El Gobierno firmar¨¢ un contrato con la Comisi¨®n Europea para controlar las ayudas y reformas
El Ejecutivo cierra los detalles de la evaluaci¨®n de sus compromisos en un documento t¨¦cnico que no har¨¢ p¨²blico
El Gobierno ultima la firma de un contrato con la Comisi¨®n Europea en el que se incluir¨¢n las especificaciones t¨¦cnicas de c¨®mo se debe cumplir con las inversiones y reformas comprometidas. A cambio de completar estos hitos, Espa?a recibir¨¢ unos 70.000 millones en ayudas no reembolsables a lo largo de cuatro a?os. El documento que se va a suscribir se ha bautizado como Operational Arrangement (acuerdo de funcionamiento en espa?ol). Este define con un mayor detalle c¨®mo se verificar¨¢n los objetivos ya comprometidos con el Consejo de l¨ªderes europeos, se tendr¨¢ en cuenta para la valoraci¨®n del cumplimiento y, por ahora, no existe la intenci¨®n de que se haga p¨²blico, seg¨²n confirman fuentes gubernamentales.
Seg¨²n explican fuentes conocedoras, el documento principal es el que ha fijado el Consejo de l¨ªderes, que ya se public¨® en junio y que establece con claridad las condiciones, incluyendo los hitos y objetivos. En el Operational Arrangement simplemente se concretar¨¢n los detalles, los indicadores y plazos que se van a revisar, y el acceso a los datos. Alguna fuente apunta que en el Operational Arrangement se plasmar¨¢n los indicadores y pasos intermedios para monitorizar la marcha de los compromisos. Todo ello supondr¨¢ un gran reto de gesti¨®n para las administraciones, se?alan. Y recuerdan que este documento t¨¦cnico no modifica los hitos y plazos que ha determinado el Consejo; est¨¢ previsto en la regulaci¨®n y cada Estado miembro suscribir¨¢ uno.
El Ejecutivo de S¨¢nchez tendr¨¢ que someterse cada seis meses a un examen sobre la evoluci¨®n de las reformas y las inversiones. Son 416 compromisos distribuidos entre ocho desembolsos semestrales. Tras el anticipo que ya se ha entregado del 13% de los fondos, unos 9.000 millones de euros, el primer desembolso ser¨¢ de 11.494 millones que pedir¨¢ el Gobierno antes de que termine octubre; el segundo, 13.793 millones; el tercero, 6.896 millones; el cuarto, 11.494 millones; el quinto, 8.045 millones; el sexto, 9.195 millones; el s¨¦ptimo, 3.995 millones; y el octavo, 4.597 millones. En cada ocasi¨®n Bruselas dispondr¨¢ de dos meses para responder autorizando los pagos. En el supuesto de un incumplimiento, tal y como figura en la legislaci¨®n comunitaria, la Comisi¨®n podr¨¢ retener fondos. Y si una reforma o inversi¨®n tarda m¨¢s en culminarse de lo acordado, se podr¨ªa retrasar el desembolso esperando a que el pa¨ªs finalmente cumpla.
El Gobierno espa?ol y la Comisi¨®n Europea est¨¢n cerrando estos d¨ªas la letra peque?a de esta operativa. Esta misma semana ha visitado Madrid una delegaci¨®n encargada del seguimiento de la ejecuci¨®n de los fondos europeos en Espa?a. Y el Operational Arrangement deber¨ªa dejar claro c¨®mo se va a medir la consecuci¨®n de los objetivos.
Una fecha clave para el Gobierno es el 15 de noviembre. Se trata del plazo que ha dado a los agentes sociales para que pacten la reforma laboral y el mecanismo de equidad intergeneracional de las pensiones, dos hitos esenciales para poder cumplir con las reformas prometidas a Bruselas.
Todav¨ªa se desconoce cu¨¢l ser¨¢ el coste de incumplir alguno de los 416 hitos y objetivos comprometidos. La Comisi¨®n ha optado por no especificar que pasar¨ªa si no se aprobase una reforma concreta como la de pensiones. As¨ª se evita poner un precio a las medidas y que un pa¨ªs decida ahorrarse una reforma a cambio de renunciar al dinero.
Pese a que no se vaya a dar a conocer, el Operational Arrangement ya se cita como una referencia en documentos p¨²blicos del Ejecutivo. Por ejemplo, se menciona en una orden del Ministerio de Hacienda publicada en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el pasado 29 de septiembre. Esta se?ala que el Operational Arrangement fija los indicadores con los que se van a monitorizar los hitos y objetivos comprometidos con el Consejo Europeo.
La orden de Hacienda sirve para que las administraciones configuren el sistema de gesti¨®n y vigilancia del Plan de Recuperaci¨®n y Resiliencia. Y funciona de forma piramidal: Hacienda est¨¢ en la c¨²spide como encargada de centralizar toda la informaci¨®n que se reporta peri¨®dicamente a Bruselas. Y el resto de ministerios responsables de la ejecuci¨®n de fondos y reformas deben informar a Hacienda sobre la marcha de los proyectos.
Por su parte, las comunidades tendr¨¢n a su vez que comunicar a los ministerios pertinentes c¨®mo va el gasto que le han transferido. En general, existe la preocupaci¨®n en el Gobierno sobre si con una estructura administrativa tan descentralizada ser¨¢n capaces de orquestar una maquinaria tan compleja y que pueda reorientar fondos si estos no se ejecutan. En cambio, las autonom¨ªas se quejan de que ellas todav¨ªa no tienen claro c¨®mo se va a evaluar y critican que el Operational Arrangement no se haga p¨²blico.
La regulaci¨®n del acuerdo de funcionamiento
El Operational Arrangement tiene una legislaci¨®n que lo sustenta. La orden del Ministerio de Hacienda para organizar el sistema de gesti¨®n y vigilancia de las reformas e inversiones incluidas en el Plan de Recuperaci¨®n dice: ¡°La estructura de hitos y objetivos de cada componente vendr¨¢ determinada por la descripci¨®n de la medida en la Decisi¨®n Ejecutiva del Consejo [de l¨ªderes europeos] y el documento de Milestones and Targets (hitos y objetivos) incluidos en el anexo a la decisi¨®n del Consejo, as¨ª como por cualquier especificaci¨®n de los milestones and targets reflejada en el Operational Arrangement¡±. Es decir, el propio ministerio reconoce en un texto p¨²blico que en el Operational Arrangement hay referencias relevantes que se utilizar¨¢n para la valoraci¨®n del cumplimiento.
El reglamento de los fondos Next Generation EU que aprobaron las instituciones europeas es la norma que prev¨¦ este acuerdo de funcionamiento. El art¨ªculo 20.6 indica que los Estados miembros y la Comisi¨®n deben acordar un Operational Arrangement ¡°de naturaleza t¨¦cnica, que detalle aspectos de la ejecuci¨®n respecto al calendario, los indicadores de hitos y objetivos y el acceso a los datos¡±. Y a?ade que este convenio de funcionamiento podr¨¢ cambiarse siempre que sea de mutuo acuerdo entre el Gobierno y la Comisi¨®n Europea.
El art¨ªculo 24.3 del reglamento de los fondos establece que el Ejecutivo comunitario deber¨¢ tambi¨¦n tener en cuenta dicho convenio a la hora de valorar las medidas. Y en el art¨ªculo 27 se explicita que la Comisi¨®n valorar¨¢ dos veces al a?o el programa realizado por el Estado miembro, incluyendo el Operational Arrangement.
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