Llega la ley de ¡®riders¡¯: ?qu¨¦ cambios trae la nueva norma para los repartidores ?
El Consejo de Ministros aprueba este martes la reforma legal pactada entre Trabajo, los sindicatos y las patronales
El Consejo de Ministros aprueba este martes la llamada ley de los riders. Despu¨¦s de casi seis meses de negociaci¨®n, en marzo pasado se alcanz¨® un acuerdo con los sindicatos y los empresarios. Se hizo esperar bastante m¨¢s de lo previsto y para casi todas las partes implicadas en la negociaci¨®n ha sido el acuerdo m¨¢s dif¨ªcil de alcanzar en el ¨²ltimo a?o y medio, en el que se han cerrado siete pactos sociales. Pero todav¨ªa han tenido que pasar otros dos meses para que el texto acordado haya llegado al Consejo de Ministros. Lo planeado es que sea un real-decreto ley que precisar¨¢ de la convalidaci¨®n del Congreso de los Diputados.
La norma busca zanjar una confusi¨®n que durante varios a?os ha tenido una imagen en las calles de muchas ciudades espa?olas: ?los riders son asalariados o aut¨®nomos? La Inspecci¨®n de Trabajo lo tuvo claro desde el primer momento: eran asalariados y las plataformas digitales comet¨ªan un fraude al recurrir a falsos aut¨®nomos. El Tribunal Supremo se aline¨® con los inspectores en septiembre. Adem¨¢s, el di¨¢logo social tambi¨¦n abord¨® la regulaci¨®n de las implicaciones laborales que tienen los algoritmos. Estas son las cuestiones que la nueva ley intenta aclarar.
?La norma convierte a los repartidores en asalariados ya? La norma que se aprueba este martes no supone un cambio legal sobre la situaci¨®n de los repartidores. Ellos, a tenor de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado septiembre, ya tendr¨ªan que ser asalariados. Lo que sucede ahora es que se aclara todav¨ªa m¨¢s esa situaci¨®n para evitar la confusi¨®n que se hab¨ªa generado hasta esa sentencia.
El pacto entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos UGT y CC OO y las patronales CEOE y Cepyme a?ade la presunci¨®n de laboralidad de los repartidores. Esto significa que estos trabajadores se considerar¨¢n asalariados.
?Entra la norma r¨¢pidamente en vigor? No. Desde el momento en que se publique en el BOE hasta que entre en vigor pasar¨¢n tres meses. De esta forma, las empresas tendr¨¢n m¨¢s tiempo para adaptarse al nuevo marco legal.
?A qu¨¦ sectores afecta? El real-decreto ley solo afecta a los riders que trabajan para las plataformas de reparto, como Glovo, Deliveroo o Ubereats. No afecta a los trabajadores de plataformas digitales de otras actividades. Este fue uno de los puntos que estuvo sobre la mesa de negociaci¨®n en alg¨²n momento y una de las demandas iniciales de los sindicatos. CEOE se sum¨® finalmente a este acuerdo al limitarse su aplicaci¨®n a este sector.
Tambi¨¦n es cierto que ning¨²n otro sector ha provocado tantas actas de la Inspecci¨®n de Trabajo en los ¨²ltimos a?os por la utilizaci¨®n de falsos aut¨®nomos. Y, adem¨¢s, se ha resistido a cumplir con las directrices de la autoridad y los tribunales hasta ahora.
?Las empresas tendr¨¢n que entregar a los comit¨¦s toda la informaci¨®n sobre los algoritmos? No, el real-decreto pactado con los agentes sociales obliga a las empresas a entregar los par¨¢metros e instrucciones que toman los algoritmos y la inteligencia artificial que incidan en la organizaci¨®n del trabajo, las decisiones de contrataci¨®n o despidos de empleados y otro tipo de temas relacionados con las condiciones laborales.
?A qu¨¦ empresas afecta las obligaciones sobre los algoritmos? A todas. Las empresas que recurran a este tipo de herramientas tecnol¨®gicas tendr¨¢n que asumir esta obligaci¨®n. Da igual que la compa?¨ªa no sea de nuevas tecnolog¨ªas o una plataforma digital, la nueva norma vincula a todas las empresas independientemente del sector en el que desarrollen su actividad.
?Es Espa?a pionera? S¨ª, al menos en el ¨¢mbito europeo. Hasta ahora, ning¨²n pa¨ªs ha regulado sobre las implicaciones laborales de los algoritmos y mucho menos lo ha hecho contando con el acuerdo de los agentes sociales, como recomienda la Organizaci¨®n Internacional del Trabajo (OIT).
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