Dos millones y medio de empleados p¨²blicos podr¨¢n teletrabajar a partir de este jueves
La publicaci¨®n en el BOE de la actualizaci¨®n del Estatuto B¨¢sico da v¨ªa libre a esta modalidad y ofrece un plazo de seis meses a las comunidades aut¨®nomas para su adaptaci¨®n
Cerca de dos millones y medio de empleados p¨²blicos podr¨¢n acogerse a la modalidad de teletrabajo a partir de este jueves, despu¨¦s de que el acuerdo alcanzado por el Gobierno y los representantes principales de este colectivo de trabajadores (CSIF, CC OO y UGT) para la actualizaci¨®n del Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico (EBEP) haya sido ya publicado este mi¨¦rcoles en el BOE. Por medio de este pacto, que toma forma con la inclusi¨®n del art¨ªculo 47 bis, los trabajadores p¨²blicos podr¨¢n desarrollar su trabajo fuera de las dependencias de la Administraci¨®n ¡°siempre que las necesidades del servicio lo permitan¡±, y ¡°mediante el uso de tecnolog¨ªas de la informaci¨®n y comunicaci¨®n¡±. Con la publicaci¨®n de este decreto ley, se abre un plazo de seis meses para que las comunidades aut¨®nomas lleven a cabo su adaptaci¨®n territorial ¡°siendo objeto de negociaci¨®n colectiva en cada ¨¢mbito¡±.
El pasado 11 de junio tuvo lugar la Conferencia Sectorial de Administraci¨®n P¨²blica en la que se acord¨® elaborar una propuesta para la modificaci¨®n del EBEP, para la cual se celebraron diversas reuniones de la Comisi¨®n de Coordinaci¨®n del Empleo P¨²blico. Esa resoluci¨®n inicial sometida a negociaci¨®n obtuvo finalmente el respaldo de los agentes sociales en su reuni¨®n de 21 de septiembre de 2020, y fue finalmente ratificada por la Mesa General de Negociaci¨®n de las Administraciones P¨²blicas.
Los efectos de la pandemia en el entorno laboral han forzado tanto al sector p¨²blico como al privado a afrontar un avance en el desarrollo de nuevos instrumentos de trabajo. En el texto del BOE, la actualizaci¨®n del EBEP con la incorporaci¨®n del teletrabajo se justifica, entre otros motivos, por sus ¡°importantes ventajas con potencial para reducir la expansi¨®n de la Covid-19¡±, del mismo modo que asegura que el teletrabajo se ha mostrado ¡°como el instrumento organizativo m¨¢s eficaz para mantener la actividad y prestaci¨®n de servicios p¨²blicos, garantizando a la vez la prevenci¨®n frente al contagio¡±. Otro de los apartados a los que se hace menci¨®n en el texto es el de la conciliaci¨®n laboral y personal, un problema presente en muchas familias como consecuencia de las distintas medidas restrictivas que se han llevado a cabo en los ¨²ltimos meses.
Evaluaci¨®n preventiva
La posibilidad del acceso al trabajo remoto por parte de los funcionarios y personal laboral de la Administraci¨®n no quiere decir que este sea el marco ordinario para desempe?ar su tarea. De hecho, requisito previo ser¨¢ ¡°la valoraci¨®n del car¨¢cter susceptible de poder realizarse mediante teletrabajo de las tareas asignadas al puesto, la correspondiente evaluaci¨®n y planificaci¨®n preventiva, as¨ª como la formaci¨®n en competencias digitales necesarias para la prestaci¨®n del servicio¡±. Otro de los puntos a destacar de este nuevo paradigma laboral que se desprende del Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo suscrito por los interlocutores sociales europeos en julio de 2002 y revisado en 2009, hace referencia a la necesaria convivencia entre el trabajo remoto y el presencial, que no podr¨¢ desaparecer, garantizando as¨ª ¡°un adecuado servicio a la ciudadan¨ªa¡±.
Una de las principales reivindicaciones de los sindicatos y que qued¨® resuelta en el acuerdo y ha sido oficializada con la publicaci¨®n del decreto ley es el car¨¢cter voluntario y reversible de la modalidad del teletrabajo, as¨ª como la obligaci¨®n de la Administraci¨®n de proveer y mantener los medios tecnol¨®gicos necesarios para la actividad de los trabajadores.
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