Los inquilinos podr¨¢n pedir pr¨¦stamos al Estado para pagar hasta seis mensualidades de alquiler
El Consejo de Ministros aprueba el nuevo paquete de ayudas, que ampl¨ªa los supuestos de vulnerabilidad y distingue entre grandes y peque?os propietarios
El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a un nuevo decreto que contempla ayudas para los inquilinos en situaci¨®n de vulnerabilidad por la emergencia sanitaria. Tras dos semanas de tira y afloja en el seno del Gobierno de coalici¨®n, el lunes se alcanz¨® un consenso que se ver¨¢ plasmado en el texto definitivo. La idea b¨¢sica es que las ayudas se dar¨¢n en forma de pr¨¦stamo, como defend¨ªa el ala socialista del Ejecutivo, mediante cr¨¦ditos del ICO con aval estatal. Pero el sector de Podemos ha logrado que se distinga entre grandes y peque?os propietarios a la hora de aplicar las soluciones y ha introducido tambi¨¦n ayudas directas en algunos supuestos, que se deber¨¢n concretar pr¨®ximamente en el Plan Estatal de Vivienda. ¡°Si se produce la situaci¨®n en que hay inquilinos que finalmente no pueden pagar [los cr¨¦ditos], el Estado no les va a dejar tirados¡±, ha defendido el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias.
Para los arrendatarios en dificultades, el primer paso ser¨¢ ver qui¨¦n es su arrendador. Si la vivienda la alquilan a una empresa, una entidad p¨²blica o un gran propietario (que se define como el que tiene m¨¢s de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, una superficie construida de m¨¢s de 1.500 metros cuadrados) podr¨¢n pedir autom¨¢ticamente una moratoria de pago por un m¨¢ximo de cuatro meses. El propietario de la casa podr¨¢ entonces ofrecer dos opciones: rebajar la renta al 50% durante un m¨¢ximo de cuatro meses u ofrecer una moratoria de pagos por ese mismo periodo que luego se fragmentar¨¢ para ser devuelta durante un m¨¢ximo de tres a?os.
Cuando el arrendador sea un peque?o tenedor, que son mayoritarios en el mercado espa?ol de alquileres, tambi¨¦n existir¨¢ la posibilidad de pactar una moratoria, pero el propietario podr¨¢ negarse. Entonces se activa el segundo mecanismo, al que pueden acogerse todos los inquilinos, que consiste en los microcr¨¦ditos a inter¨¦s cero que dar¨¢ el Instituto de Cr¨¦dito Oficial (ICO). Estos pr¨¦stamos cubrir¨¢n un m¨¢ximo de seis mensualidades de renta y luego se devolver¨¢n durante seis a?os, ampliables en cuatro m¨¢s si los prestatarios no logran saldar su deuda en el periodo inicial. Si transcurrido el plazo inicial y la pr¨®rroga el inquilino no ha podido pagarlo y se acredita su vulnerabilidad, el Estado asumir¨¢ directamente ese importe, ha explicado Iglesias. En todos los supuestos, el acuerdo entre el inquilino y el propietario solo podr¨¢ alcanzarse si previamente a la publicaci¨®n del decreto en el BOE no se ha alcanzado ya alg¨²n otro pacto para mitigar los efectos de la crisis del coronavirus sobre el pago de la renta.
El decreto ampliar¨¢ adem¨¢s los criterios de vulnerabilidad por los que los inquilinos podr¨¢n acogerse a las ayudas respecto a los que se aprobaron para las moratorias hipotecarias. El programa se dirige a parados, personas afectadas por un expediente temporal de regulaci¨®n de empleo (ERTE), quienes hayan reducido su jornada para cuidar a otros o circunstancias similares que les hayan llevado a ver reducidos sus ingresos. Para ello deber¨¢n acreditar que en el mes anterior a la petici¨®n de la ayuda los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar no alcanzan el triple del IPREM (el Indicador P¨²blico de Renta de Efectos M¨²ltiples, que equivale a 537,84 euros mensuales) con algunos multiplicadores en caso de que tengan hijos o personas al cargo. Otro supuesto que se contemplar¨¢ ser¨¢ que la renta de alquiler m¨¢s los gastos comunes supere el 35% de los ingresos netos del hogar.
El Gobierno tambi¨¦n ha acordado otras medidas adicionales para paliar la situaci¨®n de los hogares con dificultades por el pago de sus viviendas. Los desahucios de personas vulnerables que no tengan una alternativa habitacional se suspenden durante seis meses y ese mismo plazo es por el que se prorrogar¨¢n todos los contratos de alquiler que caduquen desde la entrada en vigor del decreto y hasta dos meses despu¨¦s de que se levante el estado de alarma. Para ello el inquilino deber¨¢ solicitar esa pr¨®rroga al arrendador, que no podr¨¢ negarse y deber¨¢ mantener las mismas condiciones de alquiler durante la misma. Adem¨¢s, el Ejecutivo ha ampliado la prohibici¨®n de cortar los suministros de agua, luz y gas a todo el conjunto de la poblaci¨®n (hasta ahora solo afectaba a familias vulnerables) durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
En cuanto a las ayudas directas, estas deber¨¢n esperar a que el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana (el antiguo Fomento, sobre el que recaen las competencias estatales de Vivienda) desarrolle una orden que incluir¨¢ en el actual Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 un nuevo programa espec¨ªfico para disminuir el impacto de la crisis sobre el alquiler de vivienda habitual. Ese programa, con una dotaci¨®n de 100 millones seg¨²n el departamento que encabeza Jos¨¦ Luis ?balos, adjudicar¨¢ directamente ayudas a algunos inquilinos vulnerables y ser¨¢ el que se haga cargo de los cr¨¦ditos que algunos ciudadanos no puedan devolver al ICO.
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