Los repartidores de comida a domicilio pasan a formar parte de los convenios de hosteler¨ªa
La medida, que en un principio tendr¨¢ vigencia hasta diciembre 2020, saca a estos trabajadores del "limbo legal" en el que se encontraban, seg¨²n CC OO
El colectivo de repartidores de comida a domicilio ha sido incluido en el Acuerdo Laboral Estatal de Hosteler¨ªa (ALEH), cuya ampliaci¨®n de vigencia se ha prorrogado hasta diciembre de 2020, seg¨²n una orden de la Direcci¨®n General de Trabajo publicada este lunes en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE).
La principal novedad de la ampliaci¨®n del acuerdo, publicado el pasado viernes en el BOE y suscrito por las patronales FEHR y CEAT y los sindicatos CC OO?Servicios y FeSMC-UGT, ha sido la introducci¨®n en el ¨¢mbito funcional del ALEH de los repartidores de comida a domicilio, "a pie o en cualquier tipo de veh¨ªculo que no precise autorizaci¨®n administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestaci¨®n de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a trav¨¦s de las mismas".
De ese modo, CC OO destaca que los repartidores abandonan el "limbo legal" en el que se encontraban y pasan a ser considerados personal laboral del sector de hosteler¨ªa. El sindicato se?ala que va a trabajar para que su categor¨ªa profesional, su salario y sus funciones sean reguladas seg¨²n los convenios sectoriales que les correspondan.
Por otra parte, queda garantizada la subrogaci¨®n empresarial en los supuestos de sucesi¨®n o sustituci¨®n de empresas con concesi¨®n administrativa de servicios de hosteler¨ªa en los espacios p¨²blicos, como aeropuertos y estaciones de ferrocarril, ya sea como una ¨²nica concesi¨®n administrativa, o en los supuestos de segregaci¨®n en varias concesiones administrativas.
Igualmente, se acuerda que a los trabajadores que prestan sus servicios en las salas de fiestas y discotecas, y que presten servicios de hosteler¨ªa como camarero o ayudante de camarero, "les es aplicable de forma excluyente el presente Acuerdo Laboral de ¨¢mbito Estatal para el sector de Hosteler¨ªa y los convenios colectivos sectoriales de hosteler¨ªa vigentes en los distintos ¨¢mbitos de comunidad aut¨®noma o provincial del territorio espa?ol".
Tambi¨¦n se ha definido el puesto de trabajo de escanciador: "Realizar de forma cualificada el servicio de escanciado de la sidra natural, dominando las t¨¦cnicas de escanciado de la sidra, en la sala, a la vista de la clientela, de manera aut¨®noma y responsable", asign¨¢ndolo al grupo profesional segundo.
Desde CC OO Servicios valoran la modificaci¨®n efectuada del V Acuerdo Marco Laboral de Hosteler¨ªa, ya que consolida el objetivo de las partes de ordenar y establecer la estructura de la negociaci¨®n colectiva del sector.
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