La justicia obliga a un padre a seguir manteniendo a su hija en paro de 27 a?os por ser v¨ªctima de su maltrato
La Audiencia Provincial de Lugo considera probado que la joven no pod¨ªa estudiar ni trabajar por las vejaciones psicol¨®gicas de su progenitor, por lo que prolonga su pensi¨®n de alimentos
Los padres divorciados no tienen obligaci¨®n legal de seguir manteniendo a sus hijos para siempre. Una vez alcanzada la mayor¨ªa de edad, y si estos no est¨¢n estudiando ni trabajando, pueden solicitar que se les quite la pensi¨®n de alimentos. Son numerosas las sentencias en las que dan la raz¨®n al progenitor que pide dejar de pasar esta mensualidad a sus hijos porque no est¨¢n aprovechando sus estudios o ya est¨¢n en condiciones de trabajar.
Sin embargo, hay circunstancias que pueden determinar que, a pesar de que el descendiente se acerque a la treintena sin tener sustento propio, sus padres sigan obligados a mantenerle. Es el caso, por ejemplo, de los j¨®venes que est¨¢n estudiando una oposici¨®n. Lo que resulta m¨¢s at¨ªpico es que la pensi¨®n se mantenga porque el hijo padece un trauma que le dificulta su acceso al mercado laboral. As¨ª sucede en un caso resuelto recientemente por la Audiencia Provincial de Lugo (cuya sentencia puede consultar aqu¨ª), en el que se obliga a un hombre a mantener dicha paga a su hija de 27 a?os durante un a?o y medio m¨¢s, por ser el responsable de su situaci¨®n. Seg¨²n el fallo, los malos tratos psicol¨®gicos que le infligi¨®, tanto a ella como a su madre, son el motivo de que no sea capaz de adaptarse al trabajo.
El hombre hab¨ªa conseguido, en una primera instancia, que el juez declarase extinguida la obligaci¨®n de seguir pas¨¢ndole la manutenci¨®n. El fallo tuvo en cuenta, principalmente, la edad de la chica, que presupon¨ªa cierta independencia econ¨®mica y capacidad de valerse por s¨ª misma. El padre se quej¨® durante el proceso de que ella no hab¨ªa sabido aprovechar sus estudios de psicolog¨ªa ni se hab¨ªa incorporado al mercado laboral. Durante los a?os anteriores al proceso judicial solo constaban 11 d¨ªas trabajados oficialmente.
Grave patolog¨ªa
El litigio dio un giro cuando la Audiencia Provincial, que resolvi¨® el recurso de la hija, consider¨® responsable de esta situaci¨®n al padre. Los magistrados reconocen que la chica no supo sacar partido a las oportunidades brindadas, pero fallan a su favor avalando un informe m¨¦dico que certifica su ¡°grave patolog¨ªa psicol¨®gica¡±. La especialista que suscribe el documento certifica que, como consecuencia del ¡°da?o o trauma¡± causado por el maltrato psicol¨®gico del padre, la joven tiene en la actualidad dificultades en sus relaciones, en su concentraci¨®n, y, en definitiva, en su aptitud para el trabajo. El tribunal apreci¨® que el estudio resultaba ¡°muy contundente¡± y ¡°convincente¡±.
A pesar de que no se trata de un dictamen oficial, los magistrados reconocen su ¡°gran calidad¡± y respaldan sus conclusiones. El hecho de que conste una condena firme por maltrato a la hija y su madre refuerza la tesis, ya que ¡°resulta razonable¡± deducir un nexo causal con las patolog¨ªas psicol¨®gicas que padece ahora la v¨ªctima. ¡°No puede obviarse¡±, concluyen los magistrados, que el padre parece ser, en buena medida, ¡°el responsable de ese da?o¡±.
Por todo ello, a¨²n compartiendo que exist¨ªan datos que avalaban la extinci¨®n de la paga, el tribunal considera ¡°justificado¡± establecer ¡°un tiempo prudencial de adaptaci¨®n a la nueva situaci¨®n¡±. En este sentido, se inclina finalmente por mantener la pensi¨®n durante 18 meses (un a?o y medio) para dar la chica un tiempo de adaptaci¨®n antes de quedarse sin manutenci¨®n.
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