Si uno de los padres se niega, el menor no puede renovar el pasaporte
En 2014 se introdujo una reforma legal para evitar la sustracci¨®n de los hijos por uno de los padres
En ocasiones es dif¨ªcil que los padres divorciados se pongan de acuerdo en lo que concierne a la vida de sus hijos. Uno de los problemas que existen tiene que ver con el establecimiento de la residencia de los menores, que en ocasiones no coincide con el de ambos progenitores. Esta situaci¨®n se agrava cuando el padre que ostenta la custodia se va a vivir con los hijos a otro lugar, dificultando las visitas. Estas desavenencias pueden tener como resultado que uno de los padres ¡°se lleve¡± a los ni?os lejos del otro, en lo que se denomina sustracci¨®n de menores.
En 2014, para evitar que ocurrieran problemas de este tipo, se realiz¨® una reforma legal que cambiaba la documentaci¨®n requerida para la expedici¨®n del pasaporte ordinario para menores de edad. As¨ª, la modificaci¨®n introducida respecto de la expedici¨®n y pasaportes para estos y para personas incapacitadas situ¨® a muchas familias en situaciones complicadas que, a¨²n hoy, contin¨²an.
La norma establece que ¡°para la expedici¨®n del pasaporte a los menores de edad o personas incapacitadas, deber¨¢ constar el consentimiento expreso de quienes tengan atribuido el ejercicio de la patria potestad¡±. As¨ª, es necesario que ambos padres o tutores autoricen la expedici¨®n del documento. Esta autorizaci¨®n puede realizarse o bien estando presentes los dos progenitores en el momento de la expedici¨®n, o bien a trav¨¦s de un documento firmado ante notario expresando tal permiso.
En el caso de las personas incapacitadas, el juez determinar¨¢ qui¨¦n debe autorizar la emisi¨®n. Por el contrario, cuando se trate de menores de edad, la autorizaci¨®n la dar¨¢n aquellas personas con las que el menor tenga una relaci¨®n de filiaci¨®n establecida seg¨²n recoge el C¨®digo Civil que, a efectos pr¨¢cticos, ser¨¢n las que aparezcan en el Libro de Familia o en cualquier otro documento acreditativo.
La problem¨¢tica
Las incapacidades son determinadas por un juez que, por inter¨¦s del incapaz, nombra tutor o tutores a las personas que entiende m¨¢s adecuadas y en beneficio del tutelado. Sin embargo, en el caso de los menores bajo la patria potestad de sus padres, la situaci¨®n se torna complicada por el tipo de relaci¨®n. En ambos casos, tiene que ser un juez el que rompa con el v¨ªnculo, bien retirando la tutela, bien retirando la patria potestad.
Cuando un menor tiene que solicitar un pasaporte, ya sea por primera vez, ya sea para renovar el anterior, necesita que los dos padres lo autoricen para evitar delitos de sustracci¨®n de menores en casos de disoluci¨®n de parejas con hijos. Es decir, que para evitar que uno de los padres pueda llevarse al menor al extranjero lejos del otro progenitor, los documentos del menor deber¨¢n estar en regla con el consentimiento de los dos padres. Es m¨¢s, si el menor tuviese un pasaporte en vigor en el momento del divorcio, uno de los c¨®nyuges divorciados puede solicitar su retirada para que no puedan salir de la Uni¨®n Europea.
La consecuencia en los menores
El problema se produce en el momento en el que no hay una relaci¨®n cordial, uno de los progenitores est¨¢ en paradero desconocido o simplemente, se niega a autorizar la emisi¨®n. El otro padre, en esos casos, lo tiene muy complicado. Incluso cuando la custodia del menor ha sido concedida plenamente al padre que solicita la emisi¨®n del documento, si no existe autorizaci¨®n del otro no puede pedir que se le exija.
La ¨²nica manera de conseguirlo es solicitando la desaparici¨®n de la relaci¨®n paterno filial, es decir, del v¨ªnculo que existe entre un progenitor y su hijo desde el momento de su nacimiento que es conocido como patria potestad. Esta extinci¨®n solo puede ser determinada por un juez en un procedimiento. Si no, el menor tendr¨¢ que esperar hasta la mayor¨ªa de edad o hasta la edad adecuada para solicitar la emancipaci¨®n, que el C¨®digo Civil establece a los 16 a?os.
La casu¨ªstica es bastante variada. Desde progenitores que han desaparecido y no han vuelto a dar se?ales de vida, otros que no pagan la pensi¨®n de alimentos y se desentienden negando la autorizaci¨®n de manera pasiva, hasta los que lo hacen por molestar al otro progenitor. Casos como estos ocurren continuamente, siempre en detrimento del menor, si bien es verdad que los padres est¨¢n en todo su derecho.
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