El registro horario en las empresas ya es obligatorio: as¨ª funciona y as¨ª le afecta al trabajador
Todas las empresas sin excepci¨®n deben apuntar a qu¨¦ hora entran y salen los empleados y conservar cuatro a?os esos datos
La norma ya est¨¢ aqu¨ª. Desde ayer, todas las empresas tienen la obligaci¨®n de registrar la jornada de sus trabajadores. Han terminado los dos meses de plazo que el Gobierno dio en el decreto que conten¨ªa esta medida para que las compa?¨ªas se adaptaran a la nueva norma 8o al menos comenzaran a planificar los nuevos sistemas de control), que, en realidad, es solo un cambio en un apartado del art¨ªculo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Esta fue una de las iniciativas aprobadas en los llamados decretos de los viernes sociales del Gobierno antes de las elecciones, pero su implantaci¨®n estaba anunciada desde que S¨¢nchez venci¨® en la moci¨®n de censura, hace ya casi un a?o.
Aun as¨ª, en muchas empresas el arranque est¨¢ siendo confuso. Muchas no saben c¨®mo deben aplicarlo (si se trata de listados por escrito o con los controles de tarjetas para fichar a la entrada). Otras est¨¢n en proceso de negociaci¨®n con los comit¨¦s de empresa sindicales, para pactar el sistema si las plantillas trabajan fuera de la oficina. La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, se ha lamentado esta ma?ana que a su juicio las empresas no se "han tomado en serio" la entrada en vigor del registro de jornada, y ha asegurado que la Inspecci¨®n de Trabajo "dar¨¢ un margen de maniobra" antes de comenzar a sancionar. Pero eso s¨ª: siempre que las compa?¨ªas est¨¦n ya trabajando para poder cumplir la norma.
?Qui¨¦n tiene la obligaci¨®n de controlar la jornada?
Son todas las empresas sin excepci¨®n, independientemente de su tama?o, sector o facturaci¨®n, las que deben garantizar que hay un ¡°registro diario de la jornada, que deber¨¢ incluir el horario concreto de inicio y finalizaci¨®n de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora¡±, seg¨²n puede leerse en la norma.
?Qu¨¦ debe contener el registro?
El decreto expone que se controlar¨¢ la hora de ¡°inicio y finalizaci¨®n de la jornada de trabajo¡±. No obstante, tambi¨¦n a?ade que esto debe hacerse ¡°sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este art¨ªculo¡±.
?C¨®mo se apuntan las entradas y salidas?
Hay compa?¨ªas que usan sistemas tradicionales en papel, con cuadrantes donde apuntan a qu¨¦ hora empieza y termina cada trabajador. Otras utilizan sistemas de tarjetas para fichar en la puerta o tornos de acceso (en algunos casos, sistemas de lectura de huella dactilar al llegar al trabajo). Y en algunas, est¨¢n optando por instalar aplicaciones inform¨¢ticas en los ordenadores o incluso en el m¨®vil de empresa del trabajador, donde deben indicar que han comenzado su jornada o la han terminado. En todo caso, las empresas est¨¢n esperando las indicaciones oficiales sobre c¨®mo deber¨¢n ser los registros que guarden por si los solicita la Inspecci¨®n.
?Cu¨¢nto tiempo debe conservar la empresa este registro?
La norma es clara al respecto: cuatro a?os.
?A qu¨¦ se expone la empresa que no tenga el registro?
M¨¢s all¨¢ de las declaraciones p¨²blicas de la ministra, apelando a que la inspecci¨®n laboral actuar¨¢ con ¡°sentido com¨²n¡±, si una empresa no tiene el registro de jornada se expone a recibir una sanci¨®n grave, lo que implica una multa de 626 euros a 6.250. Si la cantidad es m¨¢s baja o m¨¢s alta, lo determinar¨¢n los inspectores de trabajo en funci¨®n del tama?o de la empresa o la facturaci¨®n.
El decreto del Gobierno no contempla una de las reivindicaciones hist¨®ricas de los sindicatos de inspectores de Trabajo. Tanto el Sindicato de Inspectores de Trabajo como la Uni¨®n Progresista de Inspectores llevan tiempo reivindicando que la sanci¨®n a la empresa que no cumpla con sus obligaciones sobre la jornada sea por trabajador y no por materia. Es decir, que si una empresa tiene 1.000 trabajadores se le pueda imponer otras tantas sanciones con su multa correspondiente. Esto, en su opini¨®n, tendr¨ªa mucha m¨¢s capacidad de disuasi¨®n.
?Qui¨¦n tendr¨¢ acceso al registro?
El empresario no tendr¨¢ que suministrar la informaci¨®n a iniciativa suya, pero s¨ª que tiene la obligaci¨®n de facilitarla cuando lo soliciten los representantes de los trabajadores, la Inspecci¨®n de Trabajo o el propio empleado.
?Cu¨¢ndo se multar¨¢ a las empresas si no cumplen?
