La Seguridad Social revisar¨¢ de oficio 8.500 pensiones de jubilaci¨®n procedentes del tiempo parcial
El organismo p¨²blico elevar¨¢ unas 2.000 pensiones tras la sentencia del Constitucional que anul¨® el mecanismo de c¨¢lculo de las prestaciones de los que trabajan a tiempo parcial
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) est¨¢ aplicando ya los criterios del Tribunal Constitucional (TC) tanto a las solicitudes de pensi¨®n que se presenten con ¨ªndice de parcialidad como a las ya reconocidas por empleo a tiempo parcial, y cuya resoluci¨®n a¨²n no es firme en v¨ªa administrativa, ha informado este viernes el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
De esta forma, la Seguridad Social revisar¨¢ de oficio cerca de 8.500 pensiones de las ya reconocidas y sin resoluci¨®n firme, de las que cerca de 2.200 se pueden ver incrementadas en torno a un 4%.
El resto mantendr¨¢ el importe reconocido inicialmente: cerca de 3.500 no tendr¨¢n incremento de cuant¨ªa por haber alcanzado inicialmente el 100% de la prestaci¨®n; otras aproximadamente 800 no subir¨¢n porque la parcialidad de la jornada era del 67% o superior, y cerca de 2.000 no notar¨¢n subida por percibir complemento a m¨ªnimos.
Estas cifras se han calculado a partir de los datos estad¨ªsticos del ejercicio de 2018. Seg¨²n Trabajo, el 24% de las personas que solicitan la pensi¨®n de jubilaci¨®n acreditan trabajos a tiempo parcial en alg¨²n momento de su vida laboral.
El fallo del TC, emitido en julio y publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado (BOE) del pasado lunes, declaraba inconstitucional y nulo el m¨¦todo para computar los periodos de cotizaci¨®n a tiempo parcial a efectos de determinar la cuant¨ªa de la pensi¨®n de jubilaci¨®n. Esta f¨®rmula, vigente desde 1998 y adaptada en 2014, est¨¢ recogida en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
El Alto Tribunal considera injustificada la doble penalizaci¨®n que supone la actual f¨®rmula de c¨¢lculo en el derecho a la jubilaci¨®n de quienes han trabajado a tiempo parcial. Seg¨²n la sentencia, se penaliza la forma de computar los periodos trabajados parcialmente, cuando ya las bases de cotizaci¨®n que se toman para calcular la pensi¨®n son inferiores a las que corresponden a tiempo completo, puesto que se corresponden a los salarios a tiempo parcial.
Adem¨¢s, el Tribunal entiende que se produce una discriminaci¨®n indirecta por sexo, dado que el empleo a tiempo parcial lo desempe?an mayoritariamente las mujeres. Con datos de 2018, el 63% de las jubilaciones a tiempo parcial correspondieron a mujeres y s¨®lo el 37% a hombres.
Nueva aplicaci¨®n inform¨¢tica
Trabajo destaca que el INSS "ha adaptado en tiempo r¨¦cord" los aplicativos inform¨¢ticos de reconocimiento de la pensi¨®n de jubilaci¨®n. Desde la publicaci¨®n de la sentencia en el BOE el pasado lunes se aplica la nueva f¨®rmula tanto para el c¨¢lculo de las nuevas solicitudes de pensi¨®n con cotizaciones a tiempo parcial como para la revisi¨®n de las ya reconocidas (sin resoluci¨®n firme).
"La complejidad del proceso resid¨ªa en que la nueva forma de c¨¢lculo implica un tratamiento distinto a como se ven¨ªa haciendo de los d¨ªas cotizados computables para el porcentaje a aplicar a la base reguladora de la pensi¨®n en los casos de empleo a tiempo parcial. Los d¨ªas que hasta ahora se computaban -reducidos en funci¨®n de la parcialidad de cada supuesto e incrementados posteriormente con la aplicaci¨®n del coeficiente 1,5- pasan a computarse como d¨ªas naturales", explica.
Trabajo se?ala adem¨¢s que tambi¨¦n hab¨ªa que completar los desarrollos necesarios para que la base de datos de pensiones permitiera llevar a cabo la revisi¨®n de los expedientes con resoluci¨®n no firme en v¨ªa administrativa, modificando el criterio de c¨®mputo de d¨ªas cotizados en todos estos supuestos.
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