El Supremo resolver¨¢ si las ¡®mobile homes¡¯ requieren licencia urban¨ªstica para su instalaci¨®n
El tribunal admite a tr¨¢mite un recurso presentado por un camping de Tarragona contra una sentencia del TSJ de Catalu?a
El Tribunal Supremo ha acordado admitir a tr¨¢mite el recurso que present¨® un camping de Tarragona contra una sentencia del TSJ de Catalu?a que aval¨® la decisi¨®n del ayuntamiento de denegar la instalaci¨®n de casas m¨®viles ¡ªlas llamadas mobile homes¡ª en el camping, al considerar que se trataba de uso de suelo y por tanto sujeto a licencia urban¨ªstica previa. En su sentencia, el TSJ argumentaba que el hecho de que las mobile homes dispongan de ruedas no altera que existe una ocupaci¨®n de terreno en un camping, lo que comporta un uso de suelo que est¨¢ sujeto a licencia urban¨ªstica previa.
Para el TSJ de Catalu?a, la cuesti¨®n era clara: ¡°Una mobile home, tenga ruedas o no y sea f¨¢cilmente movible o no, es una estructura prefabricada que se utiliza para vivienda, normalmente provisional, que ocupa un determinado terreno y que comporta un uso del suelo que ocupa¡±, sentenciaban los magistrados en junio del a?o pasado. El tribunal se?alaba que la normativa urban¨ªstica de Catalu?a impone la solicitud de licencia para todos los actos de transformaci¨®n o utilizaci¨®n del suelo o del subsuelo, de edificaci¨®n de construcci¨®n o de derribo.
La ley de suelo catalana recoge, como la de la Comunidad de Madrid, que la instalaci¨®n de casas prefabricadas o instalaciones similares, ¡°ya sean provisionales o permanentes¡±, requieren de licencia urban¨ªstica. El tribunal interpreta que las mobile homes, tengan ruedas o no, se encuadran dentro de este precepto porque constituyen un uso del suelo.
En su primer recurso, que fue denegado por el TSJ de Catalu?a, el camping de Tarragona reprochaba al juzgado que se hab¨ªa pronunciado en primera instancia que hab¨ªa confundido a las casas m¨®viles con los bungalows y casa prefabricadas. Y, ante el Supremo, vuelve a insistir en esa idea: alega que este tipo de casa m¨®viles se incluyen en la categor¨ªa de remolques, en tanto que son veh¨ªculos habitables de recreo que no necesitar¨ªan licencia urban¨ªstica previa de los ayuntamientos.
Si son o no lo mismo que un bungalow o una casa prefabricada ¡ªa efectos de la licencia urban¨ªstica¡ª queda ahora en manos del Supremo, que explica en su auto de admisi¨®n que la cuesti¨®n presenta inter¨¦s casacional ¡ªes decir, que es susceptible de recibir una sentencia del alto tribunal en la que fije doctrina¡ª porque la soluci¨®n que se adopte puede afectar a un gran n¨²mero de situaciones, dada la progresiva utilizaci¨®n de las mobile homes y la ausencia de jurisprudencia al respecto.
En los ¨²ltimos a?os, se han multiplicado las propuestas habitacionales no convencionales, como las casa m¨®viles o por m¨®dulos. El alto tribunal entiende que debe pronunciarse sobre la cuesti¨®n controvertida ¡°dada su incidencia en el r¨¦gimen urban¨ªstico de la propiedad del suelo y el control de la utilizaci¨®n de este por la administraci¨®n competente¡±, a lo que se une la novedad que representa la aparici¨®n de las mobile homes o casas m¨®viles.
La sentencia quedar¨¢ a cargo de la Secci¨®n Quinta de la Sala de lo Contencioso, que tendr¨¢ que determinar, en primer lugar, la naturaleza de las mobile homes ¡ªsi son un veh¨ªculo habitable o una construcci¨®n susceptible de necesitar permiso¡ª y, en segundo, si la licencia de actividad de camping ampara tambi¨¦n la instalaci¨®n de las casas m¨®viles. El pronunciamiento del Supremo fijar¨¢ doctrina sobre esta materia.
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