La ministra de Trabajo en funciones, Magdalena Valerio, ha dicho este lunes que la Inspecci¨®n de Trabajo "dar¨¢ un margen de maniobra" antes de comenzar a sancionar. ha criticado que las empresas "han esperado al ¨²ltimo d¨ªa" para abordar el sistema con el que van a controlar la jornada de sus trabajadores. La Inspecci¨®n de Trabajo "va a actuar", ha indicado, pero ha matizado que dejar¨¢n cierto margen: "si llega a una empresa y dicen que est¨¢n en fase de negociaci¨®n, se dar¨¢ un margen de maniobra, dentro del respeto y del cumplimiento de la ley, para poner en marcha el registro de jornada". Otra cosa ser¨¢ si la compa?¨ªa inspeccionada no ha hecho absolutamente nada para adaptarse a la nueva ley, despu¨¦s de haber tenido dos meses de plazo para hacerlo.
?Debe pactarse con los representantes de los trabajadores?
Dice el decreto que el empresario debe contar con los representantes de los trabajadores a la hora de implantar el registro ¡°mediante negociaci¨®n colectiva o acuerdo de empresa¡±. Pero como aclara el profesor de Derecho Laboral de la Universidad Complutense de Madrid Jes¨²s Lahera, la ausencia de representantes sindicales o comit¨¦ no exime de la obligaci¨®n. En este caso, la ¨²nica salida es la decisi¨®n unilateral, aclara el tambi¨¦n consultor del despacho laboralista Abd¨®n Pedrajas.
?Para qu¨¦ sirve el registro? ?Le beneficia al trabajador o le perjudica?
Seg¨²n la ¨²ltima encuesta de poblaci¨®n activa, en Espa?a se hacen cada semana 5,7 millones de horas extraordinarias. De estas 2,6 millones no se pagan y, por tanto, ser¨ªan fraudulentas. En los ¨²ltimos a?os, han bajado despu¨¦s de que se llegara a un m¨¢ximo a finales de 2015, con 3,5 millones. "La introducci¨®n del registro de jornada debe contribuir a corregir la situaci¨®n de precariedad, bajos salarios y pobreza que afecta a muchos de los trabajadores que sufren los abusos en su jornada laboral", expone el Gobierno en el decreto que contiene la medida, que ha generado bastantes dudas y preguntas.
El Ministerio de Trabajo argument¨® para defender su medida, con el apoyo de los sindicatos y la oposici¨®n de las patronales, que sin el registro de jornada a los inspectores de trabajo les resultaba muy dif¨ªcil controlar si realmente los horarios de los empleados se ajustaban a la ley y lo pactado en los convenios. Entre los datos que soportan esta posici¨®n est¨¢ lo sucedido en los dos planes de choque que lanz¨® el Gobierno en verano contra la explotaci¨®n laboral. Ambos consistieron en el env¨ªo de decenas de miles de carta motivadas por los indicios de fraude detectados en la contrataci¨®n temporal y a tiempo parcial. En el primer caso, tras recibir las cartas los empresarios transformaron los contratos temporales en fijos en el 76,3% de las ocasiones; en el segundo, solo en un 17,5%. ?Por qu¨¦? Por esa supuesta dificultad para controlar la jornada sin un registro obligatorio de ella.
?C¨®mo puede ser ese control?
Una de las cr¨ªticas m¨¢s habituales de las organizaciones patronales es que implantar el registro de empresa es volver al pasado. La respuesta habitual de la titular de Trabajo, Magdalena Valerio, ha sido que en pleno siglo XXI y con el desarrollo tecnol¨®gico hay muchos mecanismos de registrar la jornada. Explica Lahera que las v¨ªas para hacerlo pueden ir desde la cl¨¢sica forma de fichar f¨ªsicamente hasta el control telem¨¢tico con ordenadores o aplicaciones m¨®viles.
?Qu¨¦ pasa con los datos del registro?
Una de las obligaciones a?adidas que comporta el control de la jornada son los datos que genera sobre los trabajadores. En este caso, la empresa debe respetar lo que dice la ley de protecci¨®n de datos al respecto, especialmente en los art¨ªculos de esta norma que entran en aspectos laborales, que van del art¨ªculo 87 al 91 y regulan el derecho a la intimidad en el ¨¢mbito laboral y en la geolocalizaci¨®n, el derecho a la desconexi¨®n digital o los derechos digitales en la negociaci¨®n colectiva.
?Estaba Espa?a obligada a crearlo?
Esta batalla laboral arranc¨® en 2017 a ra¨ªz de varias sentencias del Tribunal Supremo que aclararon que, con la norma vigente entonces, las empresas solo ten¨ªan la obligaci¨®n de controlar la jornada de sus empleados a partir de la primera hora extraordinaria. Esto provoc¨® un cambio de criterio en la Inspecci¨®n de Trabajo, que hasta entonces exig¨ªa ese registro en sus visitas a las empresas.
Esa exigencia se basaba en un fallo de 2016 de la Audiencia Nacional que, al contrario que el Tribunal Supremo, s¨ª que fijaba la obligaci¨®n de que existiera el registro. Hasta entonces, la obligaci¨®n de fichar era m¨¢s una costumbre que un deber legal.
El decreto aprobado el pasado marzo est¨¢ en l¨ªnea con lo que vino a decir en abril el abogado general de la Uni¨®n Europea, que argument¨® que es l¨®gico que se registre toda la jornada para saber cu¨¢ndo empiezan a hacerse horas extra. Todav¨ªa no ha llegado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea.
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