Casi 80.000 becarios cotizan a la Seguridad Social
El n¨²mero de cotizantes este tipo de trabajadores creci¨® un 5% en el ¨²ltimo a?o y un 43% cuatro a?os
Un total de 79.031 becarios cotizaban a la Seguridad Social a cierre del pasado mes de mayo, cifra un 5% superior a la del mismo mes de 2016, seg¨²n datos del Ministerio de Empleo. El n¨²mero de becarios cotizantes ha ido en aumento a?o tras a?o desde que en 2013 se estableci¨® la obligaci¨®n de cotizar por las becas (hubo un breve periodo en 2011 en el que tambi¨¦n fue obligatorio).
A finales de 2013, el n¨²mero de becarios que cotizaban a la Seguridad Social superaba los 52.400. En 2014, esta cifra se elev¨® hasta los 59.299; en 2015 escal¨® hasta los 64.876 y a cierre de 2016 se situ¨® en 69.677. Desde 2013 hasta mayo de este a?o, el crecimiento de becarios cotizantes alcanza el 43,6%.
En Espa?a existe obligaci¨®n de cotizar por las becas vinculadas a estudios universitarios o de formaci¨®n profesional que reciban contraprestaci¨®n econ¨®mica, lo que en la pr¨¢ctica incluye a la totalidad de las becas que otorgan las empresas y las Administraciones P¨²blicas, informa Europa Press.
Reforma de Zapatero
En la reforma de la Ley de la Seguridad Social aprobada por Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero en 2011 se obligaba a incluir en la Seguridad Social a los participantes en programas de formaci¨®n financiados por entidades y organismos p¨²blicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formaci¨®n profesional, conlleven contraprestaci¨®n econ¨®mica.
En octubre de ese mismo a?o se dict¨® un Real Decreto para incluir en el R¨¦gimen General de la Seguridad Social a estos becarios, siempre que sus pr¨¢cticas no conllevaran un contrato laboral por el que ya estuvieran dados de alta.
Sin embargo, apenas un mes m¨¢s tarde, el PSOE aprob¨® otro Real Decreto para exceptuar de la regla general a los estudiantes universitarios que realicen pr¨¢cticas acad¨¦micas externas, que son las que se realizan en la propia universidad o en entidades colaboradoras tales como empresas, instituciones y entidades p¨²blicas y privadas en el ¨¢mbito nacional e internacional.
No obstante, en junio de 2013, el Tribunal Supremo (TS) anul¨® esta excepci¨®n, por lo que la obligaci¨®n de cotizar en la Seguridad Social volvi¨® a aplicarse a todos los universitarios en pr¨¢cticas sin ninguna limitaci¨®n.
La Seguridad Social puso entonces en marcha un periodo extraordinario para regular la cotizaci¨®n de los becarios que duraba hasta septiembre de 2013, aunque el inicio de la obligaci¨®n empezaba a contar el 28 de junio de aquel a?o.
La cotizaci¨®n cubre todas las contigencias de la Seguridad Social excepto el desempleo. Las becas no suponen una relaci¨®n laboral en ning¨²n caso, por lo que no se cotiza por desempleo y, por tanto, el becario no genera el derecho a esta prestaci¨®n.
Las empresas o entidades que financian las becas est¨¢n obligadas a dar de alta en la Seguridad Social al estudiante beneficiario de la misma, pero en caso de no hacerlo, el propio becario puede solicitarlo directamente a la Tesorer¨ªa General de la Seguridad Social.
Para calcular el coste de la cotizaci¨®n, se toman como referencia las cuotas que cada a?o se establecen para los contratos formativos.
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