Contratar un seguro de vida puede parecer f¨¢cil ya que, esencialmente, se trata de pagar a una aseguradora para que entregue cierta cantidad de dinero a los beneficiarios en caso de muerte del tomador o a esta misma persona en determinados supuestos, como la invalidez. No obstante, la presencia de l¨ªmites, exclusiones, vinculaciones, distintas categor¨ªas de primas, y su manera de calcularlas, complican la tarea de hacerse con un buen seguro de este tipo, un negocio que descendi¨® el a?o pasado un 5,06%, aunque el ahorro gestionado a trav¨¦s de estos productos a cierre de 2019 alcanz¨® los 194.685 euros, es decir, un 3,3% m¨¢s que el a?o anterior, seg¨²n datos del servicio de estad¨ªsticas y estudios del sector seguros en Espa?a (ICEA).
Para despejar las dudas, el primer paso es distinguir entre el seguro de vida riesgo, que es el t¨ªpico, por el que se asegura solo el fallecimiento, y el seguro de vida ahorro, por el que se acumula un capital que el usuario rescata al terminar el contrato, por ejemplo en el momento de la jubilaci¨®n o cuando el hijo empieza la universidad. Un tercer tipo de seguro, el de vida mixto, combina las anteriores modalidades, al permitir que los beneficiarios cobren el capital en el caso de que el fallecimiento del cliente ocurra antes de la finalizaci¨®n del contrato.
La abogada Almudena Vel¨¢zquez, experta en Derecho bancario de la plataforma de reclamaciones Reclamador, aconseja ¡°preguntar qu¨¦ ofrece cada producto, las diversas formas de indemnizaci¨®n que tiene, las limitaciones que pueda tener o si se puede personalizar a?adiendo o quitando coberturas; todo ello influir¨¢ en la prima y en sus posteriores revalorizaciones¡±.
Posibles exclusiones
En este sentido, la portavoz de la Organizaci¨®n de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, sugiere cerciorarse de que lo que se est¨¢ contratando es efectivamente un seguro de vida que cubre fallecimiento e invalidez y no solo un seguro de accidentes, porque este ¡°dejar¨¢ desprotegido al tomador si la causa es una enfermedad¡± y de informarse sobre posibles exclusiones.
¡°Ir en bici, hacer ciertos tipos de deporte, trabajar en la construcci¨®n o el sector de transportes, ser bombero, polic¨ªa o militar¡±, son solo unos pocos ejemplos de todos los posibles h¨¢bitos o profesiones que pueden ser motivo de exclusi¨®n, en palabras de Carlos Lluch, director t¨¦cnico de la corredur¨ªa Lluch y Juelich. ¡°Antes de pagar para nada, mejor comprobar que no estamos en la lista negra¡±, a?ade.
La incapacidad y la causa del fallecimiento
Si lo que aseguramos no es solo el fallecimiento sino tambi¨¦n la incapacidad permanente, habr¨¢ que fijarse en sus t¨¦rminos exactos. ¡°En general, la que nos van a ofrecer es la absoluta, es decir, no servir para ning¨²n trabajo¡±, explica Lluch, ¡°pero para muchas personas esa no es la realidad, sino que pierden la capacidad de ejercer su profesi¨®n, pero siguen siendo h¨¢biles para otros puestos, aunque sean peor remunerados¡±. Para cubrir estos casos, es aconsejable buscar un seguro que cubra la llamada incapacidad permanente total.
Otra cuesti¨®n que puede presentar dudas es el ofrecimiento, por parte de la aseguradora, de duplicar o triplicar el capital en el caso de muerte por accidente de tr¨¢fico o aviaci¨®n. ¡°Creo que estos capitales pretenden deslumbrar¡±, opina Lluch, ¡°pero, como las necesidades de la familia no var¨ªan en funci¨®n de la causa de la muerte, ser¨ªa m¨¢s ¨²til concentrar el esfuerzo de pago en el capital b¨¢sico¡±.
