail-in doctrine¡±, www.ceps.eu) que el alivio de los contribuyentes ser¨ªa un espejismo: ¡°forzar a los depositantes a asumir el impacto del riesgo amenaza con crear crisis bancarias que desemboquen en una profunda depresi¨®n econ¨®mica; lo que generar¨ªa costes mucho mayores a los contribuyentes¡±.
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