Trabajo propone que las empresas no puedan tener m¨¢s del 15% de su plantilla con contratos temporales
Se tendr¨¢n en cuenta los contratos vigentes hasta el 31 de diciembre, a los que se sumar¨¢n los que se hayan extinguido durante el a?o natural
Nuevas cartas sobre la mesa de negociaci¨®n acerca de la modernizaci¨®n del mercado laboral. En la reuni¨®n que ha tenido lugar este mi¨¦rcoles el Ministerio de Trabajo ha trasladado a los agentes sociales un documento en el que contempla que las empresas no puedan tener con contratos temporales a m¨¢s de 15% de su plantilla. Es la primera vez que en el marco del di¨¢logo social se plantea ponerle puertas al campo de la contrataci¨®n temporal, un mal end¨¦mico que alcanza a uno de cada cuatro trabajadores en Espa?a.
Para llevar a cabo esta delimitaci¨®n, Trabajo ha planteado que las empresas tengan en cuenta todos los contratos vigentes hasta el 31 de diciembre a los que tendr¨¢n que sumar los que se hayan extinguido durante el a?o natural. Seg¨²n recoge este documento, al que ha tenido acceso EL PA?S, las empresas ¡°deber¨¢n informar a la representaci¨®n legal de las personas trabajadoras, durante el mes de enero, sobre el resultado de las operaciones anteriores y presentar¨¢n una propuesta concreta de transformaciones o contrataciones a efectuar para cumplir, al menos, con el porcentaje de contrataci¨®n indefinida aplicable¡±. Sin embargo, este porcentaje final del 15% de temporales podr¨¢ verse rebajado si patronal y sindicatos acuerdan una cantidad menor dentro de la negociaci¨®n colectiva.
Junto con esta limitaci¨®n de plantilla, otro de los apartados m¨¢s destacados del documento de Trabajo hace referencia al sector de la construcci¨®n, un nicho en el que la desaparici¨®n de los contratos por obra y servicio ¨Dleitmotiv de la derogaci¨®n de la reforma laboral¨D proyecta una enorme transformaci¨®n. En el nuevo texto se establece que la empresa deber¨¢ efectuar ¡°una propuesta de recolocaci¨®n¡± a la persona trabajadora a la finalizaci¨®n de la obra, y que esta deber¨¢ estar formalizada por escrito. En ella se precisar¨¢n ¡°las condiciones esenciales, ubicaci¨®n y fecha de inicio de los nuevos proyectos¡±, as¨ª como ¡°las acciones formativas exigibles para ocupar el nuevo puesto¡±. De igual forma se contemplan distintas v¨ªas por las cuales poder rescindir el contrato ¡°por motivos inherentes a la persona¡±.
Formaci¨®n dual
Como adelant¨® EL PA?S, otras medidas que han sido abordadas durante la negociaci¨®n y son compartidas tanto por Trabajo como por los sindicatos, UGT y CC OO, hacen referencia a la limitaci¨®n de los contratos de formaci¨®n dual por un periodo m¨¢ximo de dos a?os, as¨ª como el establecimiento de un tiempo m¨¢ximo de trabajo efectivo de entre el 65% y el 85%. Entre los nuevos puntos de debate que se han abordado este mi¨¦rcoles se ha valorado la redefinici¨®n del Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE), la nueva herramienta con la que sustituir¨¢n en el futuro los ERTE de manera indefinida. La finalidad del MSE es evitar que la soluci¨®n ante una evoluci¨®n desfavorable de la empresa por cuestiones de ¡°car¨¢cter imprevisible¡± y ajenas al desempe?o empresarial sea el despido. Dentro de las posibilidades para acudir al MSE se ha planteado poder recurrir a este mecanismo por necesidades de recualificaci¨®n de las personas trabajadoras y debido a transici¨®n profesional hacia nuevos empleos.
Seg¨²n fuentes sindicales presentes en la reuni¨®n, otro de los apartados del documento facilitado por Trabajo contempla el afianzamiento de un doble modelo en el que se mantiene el contrato formativo para la obtenci¨®n de pr¨¢cticas en las empresas, que se podr¨¢n concertar por un periodo que var¨ªa desde los tres meses al a?o de duraci¨®n como m¨¢ximo para las personas que hayan finalizado sus estudios dentro de un plazo m¨¢ximo de tres a?os, o de cinco en el caso de personas con discapacidad.
En este documento tambi¨¦n se valora una nueva regulaci¨®n de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) que permita encajar en ellas los trabajos de temporada para ofrecer una mejor protecci¨®n de las personas trabajadoras a trav¨¦s de la contrataci¨®n indefinida. Las ETT ¡°podr¨¢n celebrar contratos de puesta a disposici¨®n para trabajos ocasionales¡±, siempre que ¡°la relaci¨®n laboral de la persona cedida est¨¦ concertada mediante un contrato indefinido, a tiempo completo o a tiempo parcial, o un contrato fijo-discontinuo¡±, se?ala el texto. Esta v¨ªa, sin embargo, est¨¢ a¨²n por desarrollarse, a pesar de que los tiempos que se manejan para rematar la reforma laboral obligan a dejarla perfilada el pr¨®ximo mes de noviembre.
A pesar de esta nueva propuesta en las negociaciones, fuentes de Trabajo aseguran que la Mesa de Di¨¢logo Social sigue trabajando, y que en las pr¨®ximas semanas se continuar¨¢n explorando distintas v¨ªas para poner coto a la temporalidad y reforzar los contratos formativos con los que se pretende dar un impulso a la Formaci¨®n Profesional.
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