Problemas con el banco
Seg¨²n todos los expertos consultados, muchos problemas con el seguro de vida surgen por su contrataci¨®n a trav¨¦s de los bancos. La nueva Ley de Cr¨¦dito inmobiliario proh¨ªbe los productos vinculados con la hipoteca, aunque est¨¢n permitidos si mejoran las condiciones de la financiaci¨®n. Aun as¨ª, Izverniceanu sugiere hacer cuentas sobre su coste y compararlo con un seguro de vida alternativo. ¡°Con la edad la prima se eleva mucho y puede que le compense sustituir el seguro que tuvo que contratar con el banco por otro m¨¢s econ¨®mico, aunque tenga que pagar un mayor tipo de inter¨¦s en su pr¨¦stamo¡±, advierte la portavoz de la OCU al respecto.
En la experiencia de Vel¨¢zquez, la mayor¨ªa de estos seguros est¨¢n vinculados a la devoluci¨®n de la deuda pendiente y son gestionados por una compa?¨ªa filial del banco, lo que Lluch califica de ¡°conflicto de inter¨¦s¡±. ¡°Con un banco en concreto me he encontrado con ocho casos iguales¡±, relata. ¡°Fallece el titular de la hipoteca con un seguro de vida pagado a la aseguradora del grupo del banco. En un primer momento, el seguro no paga la prestaci¨®n y el banco acaba ejecutando la hipoteca y subastando la vivienda que sale por el 50% del valor. Adem¨¢s los herederos se quedan con una deuda con el banco por intereses remuneratorios, intereses de mora, gastos de ejecuci¨®n y legales¡±, a?ade Lluch. ?Resultado? ¡°El banco se queda la casa, toda la familia a la calle y endeudados de por vida. Solo entonces aparece el seguro y liquida el capital pendiente de la hipoteca con lo que la familia recupera algo de dinero, pero sigue habiendo perdido la casa y ganado una deuda de decenas de miles de euros¡±, concluye.
Prima ¨²nica, mejor no
M¨¢s all¨¢ de desconocer c¨®mo se calcula la revalorizaci¨®n peri¨®dica de las primas para prever su evoluci¨®n (depende fundamentalmente de la edad del tomador, pero este no es el ¨²nico criterio), el error m¨¢s cl¨¢sico es aceptar el seguro de vida a prima ¨²nica que coloca el banco al conceder una hipoteca, seg¨²n Lluch. En este caso, la prima se paga entera al principio, de una vez. ¡°Es car¨ªsimo y cuesta mucho m¨¢s que lo ahorrado en el tipo de inter¨¦s del pr¨¦stamo¡±, apunta este br¨®ker. ¡°Si cancelamos el pr¨¦stamo una vez hayan pasado 10 a?os y ya se ha pagado una prima por un seguro a 20 a?os, adem¨¢s, la aseguradora se negar¨¢ a devolver la parte de la prima correspondiente a la cobertura no disfrutada¡±, agrega Vel¨¢zquez.
En palabras de la experta de Reclamador, tambi¨¦n son frecuentes los problemas derivados de la cantidad abonada como consecuencia del fallecimiento cuando el seguro est¨¢ vinculado a un producto de riesgo. Y ello porque ¡°el comportamiento de este producto puede hacer que el capital entregado sea menor que el inicialmente comprometido¡±, avisa.
?Qu¨¦ soluciones hay?
?Qu¨¦ puede hacer el usuario en estos casos? ¡°Hay que intentar primeramente la soluci¨®n extrajudicial¡±, dice Vel¨¢zquez. El afectado presentar¨¢ una reclamaci¨®n ante el departamento de atenci¨®n al cliente o el defensor del asegurado de la entidad. Esta tiene que contestar en un plazo no superior a dos meses. Si no hay respuesta o esta no fuera satisfactoria, el usuario puede dirigirse al Servicio de reclamaciones de la Direcci¨®n general de seguros y fondos de pensiones. Este organismo, dependiente del Ministerio de Asuntos Econ¨®micos, tiene un plazo de cuatro meses para resolver la queja y su aviso no es vinculante, pero suele ser aceptado por las aseguradoras. ¡°De lo contrario, se podr¨¢ acudir a los tribunales¡±, se?ala esta letrada.
¡°Si el usuario ya es suscriptor de un seguro de vida, es muy importante tambi¨¦n no anular la p¨®liza antes de haber contratado otra, porque, si estuviera padeciendo alg¨²n problema de salud, podr¨ªan no admitirlo o ponerle algunas condiciones espec¨ªficas¡±, se?ala Izverniceanu. En cualquier caso, la intenci¨®n de no renovar el contrato se tiene que comunicar con, al menos, un mes de antelaci¨®n.